Homicidio Caso Penal
Enviado por 01218818 • 16 de Mayo de 2014 • 904 Palabras (4 Páginas) • 479 Visitas
CASO:
Miercoles 3 de marzo del 2014 a las 8:00 de la tarde.
En la calle Emilio barragan #1973 colonia, valle vista primeraseccion, se encontraba MARIA LOURDES GOMEZ GARCIA con suamante JOSE ALFREDO RAMIREZ PEREZ , ambos se encontraban en la recamara de Maria teniendorelacionessexuales. Cuando el esposo de Maria, RICARDO ZAMORA GUILLEN entra a la recamara se encuentra a suesposa (MARIA) y a (JOSE) suamantetenienendointimidad.
Ricardo viendo lo quehaciasuesposa en surecamara sale molesto, se dirige a la cocina y toma un cuchillo, vacorriendohacia Jose y lo atacaapunalandolopor la espaldaalta, Jose se volteaparapoderdefenderse, pero no puedehacer nada porque Ricardo lo ataca de Nuevoapunalandolo,debajo de la Costilla 3 veces, despues lo vuelveatacar y lo apunaladirectamente en el Corazon 4 veces.
MARIA LOURDES GOMEZ GARCIA llama inmediantamente a la emergencias, llega la ambulancia y determinaque JOSE ALFREDO RAMIREZ PEREZ habiamuerto.Yaque RICARDO ZAMORA GUILLEN lo habiaapunalado 8 veces hasta quequedomuerto.
CIRCUSTANCIAS:
QUE?Homicidio
QUIEN?
SujetoActivo: RICARDO ZAMORA GUILLEN
SujetoPasivo: JOSE ALFREDO RAMIREZ PEREZ.
COMO?
Apunalando a Jose alfredo Ramirez perez, en la espaldaalta, 3 vecesdebajo de lascostillas y 4 vecesdirectamemnte en el Corazon.
CUANDO?
3 de Marzo del 2014, a las 8:00 de la tarde.
DONDE?
Calle Emilio Barragan # 1973, colonia Valle Vista 1 seccion.
CONQUE?
CUCHILLO ( MANO ARMADA)
PORQUE?
ENCONTRO A SU ESPOSA MARIA LOURDES GOMEZ teniendointimidad con JOSE ALFREDO RAMIREZ PEREZ suamante.
HOMICIDIO:
CODIGO PENAL DE BAJA CALIFORNIA ART. 123 Comete el delito de homicidio el quepriva de la vidaaotro.
BIEN JURIDICAMENTE TUTELADO:
La vidahumana
SUJETOS:
ACTIVO: RICARDO ZAMORA GUILLEN
PASIVO: JOSE ALFREDO RAMIREZ PEREZ
OBJETOS:
MATERIAL:es la persona fisicasobrequienrecae el dano, consiste en la privacion de la vida.
JURIDICO:es el bienjuridicamentetuteladopor la ley, que en el casodelhomicidio lo constituye la vidahumana.
CONDUCTA TIPICA:
Se refiere a la conductacuando se dice: “ priva de la vida:” y “ al queprive de la vida” . enestesentido, privar de la vidaes la conductatipica en el homicidio.
FORMAS Y MEDIOS DE EJECUCION:
La ley no exigeninguna forma o medio especial, de modoqueppuedecometerseporcualquiermedio, siempreque sea idoneoparacausar la muerte.
RESULTADO TIPICO:
El resultadotipicoconsecuencia de la conductaes la privacion de la vida.Uanvezquecesa la vidahumana, se consuma el delito de homicidio.de no producirsedichoresultado, se estaraen presencia del grado de tentative o del delitoimposible, segun el caso.
NEXO DE CAUSALIDAD:
Es el ligamenqueune la conducta con el resultadotipico. Para que el resultado se puedaatribuir a la conductatipica, se require unnexo material de cusalidadque los una.
Quizaexista la conducta y se produscaunresultado (la muerte), perotalvezesamuerte se deba a otracausa, en cuyocaso, no Habra nexo causal.
AUSENCIA DE CONDUCTA:
El aspect negative de la conducta se puede presenter en el homicidio, de modoquepuedeexistir la vis mayor, la visabsoluta, actosreflejos, hinopsis, sueno y sonambulismo en estoscasos no Habra delito, auqnueocurra la muerte.
TIPICIDAD:
En el homicidioexistetipicidadcuando la conducta de la realidadencuadre en el tipo penal. Para estar en presenciadelhomicidiodeberanproducirsetodos los elementosexigidos en la norma.
• Privacion de la vidapor parte de una persona fisica
• Exista un sujeto active
• Hayanexo causal
CIRCUSTANCIAS MODIFICADORAS:
ATENUANTES:
• Punibilidad de homicidio simple
• Homicidio en riña
• Homicidiocalificado
...