Historia Constitucional De Egipto
Enviado por cazuara • 2 de Marzo de 2014 • 2.038 Palabras (9 Páginas) • 595 Visitas
En 1923, se emitió la primera Constitución egipcia que declara a Egipto Estado soberano, libre, independiente y monárquico, aunque garantizaba grandes poderes al “Jideve” o rey, y se mantuvo vigente hasta diciembre 1952, cuando Egipto se transformó en una Monarquía Constitucional.
El 19 de febrero de 1953, se emitió una Declaración Constitucional relativa a las disposiciones del periodo de Transición y en 1956 se aprobó una nueva Constitución, que convirtió Egipto en una República
Entre 1956 y 1964 -Periodo de Unificación entre Egipto y Siria- se cambió el nombre oficial del país y se insertaron algunas reformas a la Constitución, que fue suspendida en 1964.
En 1971, en la época del presidente Anwar El- Sadat, se aprobó una nueva Constitución y se cambió el nombre del país a su actual denominación como República Árabe de Egipto.
De acuerdo a los artículos de la Constitución de 1971, Egipto es un estado “democrático socialista“, forma parte de la nación arábiga, el Islam es su religión oficial; la democracia y los derechos humanos han estado restringidos en gran medida ya que desde esas fechas ha existido un Estado de Emergencia que se mantuvo vigente desde el asesinato de Sadat en 1981 y en 2011, durante la primavera árabe, fue suspendido momentáneamente hasta hace poco que con el pretexto de los atentados perpetrados por diversos grupos islámicos se instauró de nueva cuenta.
En 1980 se aprobó una enmienda relativa a la Sharia “Legislación islámica” que se convierte en la base fundamental de la legislación en Egipto.
En 2007 régimen del presidente Hosni Mubarak aprobó enmiendas a la Constitución, que prohibían la formación de partidos políticos basados en la raza, la religión o el origen étnico.
Una comisión Judicial aprobó la modificación de los artículos 76, 77, 88, 93, 179 y 189 de la Constitución, y abrió la puerta a más reformas legislativas. Tres de los artículos que fueron enmendados (76, 77 y 88) formaban parte de las reivindicaciones clásicas de la oposición, que veían en ellos parte del «blindaje» de la presidencia de Mubarak y de su sucesión.
El artículo 76 imponía duras condiciones para que los partidos de oposición pudieran presentar a sus candidatos, el 77 abría la puerta a una reelección sin límites del presidente del país, mientras que el 88 afectaba a la supervisión judicial de las elecciones.
El 13 de febrero de 2011, el mando militar de alto nivel de Egipto anunció que tanto la constitución y el parlamento de Egipto se habían disuelto.
Un referéndum constitucional se celebró el 19 de marzo de 2011.
En diciembre de 2012, fue aprobada la Constitución “pro islamista”.
El 3 de julio de 2013, la Constitución fue suspendida por orden del ejército.
El 1 de septiembre de 2013 se formó la “Asamblea de los Cincuenta” que se convirtió en un Comité constituyente que inició sus trabajos el día 8 de ese mes y el 1 de diciembre de 2013 completó la votación en sesión plenaria del proyecto final de una nueva carta magna, el cual fue entregado el 4 de diciembre al Presidente interino Adly Mansour y sometido a referéndum popular los días 14 y 15 de enero.
Originalmente, los trabajos de la “Asamblea de los Cincuenta” debían limitarse a revisar una serie de enmiendas constitucionales propuestas por un comité de diez expertos juristas a la constitución suspendida, la cual fué aprobada también mediante referéndum apenas el año pasado. Sin embargo, sus miembros, en su mayoría de convicción secular procedieron a redactar un texto constitucional “radicalmente diferente” del precedente.
La mayoría de los 247 artículos que conforman el borrador de la nueva constitución fueron aprobados por consenso en la votación final, sus artículos más importantes se resumen en los puntos siguientes:
Según el preámbulo, la Carta Magna completa "la construcción de un estado democrático moderno cuyo gobierno es civil". El término “civil” busca evitar el ascenso al poder de gobiernos religiosos o militares. El preámbulo establece, también, que los principios de la Sharía (Ley Islámica) son la fuente principal de la legislación, haciendo alusión a la interpretación de la Sharía contemplada en los juicios de la Suprema Corte Constitucional.
La Constitución prohíbe los partidos políticos que se constituyan sobre bases religiosas, secretas o discriminatorias.
Deja en manos del Presidente Asly Mansour determinar el sistema de candidaturas a aplicarse en los próximos comicios parlamentarios, aunque muchos miembros habían abogado por la adopción de un sistema de candidaturas mixto que reserva dos tercios de los escaños parlamentarios a listas de partidos y un tercio a los candidatos individuales.
Establece un régimen de gobierno mixto, semi presidencial, en el cual el Presidente permanecerá como Jefe de Estado a la cabeza del poder ejecutivo, pero lo compartirá con el Primer Ministro, en su calidad de Jefe del Gobierno. Será el Presidente quien elija a un Primer Ministro del partido mayoritario en el Parlamento, mismo que deberá concederle la confianza dentro de un periodo de 30 días a partir de su nombramiento. En el caso de que el Premier designado no obtenga el voto de confianza, será el Parlamento quien se encargue de nombrar a otro, mientras el Presidente designa a los miembros del gabinete de gobierno que, a su vez, deberá a su vez contar con la confianza del Parlamento dentro de 30 días.
De ser rechazado el gobierno, el Presidente nombrará a un nuevo Primer Ministro, que procederá a formar gobierno. Si el gobierno fuera nuevamente rechazado por el Parlamento, éste será automáticamente disuelto y el Presidente deberá convocar a nuevas elecciones parlamentarias en un plazo de 60 días.
El Presidente será el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas; sin embargo, no estará facultado para declarar una guerra sin consultar con el Consejo de Defensa Nacional y contar con el respaldo de dos tercios del Parlamento. Si este se encontrase disuelto, el Presidente deberá consultar la decisión con el Consejo Supremo de Fuerzas Armadas y con el gobierno.
Contempla la abolición del Consejo de la Shura (la Cámara Alta del Parlamento). Con esta modificación, se estará estableciendo un sistema legislativo unicameral.
La designación o destitución del Ministro de Defensa deberán contar con la aprobación del Supremo Consejo de las Fuerzas Armadas durante los próximos dos periodos presidenciales
...