La Familia
Enviado por rafaelenrique • 22 de Enero de 2012 • 4.173 Palabras (17 Páginas) • 518 Visitas
LA INSTITUCIÓN FAMILIAR
EL DERECHO DE FAMILIA
Reseña Histórica del Derecho de familia
La familia, se encuentra dentro de las más viejas y fundamentales de instituciones humanas. Consiste , en un hombre y una mujer, en la mayoría de las sociedades con la finalidad generalmente de tener niños, educarlos y adaptarlos a su cultura. Este tipo de familia es denominado simple, conyugal, elemental, o nuclear.
Mucho antes de la aparición de la sociedad tribal, los grupos regularon y elaboraron reglas que gobernaron la pareja como ente sexual. Estas reglas eran sumamente diversas, aunque las prohibiciones contra relaciones incestuosas (entre padres e hijos) o entre familias cercanas ha sido casi universal. El tabú o prohibición del incesto requiere que individuos encuentren y se casen con personas que no pertenezcan a su grupo familiar, reduciendo así las posibilidades de conflicto serio dentro de la familia y también aumentando la interacción social entre grupos de familia.
Los lazos de parentesco constituyen las formas primarias de organización social, regulando el traslado de propiedad, proveyendo estructuras de autoridad, y formando la base para la organización de producción y distribución.
Todas las familias comienzan con una pareja, que es la estructura básica casí a nivel mundial pero hay dos fuentes generales de complejidad en la estructura de familia. El primero se origina en la costumbre de que la mujer puede tomar más de un de cónyuge a lo que se denomina poliandria. Mucho más común, y no limitado es el de la poligamia en la que un hombre puede casarse con varias mujeres. En muchas culturas Islámicas se practica todavía, sin embargo relativamente pocos hombres de hecho practican porque ellos no pueden afrontar para mantener más de una de esposa y sus hijos.
La históricamente la familia es una institución de utilidad general. La relaciones de parentesco proveen asistencia económica; el hogar es la unidad principal de producción, así como también de consumo; y las reglas complejas de parentesco regulan también el comportamiento sexual, asegurando la reproducción ordenada de sociedad. En la antigüedad la cabeza de familia era típicamente también su líder religioso y su portavoz frente a la sociedad.
Nuestro sistema de Derecho familiar se basa, en principios de igualdad, moral y buenas costumbres, donde juega un papel destacable las enseñanzas religiosas que van a la par de las anteriores. Tiene gran influencia en él los principios revolucionarios Franceses que inspiraron el Constitucionalismo y Civilismo Europeo, del que, posteriormente nos hemos copiado.
Nuestro Código Civil, proviene del Códigos Napoleónico Francés, del Italiano y Español. Por lo que es un descendiente híbrido del sistema de derecho Romano del que todavía se conservan algunas normas, que aunque insólitas son prueba de la sabiduría de este cultura.
En Venezuela recientemente se han introducido reformas, específicamente en el derecho de Familia, que tienden al establecimiento de la igualdad de la mujer dentro del núcleo familiar, como ser capaz de tomar decisiones, tanto del hogar, económicas y sobre la educación de los hijos.
Importancia del Derecho de Familia.
El derecho de Familia pertenece estructuralmente al Derecho Civil o derecho de los ciudadanos. Las relaciones de parentesco tienen muchísimas connotaciones para el mundo del derecho. Partiendo desde aquellas relacionadas con los derechos y deberes directos de la pareja, como lo son el respeto, afecto, la fidelidad y los aportes económicos proporcionales al hogar, hasta aquellos que son consecuencia directa del mismo al procrearse hijos, sobre su cuidado y formación moral.
De aquí se derivan los derechos y obligaciones civiles con los miembros del grupo familiar y el Estado, en lo concerniente a sucesiones, herencias, testamentos, sanciones
DERECHO DE FAMILIA
Concepto.
Las instituciones fundamentales del Derecho Civil son las persona y los bienes, esto ha dado origen a dos ramas como son el Derecho de Familia y el Derecho de Bienes. El Derecho de Familia es el conjunto de principios jurídicos y normas legales, cuyo objeto exclusivo o principal o indirecto o simplemente accesorio, es determinar la condición de las personas y presidir, dirigir y reglamentar la organización, la vida y la disolución de la familia
Esto da existencia a las cinco ramas reales del Derecho Civil las cuales son: Derecho de personas, Derecho de Familia, Sucesiones, Derechos Reales y Obligaciones
Características del Derecho de Familia
Una de las primeras interrogantes que nos hacemos bien sea como lego en materia jurídica o como estudiante del Derecho es si el Derecho de Familia es parte del Derecho Privado o del Derecho Público. En todo caso, si partimos del supuesto de que el objeto y la finalidad fundamentales del Derecho Público son la organización y la protección directas del Estado y de sus órganos competentes, sería necesario concluir que el Derecho de Familia no puede colocarse dentro del Derecho Público, pues la finalidad de aquél es la organización y la protección de la familia que no es un órgano del estado.
Si obedece a los principios de preordenación y de subordinaciòn, similares a los del Derecho Público y no al principio de equiparación del Derecho Privado. Sin embargo puede decirse que el Derecho de Familia, rama del Derecho Civil y por ende del Derecho Privado, ocupa junto con el Derecho de Personas, un lugar peculiar dentro del Derecho Civil, precisamente por la estructura de la norma
Las normas del derecho de familia son generalmente de orden público
La Familia es la base y célula fundamental de la sociedad (artículo 75 CRBV). En consecuencia el Estado tiene la obligación de velar por su conservación y defensa. Las normas legales del Derecho de Familia, son en principio, de carácter imperativo o prohibitivo y constituyen reglas de orden público, solo excepcionalmente aparecen reglas supletorias que dan cabida a la autonomía de la voluntad de las partes interesadas
Naturaleza del Derecho subjetivo que consagra el Derecho de Familia
Los derechos subjetivos que reconoce el Derecho Familiar no están principalmente dirigidos a la satisfacción de los intereses particulares de su titular, sino más bien se orientan hacia la protección de los intereses superiores de la familia. Permiten en realidad el cumplimiento de los deberes familiares. Un buen ejemplo de dicha característica lo constituye el derecho deber de cohabitación, que establece el Artículo 137 del Código Civil
INFLUENCIA DE REGLAS
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