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Materia :EVALUACIÓN EN PSICOLOGÍA FORENSE PENAL


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2018  •  Documentos de Investigación  •  1.122 Palabras (5 Páginas)  •  129 Visitas

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TALLER PELICULA “HOPE”

Universidad Catolica de Colombia

Materia :EVALUACIÓN EN PSICOLOGÍA FORENSE PENAL

Cristiam stiven torres serrato

Código: 425419

BOGOTA D.C.  10/ 09/2018

¿Qué es abuso sexual?

Según la defensoría del pueblo de colombia ( 2007),  se define violencia sexual como todo acto que por medio del uso de la violencia física, psíquica o moral se ejerce sobre una persona con la finalidad de imponer una conducta sexual en contra de su voluntad, ya sea provocar un acto sexual en un estado de indefensión, atentar contra el normal desarrollo de la sexualidad y vulnerar las condiciones sexuales plenas de salud y bienestar fisico o psiquico.

¿Cuales son las diferentes tipificaciones de abuso sexual  que se encuentran en el código?

Ley 1236 de 2008

CAPÍTULO I

  • “Artículo 205 Acceso carnal violento. el que realice acceso carnal con otra persona mediante violencia, incurrirá en prisión de doce (12) a veinte (20) años”
  • “Artículo 206. Acto Sexual Violento. El que realice en otra persona acto sexual diverso al acceso carnal mediante violencia, incurrirá en prisión de ocho (8) a dieciséis (16) años”
  • “Artículo 207. Acceso Carnal o Acto Sexual en Persona puesta en Incapacidad de Resistir. El que realice acceso carnal con persona a la cual Ley 1236 de 2008 2/6 haya puesto en incapacidad de resistir o en estado de inconsciencia, o en condiciones de inferioridad síquica que le impidan comprender la relación sexual o dar su consentimiento, incurrirá en prisión de doce (12) a veinte (20) años”

CAPÍTULO II

  • “Artículo 208. Acceso Carnal Abusivo con menor de catorce años. El que acceda carnalmente a persona menor de catorce (14) años, incurrirá en prisión de doce (12) a veinte (20) años”
  • “Artículo 209. Actos Sexuales con Menor de catorce años. El que realizare actos sexuales diversos del acceso carnal con persona menor de catorce (14) años o en su presencia, o la induzca a prácticas sexuales, incurrirá en prisión de de nueve (9) a trece (13) años”
  • “Artículo 210. Acceso Carnal o Acto Sexual Abusivos con Incapaz de Resistir. El que acceda carnalmente a persona en estado de inconsciencia, o que padezca trastorno mental o que esté en incapacidad de resistir, incurrirá en prisión de doce (12) a veinte (20) años”
  • Si no se realizare el acceso, sino actos sexuales diversos de él, la pena será de de ocho (8) a dieciséis (16) años”

¿Cual es el papel del perito en caso de abuso sexual?

        Construcción participativa del programa metodológico:Para la construcción de un caso de violencia sexual integral, el programa metodológico se convierte en una guía para la investigación, la cual debe ser abordada por el o la fiscal en conjunto de investigadores, peritos, técnicos en criminalística y asistente del o la fiscal.

        Aplicación del instrumento SATAC en casos de acceso carnal abusivo con menor de catorce (14), aplicado en niños y adolescentes, sustentar en juicio dicho instrumento.

        Pruebas periciales: La prueba pericial según el artículo 405 de la Ley 906 de 2004,  procede cuando se requieren análisis científicos, técnicos, artísticos o especializados,  que faciliten la comprensión del juez de la evidencia o de las circunstancias fácticas objeto de investigación. En casos de violencia sexual, las pruebas periciales no se limitan a la participación de peritos forenses, testigos peritos, como médicos, psicólogos entre otros, (Artículo 406 de la Ley 906 de 2004), también pueden ser realizadas por expertos en temas asociados a la violencia de género, sus impactos y fenómenos asociados.

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