Fundamentos de prevencion de riesgos INACAP
Enviado por BuscoNombre • 12 de Junio de 2023 • Apuntes • 1.494 Palabras (6 Páginas) • 102 Visitas
[pic 1]
IP Inacap
IPRCA
Arica – Chile
Normativa legal de la prevención de riesgos
Nombres: Sergio Cortes
Jael Lovera
Carrera: IPRCA
Sección: 512-M3
Sede: Arica
Unidad 2: Normativa legal de la prevención de riesgos
1- Funciones de las mutualidades.
2- Funciones de los departamentos de prevención de riesgos.
3- Funciones de los comités paritarios
4- Funciones de los comités paritarios de faena
Desarrollo:
1- Las Mutualidades son instituciones privadas que tienen por función, administrar, sin ánimo de lucro, el seguro social obligatorio contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de acuerdo con las disposiciones de la ley N° 16.744 y de las que se dicten en el futuro y de sus respectivos reglamentos, y que han sido autorizadas para este objetivo por el Presidente de la República. Ademas de estar encargadas de las acciones de prevención
Creadas por la Ley N° 16.744 sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales del 1 de febrero de 1968. Si bien ya existían al momento de promulgarse la ley, complementaban la atención de accidentes del trabajo considerada insuficiente en su momento. La ley estableció el sistema de cotizaciones de los obreros para accidentes laborales y el ingreso de las asociaciones de patronales en la atención de sus empresas afiliadas
En Chile existen tres mutuales de seguridad:
- Instituto de Seguridad del Trabajo (IST)
- La Asociación Chilena de Seguridad (ACHS)
- Mutual de Seguridad Cámara Chilena de la Construcción (CChC)
2- Las funciones del Departamento de Prevención de Riesgos son: planificar, organizar, asesorar, ejecutar, supervisar y promover acciones permanentes para evitar los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, a través de:
- Reconocimiento y evaluaciones de accidentes y enfermedades profesionales.
- Control de riesgos en el ambiente o medios de trabajo.
- Acción educativa de prevención de riesgos y promoción de la capacitación y adiestramiento de los trabajadores.
- Registro de información y evaluación estadística de resultados.
- Asesorar técnicamente a los comités Paritarios, supervisores y líneas de administración técnica.
Cabe decir que según artículo 66 de la Ley 16.744, aquellas empresas mineras, industriales o comerciales que ocupen a más de cien trabajadores, será obligatoria la existencia de un Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales, el que será dirigido por un experto en prevención de riesgos.
3- Las Funciones de los comité paritarios según el artículo 66 de la N° 16744, en relación con el artículo 24 del D.S. N° 54 del año 1968 son:
A- Asesorar e instruir a los trabajadores, para la correcta utilización de los elementos de seguridad persona.
B- Vigilar el cumplimiento, tanto de las empresas, como el de los trabajadores, las medidas de seguridad, higiene y prevención.
C- Investigar las causas de los accidente del trabajo y enfermedades profesionales, que se produzcan en las empresas.
D- Decidir si el accidente o enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable.
...