La propiedad industrial venezolana
Enviado por Maria Laura Cegarra • 19 de Mayo de 2018 • Trabajo • 1.399 Palabras (6 Páginas) • 108 Visitas
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Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del poder popular para la educación superior
Universidad Arturo Michelena
Facultad de ciencias jurídicas y políticas
Escuela de derecho
La propiedad industrial
Estudiantes
Maria Laura Cegarra, CI. 24.644.103
Miguel Velásquez, CI. 24.641.875
San diego, marzo 2018
En este trabajo se desarrollará los aspectos mas importantes que rondan a la propiedad industrial venezolana.
Primeramente empezaremos con su legislación. La cual según la página del SAPI, que es el ente que controla lo relacionado a la propiedad intelectual e industrial, es el siguiente:
Nacional:
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
- Ley de Propiedad Industrial
- Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
- Ley Orgánica de la Administración Pública
Observando entonces como nuestra constitución está en la cúspide, como siempre sabiendo que en ella se encontrara es solo una noción general de la temática que se está desarrollando y que si se quisiera un ahondamiento del tema habría que recurrir al análisis de la ley de propiedad industrial, la cual establecerá todas las directrices y todo lo relacionado de manera ordenada lo competente a la propiedad industrial. Ya que las mas leyes en relación a este tema solo dan pequeñas nociones.
Como ejemplo de esto, los artículo de la constitución donde se señala una noción de lo que son la creación cultural, y otra nociones relacionadas son los articulos.:98, 99, 100, 101, 108, 113, 119, 120, 124, 127, 153, 156 ordinal 32
Concepto de propiedad industrial
La propiedad industrial es concebida por toda invención de ideas y creaciones provenientes del intelecto humano capaces de ser aplicadas a la rama industrial. Como lo serían la invención de productos, y de su respectiva marca
Inventos, creaciones y marcas que como se sabe deben ser registradas mediante el órgano competente con el fin de evitar que otra persona se copie de la idea y la haga suya injustamente. Por esto existe también toda una regulación y un proceso al cual seguir si alguna idea es copiada de manera injusta y sin permio de su autor verdadero
Normas para el registro de inventos:
En los siguientes artículos toca diferentes puntos a desarrollar sobre la propiedad intelectual y sobre la defensa de ellos en países extranjeros, además de poder patentar las mejoras del invento creado que no haya sido por el creador.
Artículo 5º.- Las patentes de invención, de mejora, de modelo o dibujo industriales y las de introducción de invento o mejora, confieren a sus titulares el privilegio de aprovechar exclusivamente la producción o procedimiento industrial objeto de la patente, en los términos y condiciones que se establecen en esta Ley. Las patentes de introducción no dan derecho a sus titulares a impedir que otros importen al país objetos similares a los que abarquen dichas patentes.
Artículo 6º.- El Estado no garantiza la exactitud, prioridad, ni utilidad de la invención, descubrimiento, mejora, modelo o dibujo patentados.
Artículo 7º.- Todo individuo tiene derecho de mejorar la invención de otro, pero no podrá usar esa invención sin consentimiento del inventor. Tampoco el inventor podrá usar la mejora o mejoras hechas sin el consentimiento del autor de la mejora.
Artículo 8º.- Ninguna patente podrá versar sino sobre una sola creación, invento o descubrimiento.
Artículo 9º.- Las patentes de invención, de mejora, de modelo o dibujo industriales, se expedirán por cinco o diez años a voluntad del solicitante; y las de introducción solo por cinco años.
Artículo 10.- Los inventos, mejoras y modelos o dibujos industriales patentados en país extranjero podrán patentarse igualmente en Venezuela mediante el cumplimiento de las formalidades y requisitos legales, si no fueren ya del dominio público. La patente se expedirá por el término que permita la Ley venezolana o por el que falte para extinguirse la patente concedida en país extranjero, si este último término fuere menor.
Artículo 11.- Quien haya obtenido una patente en el exterior tendrá prelación para obtenerla también en Venezuela dentro de los doce meses siguientes a la fecha de la patente extranjera.
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