INSTRUMENTOS REGULADORES DE LOS DELITOS INFORMÁTICOS EN VENEZUELA
Enviado por WILMER • 8 de Julio de 2011 • 3.018 Palabras (13 Páginas) • 2.251 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
FUNDACIÓN “MISIÓN SUCRE”
PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN DE GRADO EN ESTUDIOS JURÍDICOS
ALDEA UNIVERSITARIA “SALTO ÁNGEL” (ANEXO EDUCATIVO “VISTA HERMOSA”)
UNIDAD CURRICULAR NUEVAS TECNOLOGIAS, DERECHO Y TRANSFORMACION SOCIAL
SECCIÓN 3 TRAYECTO III PERIODO I
PARTICIPANTES:
WILMER ALVARADO
CASELLA MARBELYS
CEDEÑO YULKYS
MALPICA ELIANA
SAENZ ROMULO
Ciudad Bolívar 03 DE julio del 2011
ABGDA. María Sánchez.
Presente.-
Después de saludarle muy cordialmente, nos dirigimos a usted por medio del presente informe, para hacer de su conocimiento lo investigado y aprendido en la unidad curricular de Nuevas Tecnologías, Derecho y Transformación Social, referente a la Unidad IV sobre El Régimen Jurídico Previsto en Venezuela Contra los Delitos Informático, en especial atención a;
Los Delitos contra los sistemas que utilizan tecnologías de información.
Los Delitos contra la propiedad.
Los Delitos contra la privacidad de las personas y de las comunicaciones.
Los Delitos contra niños, niñas o adolescentes.
Los Delitos contra el orden económico.
Los Agravantes y las Penas accesorias.
Pues bien el delito informático implica actividades criminales que en un primer momento los países han tratado de encuadrar en figuras típicas de carácter tradicional, tales como robos o hurto, fraudes, falsificaciones, perjuicios, estafa, sabotaje, etcétera. Sin embargo, debe destacarse que el uso de las técnicas informáticas ha creado nuevas posibilidades del uso indebido de las computadoras lo que ha propiciado a su vez la necesidad de regulación por parte del derecho.
Por otra parte, se considera que a nivel internacional no existe una definición propia del delito informático, sin embargo muchos han sido los esfuerzos de expertos que se han ocupado del tema, y aún cuando no existe una definición con carácter universal, se han formulado conceptos funcionales atendiendo a realidades nacionales concretas, como por ejemplo las diferentes denominaciones para indicar las conductas ilícitas en las que se usa la computadora, tales como "delitos informáticos", "delitos electrónicos", "delitos relacionados con las computadoras", "crímenes por computadora", " delincuencia relacionada con el ordenador" y otros más.
Y es pues que en este orden de ideas, en el presente informe se entenderán como "delitos informáticos" todas aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho penal, que hacen uso indebido de cualquier medio informático, lógicamente este concepto no abarca las infracciones administrativas que constituyen la generalidad de las conductas ilícitas que la legislación refiere a derecho de autor y propiedad intelectual, sin embargo, deberá tenerse presente que el fin de este informe es dar a conocer la regulación penal de aquellas conductas antijurídicas que tienen que ver con la tecnología de la información.
Existen diversos tipos de delito que pueden ser cometidos y que se encuentran ligados directamente a acciones efectuadas contra los propios sistemas como son:
Acceso no autorizado: Uso ilegitimo de passwords y la entrada de un sistema informático sin la autorización del propietario.
Destrucción de datos: Los daños causados en la red mediante la introducción de virus, bombas lógicas, etc.
Infracción al copyright de bases de datos: Uso no autorizado de información almacenada en una base de datos.
Interceptación de e-mail: Lectura de un mensaje electrónico ajeno.
Estafas electrónicas: A través de compras realizadas haciendo uso de la red.
Transferencias de fondos: Engaños en la realización de este tipo de transacciones.
Por otro lado, la red Internet permite dar soporte para la comisión de otro tipo de delitos como:
• El Espionaje: Acceso no autorizado a sistemas informáticos gubernamentales y de grandes empresas e interceptación de correos electrónicos.
• El Terrorismo: Mensajes anónimos aprovechados por grupos terroristas para remitirse consignas y planes de actuación a nivel internacional.
• El Narcotráfico: Transmisión de fórmulas para la fabricación de estupefacientes, para el blanqueo de dinero y para la coordinación de entregas y recogidas.
• Y otros delitos: Las mismas ventajas que encuentran en la Internet los narcotraficantes pueden ser aprovechadas para la planificación de otros delitos como el tráfico de armas, proselitismo de sectas, propaganda de grupos extremistas, y cualquier otro delito que pueda ser trasladado de la vida real al ciberespacio o al revés.
Mas sin embargo hay que tomar en cuenta que las personas que cometen los "Delitos Informáticos" son aquellas que poseen ciertas características que no presentan el denominador común de los delincuentes, esto es, los sujetos activos tienen habilidades para el manejo de los sistemas informáticos y generalmente por su situación laboral se encuentran en lugares estratégicos donde se maneja información de carácter sensible, o bien son hábiles en el uso de los sistemas informatizados, aún cuando, en muchos de los casos, no desarrollen actividades laborales que faciliten la comisión de este tipo de delitos. Con el tiempo se ha podido comprobar que los autores de los delitos informáticos son muy diversos y que lo que los diferencia entre sí es la naturaleza de los delitos cometidos. De esta forma, la persona que "ingresa" en un sistema informático sin intenciones delictivas es muy diferente del empleado de una institución financiera que desvía fondos de las cuentas de sus clientes. Motivo por el cual y teniendo en cuenta las características ya mencionadas de las personas que cometen los "delitos informáticos", los estudiosos en la materia los han catalogado como "delitos de cuello blanco" término introducido por primera vez por el criminólogo norteamericano Edwin Sutherland en el año de 1943. Efectivamente, este conocido criminólogo señala un sinnúmero de conductas que considera como "delitos de cuello blanco", aún cuando muchas de estas conductas no están tipificadas en los ordenamientos jurídicos como delitos, y dentro de las cuales cabe destacar las "violaciones a las leyes de patentes y fábrica de derechos de autor, el mercado negro, el contrabando en las empresas,
...