La Omonimia En El Peru
Enviado por perseo_345 • 29 de Septiembre de 2014 • 435 Palabras (2 Páginas) • 331 Visitas
Es imposible que existan dos personas iguales, sin embargo en materia legal esta situación es posible y se le denomina HOMONIMIA. Veamos en qué consiste.
¿Que es la Homonímia?
Entendemos por homonimia la situación que se presenta cuando dos o más personas tienen el mismo nombre y apellidos, o un nombre parecido. Esto no es en sí un problema o dolor de cabeza excepto cuando uno es confundido con un homónimo que tienen problemas con la justicia y o con entidades financieras.
¿Que hacer en Caso de Homonimia en Perú?
Si Ud. o un conocido sufre de un caso de homonimia en Perú, le damos a continuación algunas recomendaciones que le serán de utilidad para solucionar o aliviar esta situación:
Primero, tramitar un Certificado de Homonimia en el juzgado Penal. Para esto deberá presentar entre otra documentación su DNI y partida de nacimiento original. Este certificado de homonimia acredita que usted no es la misma persona que esta teniendo problemas con la justicia y con la que se la pudiera estar confundiendo.
Sacar suficientes copias de dicho documento de homonimia para ser entregadas a las diferentes entidades donde se crea que hay o exista la confusión de su persona con otra.
Portar, es decir llevar consigo, el mencionado certificado de homonimia para que en el caso de que una autoridad le solicite sus documentos y sea Ud. buscado en el sistema, no exista duda de que usted es persona distinta a la buscada.
Para un caso de Hominima si Ud. esta en el extranjero
La pregunta del caso, si usted está en el exterior, es si puede hacerse esta gestión de solicitar el certificado de Homonimia por representación, y la respuesta es sí, previo poder, claro está y las copias de documentos propios de cualquier acto, como son el DNI y la búsqueda en el sistema.
Finalmente, existen casos en los que el apuro y la falta de conocimiento de la solucion al problema de homonimia del tema han permitido que no se individualice al actor de algún delito y por ello se haya hecho la detención arbitraria de algún inocente. No es sino hasta cuando éste ha sido internado en un centro penitenciario y ha sido víctima de los tratos propios que se le brindan a un delincuente, que recién la familia busca asesorarse por un abogado, el mismo que da inicio al trámite de homonimia que pudo realizarse con previsión y anticipación para evitarse malos ratos.
Si la homonímia es su caso o el de un familiar, y están en el exterior, puede comunicarse con nosotros que gustosamente los asesoraremos. Siempre para servirle me despido cordialmente de ustedes, hasta pronto.
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