Gobierno Escolar QUÉ ES EL CONSEJO DE ESTUDIANTIL
Enviado por Marlon Rueda • 10 de Marzo de 2016 • Documentos de Investigación • 2.665 Palabras (11 Páginas) • 213 Visitas
QUÉ ES EL CONSEJO DE ESTUDIANTIL Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Está integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecido por el establecimiento. Los alumnos del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir a un vocero único entre, los estudiantes que cursan el tercer grado. Corresponde al consejo de estudiantes: Darse su propia organización interna Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil, y aquellas que le atribuya el manual de convivencia. QUIÉN ES EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES Es un Líder Juvenil con la capacidad de generar participación en la Comunidad Estudiantil, de descubrir y trabajar las necesidades del grupo al que representa, de defender los derechos humanos y promueve la cultura democrática, de velar porque la comunicación entre estudiantes, maestros, Padres de Familia y demás integrantes de la Comunidad Educativa sea abierta, clara, sencilla y respetuosa. FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES El Personero estudiantil esta reconocidos por la Ley 115 de 1994 artículo 94, y por el Decreto 1860 de 1994 artículo 28, convirtiéndose en figura reglamentaria dentro de los establecimientos de Educación Básica y media, tanto pública como privadas. Son funciones del personero de los estudiantes: Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. Presentar en forma respetuosa, ante el Rector, las solicitudes de oficio o a petición de parte de quien considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. Cuando lo considere conveniente, apelar ante el Consejo Directivo, alguna decisión discutida y no compartida con la Rectoría. Asistir a las reuniones del Consejo Directivo con voz pero sin voto. Asistir a las reuniones del Consejo Estudiantil. PARÁGRAFO: Si el Personero no cumple con sus deberes, no realiza el proyecto presentado, tiene un bajo rendimiento académico o comete alguna falta grave, será reemplazado por quien obtuvo el mayor número de votos después de él; si éste no reuniere las condiciones ya expresadas, se procederá a elegir nuevamente otro personero con el mismo sistema de elección, mediante voto secreto con tarjetón. PERFIL DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES: Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes. Establecer excelente, comedida y respetuosa comunicación con todos los miembros de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa. Tener un alto sentido de pertenencia por su Institución Asumir un liderazgo positivo en busca de mejorar la convivencia en la Institución Educativa Federico Ángel. Tener espíritu cívico. Ser modelo de tolerancia, respeto, responsabilidad y cumplimiento del deber Fin de la norma. Preparar durante la vida escolar al estudiante, mediante la participación en el ejercicio de la democracia, para que una vez alcance la mayoría de edad, ejerza con conciencia los derechos constitucionales de elegir y ser elegido. Objetivos. El trabajo del Personero Estudiantil está encaminado a la promoción y el cumplimiento de los Derechos y Deberes de los estudiantes, además de:
Plantear quejas e inquietudes ante las distintas instancias de los Colegios. Utilizar de manera responsable herramientas de interacción, para promover las diferentes actividades que se realicen dentro de la Institución Educativa. Servir de garantes del cumplimiento de la normatividad en los procesos disciplinarios. Ser promotor de paz y convivencia. Cualidades del Personero. Requisitos. Ser estudiante del último grado que ofrezca el Plantel Educativo. Entregar un plan de trabajo al Coordinador del Proyecto de Democracia y exponerlo ante los estudiantes. Convocatoria Mediante Resolución Rectoral, el Rector de la Institución, convoca a la elección del personero (a) Estudiantil dentro de los 30 días siguientes a la iniciación de clases. A través del área de Sociales, se da a conocer la mecánica electoral . Designación del registrador escolar. El registrador escolar será un docente del área de sociales, elegido entre quienes la conformen. Las funciones quedarán establecidas en el acta que defina la mecánica electoral. Proceso de inscripción de candidatura: De conformidad con la mecánica electoral establecida, por el área de sociales ante quien se designe como registrador electoral, se procede a realizar la inscripción del los candidatos .En el mismo acto, se entrega el proyecto de gobierno o gestión escolar que presente cada candidato. Del proyecto deberá quedar constancia de recibido que guardará el candidato. Acto seguido se verificará el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, para la inscripción. Superada y verificada esta etapa, el registrador escolar realizará un sorteo entre y en presencia de los candidatos para definir ubicación y número en el tarjetón, o en el medio que los identifique y diferencie como tal. Realización de la campaña Electoral. De conformidad con lo establecido en la mecánica electoral, la campaña solo podrá adelantarse los espacios y tiempos acordados institucionalmente, únicamente en estos espacios y horas los candidatos podrá exponer sus propuestas electorales y objetivos institucionales a desarrollar en caso de ser electos. La violación comprobada de esta reglamentación les hará perder el derecho a continuar en la campaña y serán retirados como candidatos, mediante decisión del registrador escolar que se comunicará por escrito y se notificará personalmente. Deberes de los candidatos. Los candidatos a personero estudiantil deben: Cumplir la mecánica y los procedimientos establecidos por el área de sociales para este fin. Tratar de manera respetuosa y ética a los compañeros que también aspiran a ser elegidos. Realizar campañas con propuestas y estrategias que no lastimen física y/o emocionalmente a algún miembro de la comunidad educativa. Dirigirse de manera respetuosa a los compañeros del colegio en los espacios y tiempos acordados. Presentar propuestas claras y viables, en razón al cargo al que ostentan. Denunciar a tiempo ante el registrador escolar, cualquier acto o procedimiento que implique competencia desleal fraude electoral. Procedimiento para la elección.
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