Historia de los pueblos indigenas
Enviado por vanessa54 • 28 de Octubre de 2015 • Documentos de Investigación • 2.118 Palabras (9 Páginas) • 176 Visitas
INTRODUCCIÓN.
Es de suma importancia estudiar y dar a conocer todos los cambios por los que ha atravesado el derecho a lo largo del tiempo. La conquista marco una de las etapas determinantes en los pueblos indígenas, pues gracias a toda la influencia que tuvo de los conquistadores es que su derecho y toda su vida social cambio para llegar a ser gran parte de lo que conocemos ahora.
El principal objetivo de este trabajo es abordar las distintas modificaciones que sufrieron las costumbres, tradiciones y organización de los pueblos indígenas mexicanos, tras la conquista por parte de los españoles.
La intervención de la corona española dio paso, no solamente a una conquista territorial si no también a una conquista espiritual, social, jerárquica y jurídica.
Cabe mencionar que trajo consigo una serie de beneficios, más que nada jurídicos, pues propició un importante avance en el ámbito del derecho.
LOS ESTRATOS SOCIALES INDÍGENAS.
Los estratos sociales indígenas eran los siguientes:
1.-La antigua aristocracia, compuesta por:
a) la antigua aristocracia, constituida por caciques y principales, y
b) La nueva aristocracia, nacida del estrato inferior e integrada por los gobernantes superiores y por los plutócratas.
2.-Los comunes o macehuales integrados:
a) labradores, comerciantes y artesanos pobres, que eran independientes económicamente, y.
b) los dependientes económicamente, que eran los indios laboríos y naborios (criados).
DESCOMPOSICIÓN DE LA CULTURA INDÍGENA.
Además de la superioridad militar, la conquista aprovecho las concepciones míticas de los indígenas y el problema existente con los tlaxcaltecas, antiguos enemigos de los aztecas.
Se dio inicio a un proceso de descomposición de la cultura indígena, empezando con la perdida de las elites sociales. Los españoles celebraron una serie de alianzas con los líderes indígenas, que fueron los primeros en ser evangelizados, con la consiente incorporación de estos a la cultura occidental.
ORGANIZACIÓN DE LOS SISTEMAS INDÍGENAS.
Lo primero que sufrieron los aztecas fueron las deformaciones de sus costumbres, que fueron mal interpretadas por los españoles, como el creer que el cacique era un señor feudal; así, se le impusieron características ajenas al mismo. Se le dio el cargo de cacique a los antiguos tecuhtlis, o en el caso de Tenochtitlan, al cihuacóatl. En ocasiones, en razón del desconocimiento se le otorgó el cargo a viejos funcionarios de más bajo rango.[1]
En un principio se les otorgó una serie de funciones gubernativas, judiciales, fiscales, etc. Hacia mediados del siglo XVI, se ordenó que los señores indígenas fueran llamados principales y que en los pueblos de indios estos principales tuvieran funciones de caciques. Además, el régimen municipal europeo se introdujo en los pueblos indígenas, los gobernadores y los alcaldes asumieron las funciones gubernativas y judiciales, y a los caciques únicamente se les dejó las funciones de recaudación, de tributos y la gestión de todo lo relativo al servicio personal. El cargo de gobernador empezó a diferenciarse del de tlatoani, por lo que los dos cargos lo desempeñaban distintas personas.
El cacique está sujeto a la autoridad española regional, al corregidor o al alcalde mayor. En sus inicios, dependía del encomendero.
Los pueblos de indios estaban obligados a sostener a su señor entregándole anualmente una determinada cantidad de pesos, la siembra de maíz, algodón, etc, y el servicio personal en su casa. Además, el señor podía utilizar e castellano y era considerando hijodalgo, con derecho a montar a caballo, usar armas y, finalmente, la condición de la nobleza. Este ennoblecimiento del cacique trajo consigo un fortalecimiento de os antiguos piles.
Por otra parte, las costumbres indígenas se mezclaron con las españolas como es el caso del cabildo indígena y el cabildo de españoles, aunque las costumbres indígenas poco a poco fueron desapareciendo, o bien surgieron nuevas costumbres indígenas al alrededor de derecho escrito, ya sea conforme a él, suplementándolo o incluso contradiciéndolo.[2]
La corona española, antes que eliminar el derecho indígena precortesiano buscó, su incorporación al nuevo sistema jurídico implantado, aprobando y confirmando la vigencia de las costumbres que fueran compatibles con los intereses de la corona y del cristianismo. En la recopilación de leyes de los reynos de las indias de 1680, publicada en 1681, se estableció que
…las leyes y buenas coftumbres, que antiguamente tenían los indios para fu buen govierno y policía, y fus ufos y coftumbres ofervadas y gurdadas defpues que fon chriftianos y que fe encuentran nueftra sagrada religión, ni con las leyes de efte libro, y las que han hecho y ordenado de nuevo fe guarden y executen.[3]
Ello no impidió que los indígenas abandonaran sus costumbres si asi lo decidían, en beneficio del nuevo sistema.
El 6 de Enero de 1536 se inauguró el colegio Franciscano de Santiago Tlatelolco. Allí se enseñaba lectura, escritura, música, latín, retorica, lógica, filosofía y medicina indígena.
LA ENVANGELIZACIÓN.
La multiplicidad lingüística en México constituyó un enorme obstáculo para evangelización si bien lo extendió del náhuatl soluciono en parte el problema.
El despliegue evangelizador en la nueva España se inicia formalmente con dos documentos, La instrucción y la obediencia.
El despliegue evangelizador, iniciado metódicamente en 1424 con la llegada de los primeros misioneros franciscanos, quienes traían consigo el ideal de la iglesia primitiva y el anhelo de regresar al cristianismo original, agotó las arcas de las órdenes religiosas.
LA SUPERVIVENCIA DEL DERECHO AZTECA.
Así bien es cierto que entre los aztecas existían tribunales encargados de la solución de una gran gama de conflictos y contaban además con una serie de disposiciones que regulaban la vida diaria de los Mexicas tanto en la parte publica como en la privada, no se tienen elementos para afirmar que manejaron la regla del reconocimiento. A la llegada de los españoles los aztecas no habían separado las norma religiosas y puramente sociales de las propiamente jurídicas, no reconocían cuáles entre las normas que lo regían eran Derecho y cuáles eran estrictamente religiosas. En resumen, no habían secularizado el Derecho.
...