MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÒN DE CONFLICTOS
Enviado por VARGVIAN16 • 13 de Octubre de 2013 • 6.614 Palabras (27 Páginas) • 366 Visitas
1. MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÒN DE CONFLICTOS:
1.1 Antecedentes.
En la historia de la humanidad los conflictos siempre se fueron resolviendo de una u otra forma.
En el origen de la constitución del ser humano, cuando la diferencia con los animales era imprecisa y donde la violencia era la única forma de saldar un conflicto, con la adquisición del habla comienza un cambio de calidad en la vida de los primeros pobladores.
El ser humano, desde el principio de los tiempos y a través de todas las épocas, ha tenido problemas en la convivencia con otros de su misma especie y conforme fue evolucionando y creciendo la sociedad, la forma de solucionar sus disputas también ha mejorado, ya que se fue haciendo de manera cada vez más civilizada y uno de los medios más antiguo de resolución de conflictos ha sido la negociación.
Con el paso del tiempo, los hombres y mujeres fueron aprendiendo a crear y adoptar modelos de conducta para convivir en armonía dentro de sociedades chicas, medianas y grandes. Es aquí donde empiezan a surgir las primeras normas que regulan a los seres humanos, dando como resultado procedimientos para resolver los conflictos entre las personas mediante lineamientos previamente estipulados, los cuales algunas veces suelen ser demasiado largos y metódicos, de esa manera surgieron otras formas alternativas para resolver conflictos tal como la conciliación, la mediación y el arbitraje.
El auge internacional de los medios alternativos de solución de conflictos, tiene su origen, al menos en la época contemporánea, en los Estados Unidos de América, cuando Warren E. Burger, Presidente de la Corte Suprema de Justicia, convocó, en abril de 1976, a la Conferencia para conmemorar el discurso de Roscoe E. Pound sobre “las causas de la insatisfacción popular con la administración de justicia”. De aquel magistral evento surgieron novedosas ideas para dotar de alternativas adicionales al abordaje tradicional de los conflictos gracias a la intervención del aparato estatal, es decir, se articula un conjunto de procedimientos que permiten manejar y resolver una diferencia sin recurrir a la fuerza y sin que lo resuelva necesariamente un juez.
Los primeros antecedentes en ese país se remontan a más de tres siglos atrás cuando los puritanos, de una comunidad local de Boston, aprueban un mecanismo de resolución de disputas independiente del sistema judicial. Luego en distintos Estados comenzaron a valorar e implementar formas alternativas de resolver conflictos, en principios impulsados por grupos religiosos o por comunidades de inmigrantes, en general recelosos del tratamiento que recibían en los estrados judiciales con un lento y engorroso el camino judicial y por lo tanto la aplicación de esta metodología se convirtió en una necesidad para agilizar la aplicación de Justicia, en general primero fue por necesidad y luego por convicción.
En Europa en casi todos los países y en la propia Unión Europea, estos métodos están incorporados en buena medida a la cultura y la legislación, si bien hay un desarrollo a partir de la difusión creada en las últimas décadas hay antecedentes muy antiguos como el famoso Tribunal de Aguas de la zona de Valencia, España, que data del siglo XIV que los prácticaba. Suecia ha realizado el aporte de ser pionera en el instituto del Obusman (Defensor del Pueblo) que intercede en la relación de los particulares y el Estado, protegiendo a las personas de cualquier procedimiento arbitrario, pero su funcionamiento es ajeno al Sistema Judicial.
En África aunque, aún hay mucho para estudiar, hay antecedentes en las asambleas tribales donde se discutía y todavía se hace, colectivamente aspectos que hacen a la convivencia y al cumplimiento de las normas. En Asia de igual modo que en el resto del planeta hay antecedentes de formas autogestivas de resolver las controversias. Sin dudas China es el ejemplo más importante de la aplicación de esta modalidad, no solo por su pasado, donde estas prácticas tienen raíces en los principios de la filosofía budista, con el papel privilegiado que le brinda a la armonía, hasta la actualidad donde funcionan cientos de miles de tribunales de mediación y se desarrollan otros métodos.
En América Latina, más allá de los antecedentes en los pueblos originarios y distintas experiencias en la época de las repúblicas, países como Colombia, Ecuador, Costa Rica, Argentina, México han presentado avances bastante interesantes, con una respuesta doctrinaria y fáctica extraordinaria y es importante señalar la fecunda labor académica efectuada en destacadas Universidades que han creado Cátedras, Carreras de Postgrado y Programas, se han publicado libros y revistas sobre la temática. Del mismo modo se constituyeron asociaciones y sociedades fundamentalmente de carácter interdisciplinario, que agrupan a mediadores, árbitros, negociadores e incluso a quienes ejercen la profesión en los distintos ámbitos donde se efectúan estas prácticas.
Venezuela también ha vuelto su mirada hacia la "Solución Alterna de Conflictos" en un intento por mejorar el acceso a la justicia y controlar los costos de administración de nuestro sistema judicial, insertándose de esta manera dentro de la tendencia evidenciada de los procesos de reforma judicial que vienen desarrollándose en América Latina en las últimas décadas. Además de existir un conjunto de prácticas institucionales en las que se utilizan Métodos Alternativos de Solución de Conflictos: ya en Código Civil está asentada la figura del “alegre componedor” quien interviene para acercar a las partes en un conflicto. En el ámbito laboral es ampliamente conocida la conciliación obligatoria que el Ministerio de Trabajo impone a trabajadores y empresarios, consiste en un tiempo para negociar retrotrayendo la situación a un punto inmediatamente anterior al desencadenamiento del conflicto. En el ámbito penal existen los acuerdos reparatorios, en el campo Internacional nuestro país ha participado en numerosos arbitrajes por cuestiones limítrofes. Por supuesto en los últimos años es recordada la Mediación Papal que evitó un conflicto armado con la República de Chile en l978. Más recientemente, principios de la década del 90 da comienzo un importante proceso de desarrollo de la Mediación y otros Métodos Alternativos de Solución de Conflictos; este movimiento tuvo incluso su correlato legislativo con la sanción de varias leyes de mediación tanto en el nivel Nacional como en diversas provincias. Del mismo modo se crean Centros de Mediación en Defensorías del Pueblo, en Cámaras Empresarias, en Consejos y Colegios Profesionales,
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