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IMPORTANCIA DEL VOTO EN LA REPRESENTACION Y PARTICIPACION DE LA VIDA DEMOCRATICA


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2012  •  Tesis  •  2.461 Palabras (10 Páginas)  •  788 Visitas

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A.C UNIDAD EDUCATIVA

INSTITUTO JERUSALEN

INSTRUCCIÓN PRELIMITAR

TRABAJO Nº 1

IMPORTANCIA DEL VOTO EN LA REPRESENTACION

Y PARTICIPACION DE LA VIDA DEMOCRATICA

Alumno: Luis Fernando Sabas

C.I.V- 17287236

Turno: Domingos

Semestre 4

1. Definición de los siguientes términos:

A-El voto

El voto es un derecho y una función pública. Su ejercicio será obligatorio dentro de los límites y condiciones que establezca la Ley. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en el artículo 63: “El sufragio es un Derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional”.

Esta nueva Constitución recién aprobada le permite el derecho al voto a los militares, lo cual podemos constatar en el artículo 330: “los o las integrantes de la Fuerza Armada Nacional en situación de actividad tienen derecho al sufragio de conformidad con la Ley, sin que se les esté permitido optar a cargo de elección popular ni de participar en actos de propaganda, militancia o proselitismo político”.

B-Elecciones

El sufragio es un deber y un derecho. Una obligación que debe cumplir a conciencia y un derecho del cual debe hacer buen uso. Un país será llevado a la prosperidad o hundido en la desgracia, de acuerdo a como haya escogido a las personas qué dirigirán su vida cívica. Cuando un ciudadano manifiesta el deseo de que una determinada persona dirija y atienda por determinado tiempo, los intereses de la comunidad, está haciendo uso de derecho al voto.

El ciudadano que desee votar, debe inscribirse antes en el Registro Electoral y acudir a depositar su voto en la fecha fijada. Quien no ejerza el sagrado derecho del sufragio, esa inhabilitado moralmente para reclamar y quejarse de los errores del gobierno.

C-Elecciones Nacionales

El artículo 10 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política establece que se proclamará Presidente de la República al candidato que obtenga la mayoría de votos. Asimismo, se proclamará electo Gobernador al candidato que obtenga mayoría relativa de votos en el Estado y se proclamará electo alcalde al candidato que obtenga mayoría relativa de votos en el Municipio.

2. ¿Cuáles son los requisitos para votar?:

Para que un ciudadano pueda válidamente votar, se necesita que sea venezolano, de (18) años cumplidos y no estar sujeto a interdicción civil ni habilitación política. Se entiende por Interdicción: la incapacidad civil establecida como condena y a consecuencia de delitos graves. Inhabilitación: Declaración de que alguien no quiere por causas naturales, morales o de otra índole, desempeñar un cargo, realizar un acto jurídico o proceder en otra esfera de la vida jurídica.

3. Mencione las funciones del Poder Electoral (Articulo 293 C.N):

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Artículo 293.

El Poder Electoral tiene por función:

-Reglamentar las leyes electorales y resolver las dudas y vacíos que éstas susciten o contengan.

-Formular su presupuesto, el cual tramitará directamente ante la Asamblea Nacional y administrativa autónomamente.

-Emitir directivas vinculantes en materia de financiamiento y publicidad políticoelectorales y aplicar sanciones cuando no sean acatadas.

-Declarar la nulidad total o parcial de las elecciones.

-La organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de los referendos.

-Organizar las elecciones de sindicatos, gremios profesionales y organizaciones con fines políticos en los términos que señale la ley. Así mismo, podrán organizar procesos electorales de otras organizaciones de la sociedad civil a solicitud de éstas, o por orden de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Las corporaciones, entidades y organizaciones aquí referidas cubrirán los costos de sus procesos eleccionarios.

-Mantener, organizar, dirigir y supervisar el registro civil y electoral.

-Organizar la inscripción y registro de las organizaciones con fines políticos y velar porque éstas cumplan las disposiciones sobre su régimen establecidas en la Constitución y la ley. En especial, decidirá sobre las solicitudes de constitución, renovación y cancelación de organizaciones con fines políticos, la determinación de sus autoridades legítimas y sus denominaciones provisionales, colores y símbolos.

-Controlar, regular e investigar los fondos de financiamiento de las organizaciones con fines políticos.

-Las demás que determine la ley.

-Los órganos del Poder Electoral garantizarán la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales, así como la aplicación de la personalización del sufragio y la representación proporcional.

4- ¿Qué es el Concejo Nacional Electoral?:

Es el órgano superior de la administración electoral tiene carácter permanente, su sede está en la capital de la República y tiene jurisdicción en todo el territorio nacional. Tiene a su cargo la dirección, organización y supervisión de los procesos electorales y referendos contemplados en la ley.

5- ¿Qué establece la Ley Orgánica del Sufragio, en relación a los electores?

TÍTULO III

DE LOS ELECTORES

Capítulo I

De la Condición de Elector

Artículo 85. Todos los venezolanos mayores de dieciocho (18) años, no sujetos por sentencia definitivamente firme, a interdicción civil, ni a condena penal que lleve consigo inhabilitación política, tienen el derecho y están en el deber de votar en las elecciones que rige esta Ley para los poderes públicos que correspondan a su lugar de residencia.

Los miembros de las Fuerzas Armadas no ejercerán el sufragio mientras permanezcan en el servicio militar activo. (Derogado este único aparte. Ver Gaceta Nº 37.121 (17-01-2001)

Artículo 86. Los extranjeros que tengan más de diez (10) años de residencia legal en el país, tendrán derecho a votar en las elecciones Municipales y Parroquiales que correspondan a su lugar de residencia, en las mismas condiciones

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