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LUGAR QUE OCUPA EL DERECHO PENAL DENTRO DEL UNIVERSO DE LA CIENCIA DEL DERECHO EN GENERAL


Enviado por   •  31 de Octubre de 2013  •  8.354 Palabras (34 Páginas)  •  7.296 Visitas

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LUGAR QUE OCUPA EL DERECHO PENAL DENTRO DEL UNIVERSO DE LA CIENCIA DEL DERECHO EN GENERAL

Raúl Carranca y Trujillo, mexicano, autor de la obra Derecho Penal Mexicano, señala que “es el conjunto de leyes mediante las cuales el Estado define los delitos, determina las penas imponibles a los delincuentes y regula la aplicación, concreta de las mismas a los casos de incriminación”.

Eugenio Cuello Calón, español, autor de Derecho Penal, define al Derecho Penal como “el conjunto de normas establecidas por el Estado que determinan los delitos, las penas y medidas de seguridad con que aquellas son sancionadas”.

Luis Jiménez de Asúa, también hispano, autor de la obra La Ley y el Delito, expone que el Derecho Penal es “el conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto del delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora”.

El alemán Reinhart Maurach, escribió el Tratado de Derecho Penal, donde dice que “el Derecho Penal es el conjunto de normas jurídicas que asocian los efectos jurídicos exclusivos del Derecho Penal a un determinado comportamiento humano, el delito”.

Edmundo Mezger, también de origen alemán, y autor de Derecho Penal, indica que “es el conjunto de las normas jurídicas que vinculan la pena como consecuencia jurídica, a un hecho cometido”.

Giuseppe Maggiore, italiano, define al Derecho Penal como “el sistema de normas jurídicas, en fuerza de las cuales el autor de un delito es sometido a una pérdida o disminución de sus derechos personales”.

Por mi parte considero que el Derecho Penal consiste en un conjunto sistemático de conocimientos obtenidos del ordenamiento positivo, referente al delito, al delincuente, a las penas y a las medidas de seguridad.

La principal característica del Derecho Penal, es que en casos de incumplimiento se aplica una sanción, es punitivo. Como ya mencioné, la peculiaridad primordial es la punición, es decir, la pena, la sanción, el castigo al autor del delito, que infringe la norma impuesta por el Estado, para salvaguardar los intereses particulares.

En este orden de ideas, el Derecho Penal constituye una parte integrante del derecho público, en el que se establecen las relaciones entre el Estado y los particulares, frente a la necesidad de salvaguardar el orden público.

He ubicado al Derecho Penal en el campo del Derecho en general, dentro del Derecho Público, por lo que es preciso mencionar que se divide en externo e interno; el primero comprende el Derecho Internacional y el interno se refiere al Derecho Nacional, es decir, el Derecho vigente dentro del territorio de un Estado, donde colocamos al Derecho Penal.

INSTITUCIONES O PARTES QUE COMPRENDE EL DERECHO PENAL

El Derecho Penal abarca varias partes, en general los autores coinciden en estimarlas; menciono algunas de esas opiniones:

Raúl Carranca y Trujillo nos señala: “la subdivisión en parte general y parte especial, correspondiendo a la primera lo relativo al delito y a la pena, en tanto que a la segunda los especiales delitos”.

Eugenio Cuello Calón dice: “los tratadistas suelen distinguir dos partes: una denominada parte general que se ocupa de la doctrina del delito y de la pena en general, cuyo estudio se añade hoy el de las medidas de seguridad y otra llamada parte especial que trata de los diversos delitos y de las penas y medidas de seguridad correspondientes.”

Francisco Pavón Vasconcelos escribe al respecto: “el derecho penal se ha dividido tradicionalmente en Parte General y Parte Especial. La primera comprende las normas secundarias, accesorias o simplemente declarativas referentes al delito, al delincuente y a las penas y medidas de seguridad; mientras la segunda se integra con los tipos penales y las penas que a cada delito corresponden”.

El Derecho Penal comprende dos partes, una general y otra especial, situación que se ve reflejada en nuestro Código Penal, en el Libro Primero y Libro Segundo respectivamente.

LEY PENAL Y ESTADO DE DERECHO

Un Estado de Derecho es aquel que rige por un sistema de leyes e instituciones ordenado en torno de una constitución. Cualquier medida o acción debe estar sujeta o ser referida a una norma jurídica escrita. A diferencia de lo que sucede ocasionalmente en muchas dictaduras personales, donde el deseo del dictador es la base de una gran medida de acciones sin que medie una norma jurídica. En un estado derecho las leyes organizan y fijan límites al gobierno, aunque también algunos sistemas autoritarios son estados de derechos en que toda acción está sujeta una norma jurídica previamente aprobada y de conocimiento público (en ese sentido no debe confundirse un estado de derecho con un estado democrático, aunque ambas condiciones suelan darse simultáneamente). Esta acepción de estado de derecho es la llamada "acepción débil" o "formal" del estado de derecho.

Este se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del Estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público.

El Estado de Derecho en sentido formal

Un Estado de Derecho es aquel en el que la ley es el instrumento preferente para guiar la conducta de los ciudadanos. La transparencia, predictibilidad y generalidad están implícitas en él. Esto conlleva a que se facilite las interacciones humanas, permite la prevención y solución efectiva, eficiente y pacífica de los conflictos; y nos ayuda al desarrollo sostenible y a la paz social. Para un Estado de Derecho efectivo es necesario:

• Que el Derecho sea el principal instrumento de gobierno.

• Que la ley sea capaz de guiar la conducta humana.

• Que los poderes la interpreten y apliquen congruentemente.

El Estado de Derecho en sentido material

El vínculo a la observación de las leyes sería inútil e ineficaz si no se pudiera garantizar que las leyes que ellos mismos son los garantes de los derechos fundamentales. Por lo tanto, los elementos formales del Estado de Derecho se han desarrollado y ampliado por parte de elementos materiales del Estado, en particular mediante la adopción de normas que protegen los derechos fundamentales.

IUS PUNIENDO Y IUS PENALE

Ius puniendi es una expresión latina utilizada

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