Las bases Legales sustentan la investigación y la envuelven de legitimidad
Enviado por sthefanot • 24 de Febrero de 2018 • Apuntes • 982 Palabras (4 Páginas) • 168 Visitas
Marco Legal
Las bases Legales sustentan la investigación y la envuelven de legitimidad, establecidas primeramente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), como fuente única de la que emanan las diferentes leyes, reglamentos, entre otros que están vinculadas con el tema en desarrollo. En este sentido, se tiene que en el artículo 75 de nuestra Carta Magna Título III - De los Derechos Humanos y Garantías, y de los Deberes, Capitulo V: "De los Derechos Sociales y Familiares", establece:
“El Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes.”
En tal sentido, desde los primeros años académicos se ha estructurado el concepto de familia considerándola como la célula fundamental de la sociedad. En consecuencia, al estar la familia liderada por los padres, es indiscutible que éstos tienen una gran responsabilidad en la crianza y enseñanza de los hijos cuyas acciones tienen repercusiones tanto positivas como negativas. De allí, la importancia de reeducar a los padres para que conduzcan por buen camino el importante rol al guiar a sus representados. Del mismo modo el Artículo 76 constitucional establece que:
…” El padre y la madre tienen el deber compartido e irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus hijos o hijas.”
Es indiscutible, que un hijo o hija educada en valores aportados desde su núcleo familiar, tales como el respeto, el amor, la igualdad, la tolerancia, entre otros; será un ciudadano ejemplar o por lo menos, no tiene excusas para no serlo. En tal sentido, los padres deberán manifestar un buen ejemplo en busca de un accionar en correspondencia con los valores presentados. Continuando con la idea, el Artículo 78 CRBV, establece:
“…El Estado, las familias y la sociedad asegurarán, con prioridad absoluta, protección integral, para lo cual se tomará en cuenta su interés superior en las decisiones y acciones que les conciernan…”
Hecho este planteamiento podemos observar la contribución del mencionado artículo en busca de la igualdad en tanto al interés de las opiniones en las decisiones, donde deben ser aceptadas cualquier criterio incluyendo las propuestas de los mismos niños, niñas y adolescentes, quienes a su vez sienten en carne propia las necesidades en su entorno. De modo que, es necesario escucharlos y considerar su interés superior el cual está por encima de los intereses de otros. Concatenado con el artículo 8 de la Ley Orgánica del Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA).
Por su parte el Artículo 102 constitucional establece:
“La educación es un derecho humano y un deber social fundamental,… El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la ley”
En relación con este artículo, se tiene que la sociedad en pleno debe formar parte del proceso de la educación. De allí, la pertinencia de renovar la escuela para padres, en virtud de la importancia que tiene cada familia como unidad y primer ámbito social, las cuales deben actuar con el objetivo en común de perseguir el fortalecimiento de los lazos afectivos en conjunción con los valores, así como formar familias más concretas cuya presencia sea un apoyo para alentarse entre sí a prosperar.
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