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La Vulneración de los Derechos Humanos en los Centros Laborales.


Enviado por   •  15 de Febrero de 2016  •  Trabajo  •  440 Palabras (2 Páginas)  •  341 Visitas

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La Vulneración de los Derechos Humanos en los Centros Laborales

En la Declaración Universal de los Derechos Humanos, se señala: “Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo” (ONU, 1948, Art. 23). Texto que ampara a todos los trabajadores y debe asegurar un empleo digno y con un contrato indefinido, pero en nuestra realidad, este derecho laboral es quizás uno de los más vulnerados. Como por ejemplo, el abuso que hacen los empleadores de empresas privadas de contratar bajo la modalidad de contrato por necesidades de mercado, cuando realmente no se justifica la causa objetiva para la contratación temporal del personal, generando de este modo una rotación de trabajadores innecesaria y un alto nivel de desempleo en los trabajadores por causa no justificada.

El Ministerio de Trabajo solo se limita a atender las denuncias de los trabajadores; sin embargo, no cumple una labor fiscalizadora y supervisora de este tipo de contrato laboral, pero ¿acaso se podrían atrever los trabajadores hacer una denuncia?, aquí la respuesta es obvia, ya que si lo hacen corren el riesgo de que ya no los vuelvan a contratar, toda vez que el Art. 58 , del Decreto Supremo N° 003-97-TR, faculta al empleador de hacer uso de esta modalidad de contratos hasta un máximo de 5 años; entonces los empleadores utilizan esta modalidad libremente teniendo bajo su subordinación a los trabajadores hasta el tiempo cumplido y luego les agradecen por sus servicios dando por concluido el vínculo laboral.

Las demás leyes laborales no contemplan está situación, sino por el contrario, existen clases de contratos como el mencionado que amparados en la actual legislación, parecieran que en lugar de proteger al trabajador, le dan al empleador suficientes facultades para que puedan sustentar los despidos a su antojo y libre albedrio, perjudicando a quienes a su parecer ya no deben permanecer en la organización.

En conclusión, existe en el ámbito laboral de nuestro país una inadecuada utilización de la figura del contrato laboral por necesidades del mercado, sumado frente al temor de los trabajadores de hacer una denuncia formal frente a la autoridad respectiva. Ante esta situación, la ley también prevee la inmediata reposición del trabajador o indemnización en caso de despido arbitrario. El uso fraudulento de esta modalidad debe ser sancionada mientras no se justifique las causas objetivas que lo sustentan. Asimismo se debe crear una cultura del empleo en donde el empleador actúe con responsabilidad, de acuerdo a ley y sobre todo sujeto a supervisión y fiscalización y en la cual los derechos de los trabajadores no sean vulnerados.

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