Mecanismos De Participacion Ciudadana
Enviado por nicaragua • 17 de Octubre de 2012 • 3.557 Palabras (15 Páginas) • 843 Visitas
Participar es tener o tomar parte de algo, intervenir, implicarse; por lo tanto, es un medio para concretar algo. Siendo así, la participación como concepto histórico-social, se vincula con fenómenos políticos, sociales y culturales, y constituye un proceso activo, transformador de las relaciones del poder, al provocar un efecto que tiende a la redistribución de éste entre los diferentes actores. En este sentido, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo N° 62, refiere lo siguiente: “La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo”. Pg. 84.
Para muestra de lo antes mencionado, es garantía como medios de participación lo reflejado en el artículo N° 70, el cual señala:
Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativas, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todo su medio incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas de asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y solidaridad. Pg. 86.
De lo expuesto, se conduce a apreciar que en el marco de la revolución bolivariana se han promovido diversas formas de organización social en el ámbito comunitario, concebidas como el mecanismo para generar la nueva arquitectura política, como instancias para la participación en la acción corresponsable de la transformación de la concepción y gestión de lo público. De esta forma, han surgido núcleos de trabajos locales que orientan su acción a la atención de las necesidades más sentidas de la población, generando pasos agigantados en la consolidación de una nueva cultura política, fundada en el principio de una organización popular consciente.
Sin embargo, cabe referir que la Ley de los Consejos Comunales se aprobó en el año 2006, sin embargo ya había comenzado la transformación de los mismos a partir del año 2005. Para 1999 se contempla la participación popular en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como eje fundamental del nuevo modelo político, para el año 2001 se lleva a cabo el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación (2001-2007), el cual marca las directrices para la creación de formas organizativas populares, siendo concebido el Estado como facilitador del proceso. Seguidamente, en el año 2002 se promulga la Ley de los Consejos Comunales de la planificación pública como instancia donde se incorpora la ciudadanía en el ejercicio de la planificación y gestión pública.
Aunado a ello, para el año 2005 se promulga también la Ley Orgánica del Poder Público Municipal promoviendo la creación de los Consejos Parroquiales y Comunales, ya para el año siguiente 2006 el presidente Hugo Chávez mediante Asamblea Nacional invita al pueblo a organizarse en Consejos Comunales promulgándose en el mismo año la Ley de los Consejos Comunales lo que dio como resultado para finales del mismo año el Poder Comunal, el cual surge como garantía del ejercicio del Poder Comunal a través de los conformación de los Consejos Comunales.
En este sentido, hablar de los consejos comunales desde el marco constitucional es hablar de las instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales, ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social. (Art. 2 de la CRBV y art. 5 de la ley de Reforma parcial de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública).
Sin duda, es la forma de organización más avanzada que pueden darse entre los habitantes de una determinada comunidad para asumir el real ejercicio del Poder Popular, es decir, para poner en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad. Además, es la instancia básica de planificación, donde el pueblo formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas. De esta manera, incorpora a las diferentes expresiones organizadas de los movimientos populares y se convierte en la base sobre la cual se construye la democracia directa, participativa y protagónica que plantea la Constitución Bolivariana.
En síntesis, el Consejo Comunal es el medio que permite al pueblo organizado asumir directamente la gestión de las políticas y proyectos orientados a responder las necesidades, debilidades, fortalezas y potencialidades de las comunidades. Esta forma de organización permite la construcción entre los habitantes de una comunidad, afrontando problemas comunes en lo económico en lo social, en lo político y en lo cultural, desarrollando proyectos de distinta índole.
Estos Consejos Comunales se constituyen con el equipo promotor, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5 de la LOCC, el cual expresa
El equipo promotor es la instancia conformada por un grupo de ciudadanos y ciudadanas que asumen la iniciativa de difundir, promover e informar la organización de su comunidad a los efectos de la constitución del consejo comunal y deberá notificar su conformación y actuaciones ante el órgano rector. El equipo promotor cesará en sus funciones una vez que sea instalada la sea instalada la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Los objetivos que persiguen los Consejos Comunales están orientados a garantizar la satisfacción de las necesidades, debilidades, fortalezas y potencialidades de un colectivo, en esta medida, buscan promover la creación de nuevas organizaciones de base en función de cubrir las necesidades y otros mencionados articulando las demás organizaciones que hacen vida en una comunidad, promover los mecanismos de integración necesarios que incentive la participación de la comunidad en la formulación de propuestas y proyectos.
De la misma forma, entre sus objetivos está convocar las asambleas de ciudadanos y ciudadanas en la comunidad para debatir sobre las situaciones económica, sociales, políticas, culturales, de ámbito comunal, municipal, estadal e internacional, asimismo deben organizar, planificar y realizar el censo comunitario y mantenerlo actualizado.
Como complemento de lo antes referido, los Consejos Comunales persiguen la elaboración del Diagnóstico
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