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La forma de gobierno del Estado español es la Monarquía parlamentaria


Enviado por   •  14 de Diciembre de 2023  •  Tarea  •  439 Palabras (2 Páginas)  •  75 Visitas

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Tarea 1

  1. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.

    La forma de gobierno del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

Poder ejecutivo (Gobierno)

Comisión Europea ejerce el poder ejecutivo

Poder legislativo (Cortes Generales)- Congreso y Senado

Parlamento Europeo

Poder Judicial (Tribunales de Justicia)

Tribunal Supremo como órgano superior y Tribunal Constitucional que vela por el cumplimiento de la Constitución.

Tribunal de Justicia Europeo

La Corona que ejerce la representación del país

Comisión Europea

Poder ejecutivo (Gobierno)

Poder ejecutivo en la Comunidad lo representa el Presidente o la Presidenta y Consejo de Gobierno

Poder legislativo (Cortes Generales)- Congreso y Senado

Asamblea Legislativa

Poder Judicial (Tribunales de Justicia)

Tribunal Superior de Justicia

3)

A su misma vez los órganos en la provincia o municipio son los siguientes:

-En el municipio el encargado de ejercer el mando o el poder ejecutivo es el Alcalde o Alcaldesa, pudiendo estos ser sustituidos por el/la Teniente Alcalde. El poder legislativo en este caso será representado por el Pleno de Gobierno. La acción de la justicia será llevada acabo por los juzgados de 1º Instancia y si no hubiera en el término municipal los Juzgados de Paz.

- En la provincia el poder ejecutivo será ejercido por Presidente o Presidenta y pudiendo ser sustituidos por el/la Vicepridente. El órgano legislativo o de control es el Pleno Provincial y el que ejerce en este caso la acción de la justicia es la audiencia Provincial.

  1. Los diferentes empleados públicos se clasifican en :

-Funcionarios y funcionarias de carrera: Desempeñan labores profesionales  retribuidas ,permanentes , vinculados a una administración y con nombramiento legal.

-Funcionarios interinos y funcionarias interinas: Son nombras con carácter de urgencia y necesidad para cumplir las funciones propias de los funcionar@s de carrera.

-Personal Laboral: presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas y tiene contrato escrito.

-Personal Eventual: Carácter no permanente ,realiza labores de asesoramiento especial o confianza.

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