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HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL


Enviado por   •  12 de Octubre de 2019  •  Apuntes  •  23.225 Palabras (93 Páginas)  •  186 Visitas

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HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

(Apuntes realizados por los Ingenieros Jaime J. Arcos M., Miguel

Ángel Jiménez C., y Adampol Valdespino D. SEP-2018

1.1 OBJETIVOS DE LA UNIDAD DE APRENDIZAJE. IMPORTANCIA

EN EL DESEMPEÑO PROFESIONAL DEL INGENIERO QUÍMICO

INDUSTRIAL

El estado actual del mercado laboral presenta varios retos para el profesional dedicado a la ingeniería química industrial. Los aspectos técnicos y legales se entrelazan actualmente de forma ineludible, y es menester del profesional de esta área comprender el papel que juega en la correcta evolución de los procesos productivos, legales y documentales que requiere la carrera en estos días.

Un tema importante es entender la responsabilidad social y laboral del ingeniero químico industrial, ya que desde sus etapas laborales tempranas, es altamente factible que se convierta en el mando superior inmediato de varios trabajadores, y por tanto, la vida y seguridad de ellos es responsabilidad del ingeniero, así como la suya propia.

Una herramienta por demás útil y totalmente enfocada a alcanzar este propósito, es la normatividad emitida por la STPS alrededor de hace 2 décadas y sus correspondientes actualizaciones, ampliaciones y correcciones. Estas normas van completamente dirigidas al cuidado de la salud del trabajador y el ambiente laboral y al correcto uso de la documentación para la efectiva implementación de los sistemas de seguridad. Como dato curioso, un correcto sistema de seguridad traerá ahorros substanciales debido a la disminución de costos por accidentes y daño a la maquinaria e instalaciones. El trabajo conjunto con los departamentos financiero y de recursos humanos podrá arrojar más información al respecto., para una toma de decisiones correcta.

1.2 COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE

Una comisión de seguridad e higiene es un organismo bipartito conformado por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón que se establece para determinar las labores que se consideran como peligrosas y/o insalubres, investigar las causas de los accidentes y enfermedades en los centros de trabajo, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan.

El 13 de abril de 2011 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial de la Federación, la norma oficial mexicana NOM-019- STPS-2011, Constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene, misma que entró en vigor a partir del 13 de julio de 2011.[pic 1]

Por medio de esta comisión el patrón puede conocer las desviaciones de seguridad e higiene en los siguientes aspectos:

o Cumplimiento de la normatividad en seguridad e higiene.

o Mantenimiento de las instalaciones y maquinaria.

o Aplicación de políticas de seguridad e higiene.

o Participación de mandos medios.

o Aplicación del programa preventivo de seguridad e higiene.

o Efectividad de la capacitación en seguridad e higiene.

o Eficiencia de los sistemas de información al trabajador.

o Manejo adecuado del equipo de protección personal.

o Evolución de los costos directos e indirectos originados por los riesgos de trabajo.

INTEGRACIÓN Y FUNCIONES

INTEGRACIÓN

La comisión de seguridad e higiene estará integrada por igual número de representantes del patrón y de los trabajadores, de acuerdo al capítulo 7 de la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS, se tiene lo siguiente:

Un trabajador y el patrón*, cuando el centro de trabajo cuente con menos de

15 trabajadores.[pic 2]


Un coordinador, un secretario y los vocales que acuerden el patrón* y el sindicato* cuando el centro de trabajo cuente con 15 trabajadores o más.

*Personal representante que labore en el centro de trabajo y con conocimientos o experiencia en materia de seguridad y salud en el trabajo.

La duración de los puestos de coordinador y secretario será de cada dos años, después de ello se alternará entre los representantes del patrón y los trabajadores que integran la comisión.

Acta constitutiva

Para formalizar la constitución de la comisión de seguridad e higiene el patrón deberá de elaborar un acta, involucrando a los miembros seleccionados. Dicha acta deberá contener los datos del centro de trabajo y los relacionados a la comisión, los cuales son:

Centro de trabajo:

o El nombre, denominación o razón social.

o El domicilio completo (calle, número, colonia, municipio o delegación, ciudad,

entidad federativa, código postal).

o El Registro Federal de Contribuyentes.

o El Registro Patronal otorgado por el Instituto Mexicano del Seguro Social.

o La rama industrial o actividad económica.

o La fecha de inicio de actividades.

o El número de trabajadores del centro de trabajo.

o El número de turnos.

Comisión:

o La fecha de integración de la comisión (día, mes y año).

o El nombre y firma del patrón o de su representante, y del representante de los

trabajadores, tratándose de centros de trabajo con menos de 15 trabajadores.

o El nombre y firma del coordinador, secretario y vocales, en el caso de centros de trabajo con 15 trabajadores o más.

A continuación se presenta un borrador del acta constitutiva el cual contiene los datos anteriormente mencionados que solicita la NOM-019-STPS vigente.

Autor: Eduardo Maldonado - Secretaría de Trabajo y Previsión Social - Gobierno del Estado de Jalisco

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