Materia Civil. Posesión en vida
Enviado por Alejandro Aguilar Samaniego • 2 de Enero de 2022 • Apuntes • 5.576 Palabras (23 Páginas) • 100 Visitas
Materia Civil
Posesión en vida
Mera ausencia: instante que se tuvieron las ultimas noticias del desaparecido, inicia desde ese instante y culmina por la reitera.
Su periodo da lugar a que sus bienes pasen a una persona como curador de los bienes, dura 3 años o 6 meses.
Posesión provisional: inicia desde la fecha del decreto judicial cuando este la conceda y termina cuando se de el decreto que se concede la posesión definitiva de sus bienes y también cuando regresa el desaparecido y tercera se contracta muerte real o natural.
Puede pedir la posesión provisional los herederos presuntivos, pueden ser testamentarios o legítimos.
Testamentario el testador elije a su voluntad.
Legítimos son los que están establecidos en la ley.
Surgen efectos a partir del decreto judicial de posesión provisoria
- Se disuelve la sociedad conyugal, se refiere a los bienes que surgen del matrimonio Art 139
- Apertura y publicación del testamento que hubiese dejado el desaparecido.
- Se otorga los bienes que el desaparecido que hubiera tenido, se les otorga no como propiedad
- Efecto especial es la emancipación legal de los bienes.
Patria potestad: obligaciones, derechos que tienes los padres con los hijos no emancipados.
Emancipación es la liberación de los hijos que han estado de estar bajo patria potestad. Proviene legal, voluntaria y judicial.
Es legal cuando viene dispuesta de la ley.
Es voluntaria cuando los padres se han puesto de acuerdo en conceder la emancipación.
Es judicial cuando es un castigo cuando los padres no cumplieron con las obligaciones con sus hijos, viene mediante sentencia.
Que obligaciones tienen los poseedores provisionales:
No se descarta la reaparición del desaparecido, se establecen obligaciones, tiene limitaciones y condiciones para asegurar el mantenimiento de los bienes:
- Practicar inventario solemne de los bienes que recibe, tiene que cumplir con ciertas formalidades legales, no es cualquier tipo de inventario.
- Tiene que revisar y rectificar con esa misma solemnidad el inventario que hubiere dejado el desaparecido.
- Tiene que rendir caución de conservación y restitución de los bienes.
Facultades:
- Tiene derecho a apropiarse de los frutos e intereses que produzcan los bienes poseídos, el poseedor provisional puede poseer los bienes del desaparecido. Fruto (rendimiento o utilidad de una cosa, accesorias y subordinadas a la principal).
- Están facultados para vender una parte o todos los bienes muebles poseídos con autorización judicial. ¿Puede venderlos por si solos? No
- Hipotecar bienes raíces, como casas, edificios o terrenos. Enajenar es desprenderse de la propiedad, transferir el dominio con las siguientes condiciones:
- Que exista causa necesaria o utilidad evidente
- Dicha causa tiene que ser calificada y declarada por el juez en audiencia.
- Tratándose de enajenación, la venta tiene que ser en subasta.
Ejemplo de utilidad evidente de causa necesaria: deudas.
- Los poseedores provisionales representaran a la asociación en las acciones y defensas contra terceros.
Comprende todos los bienes y derechos que le conciernen al desaparecido. No durará más de 10 años donde se dará la provisión definitiva.
Prueba del 10 de noviembre es hasta posesión provisional
Posesión definitiva
Comienza con un decreto judicial en el que se concede la decisión definitiva de los bienes del desaparecido, han pasado mas de 10 de años, se puede dar mediante 3 circunstancias:
- Hace mención a lo que dice el Art. 67 regla 6, de la mera ausencia paso a la posesión definitiva.
- Art 68 El juez concederá la posesión definitiva, en lugar de la provisional, si, cumplidos los tres años, se probare que han transcurrido ochenta desde el nacimiento del desaparecido.
- Podrá, asimismo, concederla, transcurridos que sean diez años, desde la fecha de las últimas noticias cualquiera que fuese, a la expiración de dichos diez años la edad del desaparecido, si viviere. (Regla general)
Efectos posesión definitiva:
- Se disuelve el matrimonio.
- Hace referencia a que terminan las restricciones que la posesión provisoria imponía a los poseedores provisionales.
- Cesan las cauciones que rindieron los proveedores provisionales.
- Pueden subordinarse los derechos que estaban sujetos a la muerte del desaparecido.
- Se abre la sucesión del desaparecido.
Produce todos los efectos de la muerte natural, aunque limitados porque pueden regresar el desaparecido.
Revocatoria del decreto de posesión definitiva.
¿Quiénes pueden pedirla?
Persona cuyo favor art 80 ahí lo dispone:
- El desaparecido si volviere.
- Sus legitimarios habidos durante el desaparecimiento.
- Su cónyuge por matrimonio contraído durante el periodo de ausencia.
- Persona cuyo favor se da la revocatoria las recuperara en el estado donde se hallaré, se refiere al estado jurídico donde se encuentre.
- No se recuperarán los frutos e intereses, salvo que exista mala fe del poseedor provisional.
11/11/2021
Bloque 2
Estudio por la personalidad:
Personalidad es el individuo capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones, inicia con el nacimiento y termina con la muerte.
Incumben al hombre como tal, privarlo de los derechos sería un perjuicio irremediable, la personalidad se aniquilaría.
Principales derechos de la personalidad: vida, libertad, honor, integridad física.
Relacionado con la condición de ser persona o sujeto de derecho donde se tiene obligaciones.
Características:
- Derechos innatos: nos corresponden por naturaleza.
- Son derechos vitalicios, duran tanto como la vida de su titular.
- Son inalienables e imprescriptibles: no se pueden perder por el paso del tiempo.
- Derechos extrapatrimoniales: fuera del ámbito del comercio, no se pueden negociar; aunque su vulneración puede dar lugar a una reparación económica.
Derecho a la vida:
...