La nueva Declaración informativa de operaciones superiores a 100,000.00
Enviado por Hersay10 • 4 de Septiembre de 2017 • Documentos de Investigación • 765 Palabras (4 Páginas) • 318 Visitas
Declaración informativa de operaciones superiores a 100,000.00
Aspectos generales: Conforme al artículo 76, fracción XV, de la Ley de ISR, las personas están obligadas a informar a la autoridad tributaria a través de los medios y formatos electrónicos que señale el SAT mediante regla de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en que se realice la operación, de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjero, así como en pizas de oro y plata, cuyo monto sea superior a los $100,000.00
¿Quiénes la presentan?
- Los contribuyentes personas morales que obtengan ingresos de los señalados en el título II de la Ley del ISR que hayan recibido contraprestaciones en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro y plata, cuyo monto sea superior a $100,000.00 considerando el monto consignado en el comprobante que se expida
- Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR, con fines asistenciales, educativos, investigación científica o tecnológica, culturales, ecológicas, de reproducción de especies protegidas o en peligro de extinción, y becantes que hayan recibido donativos en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro y plata, cuyo monto sea superior a $100,000.00
- Los contribuyentes personas físicas con ingresos por actividades empresariales y profesionales que hayan recibido contraprestaciones en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a $100,000.00
- Los contribuyentes que obtengan ingresos por arrendamiento y en general por el uso o goce temporal de bienes inmuebles que haya recibido contraprestaciones en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata cuyo valor sea superior a $100,000.00
- Los contribuyentes personas físicas que obtengan ingresos por la enajenación de bienes que hayan recibido contraprestaciones en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo valor sea a $100,000.00
¿Dónde se presenta?
En la página del SAT, a través del programa electrónico ‘’Declaración informativa por contraprestaciones o donativos recibidos superiores a $100,000.00
¿Qué documento se obtiene?
Acuso de recibo de la prestación de la Declaración informativa por contraprestación o donativos recibidos superiores a $100,000.00
¿Cuándo se presenta?
A más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación.
Requisitos
- Acreditar documentalmente la fecha de operación con la factura, nota o recibo correspondiente que se incluyó en la declaración informativa.
Procedimiento para presentar la declaración informativa
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