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LA CRISIS MIGRATORIA EN EUROPA


Enviado por   •  22 de Enero de 2016  •  Trabajo  •  1.562 Palabras (7 Páginas)  •  358 Visitas

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UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA

FAEDIS

PROGRAMA DE RELACIONES INTERNACIONALES

ELECTIVA: SEMINARIO EUROPA

TUTOR: EMILMAR SULAMIT RODRÍGUEZ CALDERA

SEGUNDO PARCIAL

¿CÓMO HA SIDO LA ACTUACIÓN DE LA UE, FRENTE A LA CRISIS MIGRATORIA

ASOCIADA AL CONFLICTO EN SIRIA?

ALUMNO: MY® GUILLERMO RODRÍGUEZ RODRIGUEZ

CÓDIGO: d6902326 / CMP PM13 – PUENTE ARANDA

BOGOTA DC, OCTUBRE DE 2015

De manera incompleta, incoherente a veces y con demasiados vacíos, es así como la actuación de la UE, pareciera resolver el problema que de alguna forma ha sido forjado y maximizado por esta comunidad; insistiendo en la heterogeneidad, no solo cultural, étnica o religiosa, sino también desde el mismo proteccionismo al que acude especialmente los países del sudeste, entre ellos: Hungría, Eslovaquia, República Checa y Rumania. Pero las discusiones van más allá y las críticas se acentúan no solo estatalmente, sino mediante discrepancias al interior de los países, los cuales condicionan a las decisiones de la Comisión Europea a ciertos factores, ya mencionados en este párrafo.

En el mismo orden, Francia, Inglaterra y Alemania, aunque divergentes en algunos puntos, como la solidaridad y la falta de humanidad, si contrastan en aportar dineros para que la Cruz Roja y ACNUR, hagan su trabajo con los centenares de refugiados y motivan a los gobiernos de Italia, Grecia y Hungría, para que los acojan, es decir, un apoyo a distancia; eso sí, observando que el gobierno de Merkel, ha sido el más dispuesto a cooperar (CNN, 2015).

Ahora bien, la política o el Sistema Europeo Común de Asilo (SECA), en sus postulados describe: “Se concede asilo a toda persona que huye de algún tipo de persecución o que está amenazada de daños graves. El asilo es un derecho fundamental, y su concesión, una obligación internacional con arreglo a la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados” (COMISIÓN EUROPEA, p.3). Esto, con relación al deber de protección que anuncia la Directiva sobre procedimientos de asilo de la Comisión Europea.

No obstante, al hablar de incompleta, se refiere al hecho de separar dos situaciones: una es, la de ser refugiado, producto de persecución política o violencia por causa de la guerra de y tienen acceso a la asistencia internacional, lo que los diferencia jurídicamente de los inmigrantes, y quienes escapan por razones meramente económicas y pueden ser deportados y transportados de nuevo a sus países de origen; entorno desigual que sin duda marca la pauta en las decisiones que adopte la comunidad o cada país miembro de la UE.

Es así como, los datos pronosticados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), este año el número de migrantes en Europa alcanzará un millón, versus los 630.000 del año pasado, escenario previsto durante la década presente; además la UE estima que, de los casi 500.000 migrantes que ya han llegado a su territorio durante este año, 350.000 son idóneos para recibir asilo o alguna forma de protección internacional (ABC.es, 2015).

En el mismo sentido, la desunión de la comunidad europea torpedea otros asuntos que impiden lo logrado a través de los años y es que, se pone en riesgo uno de los pilares fundamentales de la UE, “la libertad de circulación de las personas", mencionado este asunto ya por el ministro italiano del Exterior, Paolo Gentiloni, quien además manifiesta su temor ante un cuestionamiento de Schengen[1], porque sería, según sus palabras: "el retorno a las viejas fronteras" (CNN, 2015).

Como antecedente previo, en cuanto a las acciones tomadas por el Parlamento Europeo, se tiene que en el año 2012, podría decirse en los inicios de la guerra civil de Siria, y mediante Resolución del 12 de septiembre, en su artículo 17, expresa:

Pide una transición pacífica y genuina a la democracia, liderada por los propios sirios, que responda a las demandas legítimas del pueblo sirio y se base en un proceso integrador de diálogo con la participación de todas las fuerzas democráticas y componentes de la sociedad del país con vistas a iniciar un proceso de reformas democráticas profundas que tenga en cuenta la necesidad de garantizar la reconciliación nacional y se comprometa a garantizar el respeto de los derechos y libertades de las minorías, también las étnicas, religiosas, culturales y de otro tipo (RSP, 2012).

Manifestación que a simple vista insta a una recuperación al interior del país sirio y con claras intenciones especialmente del régimen de gobierno; cosa totalmente se ha vivido, se ha desbordado con el transcurrir de los años el problema y la población que huye, ya no solo quiere permanecer en el vecindario (Jordania, Líbano y Turquía), sino que prefiere y se arriesga por transitar hacia Europa a como dé lugar.

En el presente, de manera reactiva, se puede observar y tener en cuenta lo acordado e iniciado a ejecutar por parte de la Comisión Europea el pasado 23 de septiembre de 2015, donde los Estados miembros acogieron la Decisión de reubicar 120 000 refugiados claramente necesitados de protección internacional desde Italia, Grecia y otros estados miembros directamente afectados por la crisis de los refugiados (Comisión Europea 2015). Disposición, que entre otras consideraciones describe: “La propuesta de la Comisión prevé una clave de reparto que es obligatoria para todos los Estados miembros”. Dejando claro que si por algún motivo, especialmente fortuito y de fuerza mayor, no pudieran cumplir con lo acordado, debería dicho Estado contribuir financieramente al presupuesto de la UE, incluso se da el porcentaje  para tal fin, ya que estas se destinarán a financiar los esfuerzos realizados por los demás países de la UE para hacer frente a la situación de crisis y se redistribuirán entre los demás países de la UE.

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