LA PROPIEDAD PRIVADA EN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Enviado por borregalesld • 29 de Abril de 2015 • 1.366 Palabras (6 Páginas) • 356 Visitas
LA PROPIEDAD PRIVADA EN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA:
Venezuela ha tenido una de las tasas de inflación más altas del mundo desde hace algunos años. Si bien a finales de los noventa tuvo una tasa de inflación aún superior al 103 % de 1996, en el último lustro supera en este parámetro a todos los países de la región, cosa que no pasaba en la década de los noventa, cuando países como Brasil, Perú y México tenían una tasa inflacionaria muy superior a la de Venezuela.
En el 2007, la inflación superó con creces la meta gubernamental de 11%. El gobierno venezolano había emprendido una serie de medidas para frenar la inflación, como la disminución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 16% a 14%, y luego a 11%, así como la emisión del bolívar fuerte.
Una de las causas principales de la elevada inflación en el país, según especialistas, es la política del Estado de imprimir dinero inorgánico en la economía del que correspondería según la producción del país: hay mucho más dinero líquido persiguiendo muy pocos productos.
La Constitución Económica se refiere al conjunto de normas destinadas a proporcionar el marco jurídico fundamental para la estructura y funcionamiento de la actividad económica, no estando destinada a garantizar la existencia de un determinado orden económico, salvo en el caso de las constituciones socialistas de modelo soviético. En este sentido la sentencia de la antigua Corte Suprema de Justicia en pleno, en fallo de fecha de 15-12-1998, en el caso Pedro Antonio Pérez Alzurutt I, sentó:
“Las Constituciones modernas de los distintos países, si bien establecen de manera general la forma de actuación de los Poderes Públicos y de los individuos en la actividad económica, dicha consagración se hace en términos principistas; de esta forma, la Constitución Económica, entendida como el conjunto de normas constitucionales destinadas a proporcionar el marco jurídico fundamental para la estructura y funcionamiento de la actividad económica, no está destinada, salvo el caso de las constituciones socialistas de modelo soviético, a garantizar la existencia de un determinado orden económico, sino que actúan como garantes de una economía social de mercado, inspiradas en principios básicos de justicia social y con una “base neutral” que deja abiertas distintas posibilidades al legislador, del cual sólo se pretende que observe los límites constitucionales.”.
De allí pues, la Constitución Económica se refiere a un conjunto de normas que establecen la estructura o el marco jurídico fundamental para la actividad económica y dicha Constitución no garantiza la existencia de un determinado orden económico, garantizando así una economía social de mercado, inspirada en principios básicos de justicia social y con una base neutral, que deja abierta distintas posibilidades al legislador el cual debe observar los límites constitucionales. Así pues, al decidir en el analizado caso el fondo del asunto, como lo constituyó decidir en cuanto a la supuesta nulidad de la Ley de privatización por una presunta violación de la Constitución, la referida sentencia no declaró la nulidad de dicha Ley como contraria a la Constitución, destacando que no hay indicios de que una norma que pretenda transferir activos del
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