ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Medios Alternativos Aplicables Por La Defensoria Del Pueblo


Enviado por   •  10 de Abril de 2015  •  2.641 Palabras (11 Páginas)  •  249 Visitas

Página 1 de 11

Mecanismos de Apoyo al Ciudadano

Defensoría del Pueblo

Por: José Jesús Figuera Figuera

Con la promulgación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en 1.999, como respuesta de rescatar la moral y ética, se crea la Defensoría del Pueblo, correspondiéndole la misión de defender, promover y vigilar los derechos y garantías en ella establecidos y los tratados internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos y difusos de los ciudadanos (Articulo 280 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela).

En su Artículo 273 establece que el Poder Ciudadano se ejerce por el Consejo Moral Republicano, integrado por el Defensor o Defensora del Pueblo, Fiscal o Físcala General y el Contralor o Contralora General de la República, siendo la misión de estos órganos la de prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y aplicación del principio de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado e igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.

En este sentido, nuestra Carta Magna adopta el reflejo de los principios y valores elementales de los Derechos Humanos, que desempeñan un rol primordial, y la Defensoría del Pueblo en uso de sus atribuciones y en su ejercicio, está llamada a sentar las bases de “un nuevo paradigma social”, ante la realidad de nuestro país para ponderar las omisiones y fallas en las instituciones del Estado que impidan el desarrollo como tal.

Como órgano del Poder Ciudadano, la Defensoría del Pueblo está encargada de velar por el goce y ejercicio de los derechos humanos y el respeto a las garantías que consagra la Constitución, ejerciendo un rol protagónico en la promoción, vigilancia y defensa en una sociedad más participativa que consolide como valores el bien común, la justicia social, la paz y la libertad, libre de coacción, tal como lo preceptúa la Carta Magna en su preámbulo.

Por ello, la Defensoría del Pueblo entre una de sus misiones, de formar al ciudadano para contribuir con una sociedad más igualitaria, prestándole el apoyo cuando sus derechos sean vulnerados y no se imparta justicia ni equidad de conformidad con las previsiones legales.

Una misión primordial de la Defensoría del Pueblo es vigilar el cumplimiento del principio de progresividad, sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irreversible, indivisible e interdependiente de los derechos humanos, su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público (Artículo 19 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela).

En este orden de ideas, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 281, concede a la Defensoría del Pueblo las siguientes atribuciones:

1.- Velar por el efectivo respeto y garantía de los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados, convenios y acuerdos internacionales sobre derechos humanos ratificados por a República, investigando de oficio o a instancia de parte las denuncias que lleguen a su conocimiento.

2.- Velar por el correcto funcionamiento de los servicios públicos, amparar y proteger los derechos e intereses legítimos, colectivos o difusos de las personas, contra las arbitrariedades, desviaciones de poder y errores cometidos en la prestación de los mismos, interponiendo cuando fueren procedentes las acciones necesarias para exigir al Estado el resarcimiento a los administrados de los daños u perjuicios que les sean ocasionados con motivo del funcionamiento de los servicios públicos.

3.-Interponer las aciones de inconstitucionalidad, amparo, hábeas corpus, hábeas data y las demás acciones o recursos necesarios para ejercer las atribuciones señaladas en los numerales anteriores, cuando fuere procedente de conformidad con la Ley.

4.- Instar al Fiscal General de la República para que intente las acciones o recursos a que hubiere lugar contra los funcionarios públicos o funcionarias publicas, responsables de la violación o menoscabo de los derechos humanos.

5.- Solicitar al Consejo Moral Republicano que adopte las medidas a que hubiere lugar respecto a los funcionarios públicos o funcionarias públicas responsables de la violación o menoscabo de los derechos humanos.

6.- Solicitar ante el órgano competente la aplicación a que hubiere lugar por la violación de los derechos del publico consumidor y usuario, de conformidad con la ley.

7.- Presentar ante los órganos legislativos, municipales, estadales o nacionales, proyectos de ley u otros iniciativas para la protección progresiva de los derechos humanos.

8.- Velar por los derechos de los pueblos indígenas y ejercer las acciones necesarias para su garantía y efectiva protección.

9.- Visitar e inspeccionar las dependencias y establecimientos los órganos del Estado, a fin de garantizar la protección de los derechos humanos.

10.- Formular ante los órganos correspondientes las recomendaciones y observaciones necesarias para la eficaz protección de los derechos humanos, en virtud de lo cual desarrollan mecanismos de comunicación permanentemente, nacionales o internacionales, de protección y defensa de los derechos humanos.

11.- Promover y ejecutar políticas para la difusión y efectiva protección de los derechos humanos.

12.- Las demás que establecen esta Constitución y la Ley.

De lo anteriormente expuesto se evidencia en forma clara y precisa, las atribuciones de la Defensoría del Pueblo, por mandato Constitucional y como órgano rector en la vigilancia por el respeto efectivo y la garantía de los derechos humanos y el amparo en la protección de los derechos e intereses legítimos, colectivos o difusos de las personas, se configuran en la obligación y deber insolayable de la Defensoría del Pueblo.

En lo que concierne al ejercicio de acciones ante los órganos jurisdiccionales, la Defensoría del Pueblo cuenta con la debida legitimación procesal para interponer, ya sea de oficio o a instancia de parte, las acciones de amparo hábeas corpus, hábeas data, e inconstitucionalidad, y en fin, ejercer todas aquellas acciones necesarias para garantizar

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (16 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com