Módulo 4. Actos y sociedades mercantiles
Enviado por Memorazo2 • 10 de Junio de 2020 • Tarea • 2.635 Palabras (11 Páginas) • 789 Visitas
[pic 1]
Módulo 4. Actos y sociedades mercantiles
Unidad 1. Contratos civiles
Sesión 1. Contratos en particular. Primera parte
Nombre del estudiante: Guillermo Del Razo Tecamachaltzi
Grupo: DE-DEASM-2001-M4-010
Licenciatura en Derecho
Nombre del Docente: Lic. GETHSEMANI JAEN CISNEROS CASTILLO
INDICE
Actividad 1……………………………………………………………………………2
Actividad 2……………………………………………………………………………7
Actividad integradora………………………………………………………………..9
Conclusiones……………………………………………………………………….14
Fuentes de consulta ………………………………………………………………14
Actividad 1. Elementos de existencia y validez de los contratos
Con este propósito, además de contrastar las diferencias entre los contratos, realiza la siguiente actividad.
1. Identifica los tipos de contrato asignados por tu docente en línea en la sección Planeación del (de la) docente en línea.
GRUPO “A”: Compraventa, Permuta, Donación, Mutuo
2. Lee los apartados “Convenios y contratos”, hasta “Contratos en particular”, así como los apartados de aquellos contratos que te corresponda analizar.
3. Consulta el Código Civil Federal, el Código Civil para el Distrito Federal y fuentes doctrinarias académicamente confiables sobre los contratos indicados.
4. Completa los siguientes cuadros conforme a la doctrina y al Código Civil para el Distrito Federal.
Compraventa Permuta Donación Mutuo, según su naturaleza se definen como contratos traslativos de dominio (propiedad)
ELEMENTOS DE EXISTENCIA DE LOS CONTRATOS | CONSENTIMIENTO | OBJETO | SOLEMNIDAD |
CONTRATO 1 COMPRAVENTA | El contrato de compraventa es el acuerdo de voluntades por medio del cual uno de los contratantes, llamado vendedor, se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho, y el otro contratante, llamado comprador, a su vez se obliga a pagar por ello un cierto precio cierto y en dinero (art.2248. C.C.F.) | La obligación por parte del vendedor de entregar una cosa determinada a cambio de un precio cierto en dinero o signo que lo represente, que deberá ser satisfecho por el comprador. | Requisito de forma exigido por la Ley para que un contrato sea válido. En el Derecho común, ese requisito es necesario para que el contrato se perfeccione y, consecuentemente, para su existencia y validez |
CONTRATO 2 PERMUTA | Uno de los contratantes se obliga a entregar, transferir la propiedad de una cosa a cambio de otra, el otro quien como contraprestación se obliga a entregar otra cosa diferente o a documentar la titularidad de otro derecho a la primera.(art.2327, 2250. C.C.F) | El antecedente comercial es lo más parecido al trueque | . El contrato es solemne cuando, a más del consentimiento, la ley requiere de la observancia de otras formalidades de manera que, sin ellas, el contrato no produce ningún efecto civil. La regla general es que los contratos sean consénsuales, en nuestra legislación hay muchos solemnes la permuta de bienes raíces que precisan de Escritura pública. etc. |
CONTRATO 3 DONACION. | El contrato de donación es el acuerdo de voluntades por medio del cual uno de los contratantes, llamado donante , transfiere gratuitamente una parte o la totalidad de sus bienes presentes, al otro contratante llamado donatario (2332 C.C.F) | Una persona (donante) dispone de una cosa de su patrimonio a favor de otra (donatario) a título gratuito. Se requiere para su perfección no sólo el animus donandi en el donante, es decir, la liberalidad, sino también la aceptación del donatario. | . Escritura pública. |
CONTRATO 4 MUTUO | Acuerdo de voluntades por el cual uno de los contratantes denominado mutuante, se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otros bienes fungibles al otro contratante denominado mutuario, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma cantidad, calidad y especie (2384 C.C.F) | Contrato en virtud del cual una persona, el prestamista, entrega a otra, el prestatario, para que se sirva de ella, una cosa fungible y consumible, con el cargo de restituirle otra similar. ... Respecto a los elementos reales sólo pueden ser objeto del contrato el dinero o las cosas fungibles | No existe antecedente |
ELEMENTOS DE VALIDEZ DE LOS CONTRATOS | CAPACIDAD LEGAL DE LAS PARTES | AUSENCIA DE VICIOS DEL CONSENTIMIENTO | LICITUD EN EL OBJETO, MOTIVO Y FIN | FORMALIDAD |
CONTRATO 1 COMPRAVENTA | No ser exceptuado por la ley (1798 C.C.F) No pueden tener dominio de las tierras aguas y sus accesiones o para obtener concesiones de minas ò aguas. (Los extranjeros) Las asociaciones religiosas. tendrán capacidad para adquirir, poseer o administrar, exclusivamente, los bienes que sean indispensables para su objeto | . El consentimiento no es válido si ha sido dado por error, arrancado por violencia o sorprendido por dolo(1812 C.C.F) Si se trata de una falsa o incompleta consideración de la realidad. Los errores pueden ser de dos tipos: fortuitos o casuales | Que la propiedad o cosa no provengan de actos delictivos (1830 C.C.F) | . Artículo 1796.- Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, excepto aquellos que deben revestir una forma establecida por la ley. Desde que se perfeccionan obligan a los contratantes, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a las consecuencias que, según su naturaleza, son conforme a la buena fe, al uso o a la ley. |
CONTRATO 2 PERMUTA | Deberán tener capacidad legal para celebrar un contrato estar en uso de sus facultades mentales y lo previsto en (contrato compraventa) (Art.2327 C.C.F) | .Acreditar la propiedad (art. 2328) | Que la propiedad o cosa no provengan de actos delictivos (1830 C.C.F) No se omite mencionar que a la falta de licitud sufra evicción (art. 2329 C.C.F) | . . Artículo 1796.- Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, excepto aquellos que deben revestir una forma establecida por la ley. Desde que se perfeccionan obligan a los contratantes, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a las consecuencias que, según su Naturaleza, son conforme a la buena fe, al uso o a la ley. |
CONTRATO 3 DONACION | Deberán tener capacidad legal para celebrar un contrato estar en uso de sus facultades mentales y lo previsto en (contrato compraventa) (art. 2340 C.C.F) es perfecta desde que el donatario la acepta y hace saber la aceptación al donador | Capitulo II. Las personas que pueden recibir donaciones (art. 2357, 2358 C.C.F) | Capitulo III. De la revocación y reducción de las donaciones (art. 2359 al 2383 C.C.F) | Para que tenga validez legal es necesaria que sea en escritura pública (Notaria) |
CONTRATO 4 MUTUO | Mutuante y mutuario Capacidad legal para contratar, ser mayor de edad (18 años) | Obligación del mutuante entregar la cosa bien fungible o dinero Responder de los vicios ocultos | Objetos dinero o bienes fungibles | Se puede respaldar por un contrato como lo hacen las instituciones de empeño |
PARTES | OBLIGACIONES | DERECHOS | ||
VENDEDOR | Entregar la cosa o propiedad en fecha y lugar establecidos Respaldar la titularidad de esa cosa o propiedad | Recibir precio cierto y en dinero | ||
COMPRADOR | Cumplir con el pago cierto y en dinero en la fecha y lugar establecidos | Recibir la cosa o propiedad en condiciones satisfactorias | ||
PERMUTANTES | Entregar una cosa a cambio de otra Garantizando la licitud y ausencia de vicios de los mismos Respaldando la titularidad de estos | Recibir a satisfacción los objetos o bienes permutados | ||
MUTUANTE | Entregar el dinero o bien fungible garantizando la ausencia de vicios | Recibir del mutuario la devolución, otro tanto de la misma cantidad, calidad y especie, en; en el caso de dinero además los intereses si así fueron contratados | ||
MUTUARIO | Devolver al mutuante en fecha y lugar contratados cantidad calidad y especie; dinero e intereses | Recibir bienes fungibles o dinero. Con las condiciones contratadas |
...