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Modificacion carta organica banco central de la republica argentina


Enviado por   •  20 de Mayo de 2019  •  Ensayo  •  10.493 Palabras (42 Páginas)  •  137 Visitas

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  1. INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo se analizará la reforma a la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina introducida por la sanción de la  ley 26.739 en el año 2012. Más precisamente nos preguntaremos: ¿La modificación implica una disminución de la autarquía del Banco Central? Y en caso de ser así ¿Qué consecuencias trae para el País?

Para poder contestar estas preguntas es necesario brindar una definición de Banco central, establecer sus funciones, comprender la necesidad e importancia de su autarquía, brindar un pequeño análisis de la historia del Banco Central en la Argentina; para luego poder analizar en profundidad la reforma introducida en el 2012 y lograr comprender cuáles son sus efectos y como afectan en el funcionamiento e independencia de dicho banco.

  1. CONCEPTO Y FUNCIONES

Para comenzar, hay que decir  que el Banco Central es el ente rector del sistema financiero, relacionándose directamente con el Estado y los bancos, absteniéndose de participar en las transacciones con particulares. En nuestra legislación y en el derecho comparado podemos observar que en general se le asigna una función económica principal y otra jurídica.[1]

FUNCIÓN ECONÓMICA:

Su principal función económica es preservar el valor de la moneda, y así evitar las perturbaciones provocadas por los fenómenos monetarios en el desenvolvimiento de los negocios. Del mantenimiento de la moneda dependen los precios, y por ende, el poder adquisitivo de la gente. La estabilidad monetaria genera confianza, lo que lleva a la gente a ahorrar en moneda nacional dejando de lado las divisas extranjeras, a efectuar inversiones a largo plazo, generando trabajo genuino y poniendo en marcha todo el sistema económico. Todo lo cual redunda en un mayor desarrollo y progreso de un país.

Para cumplir con esta función principal de preservar el valor de la moneda, se le otorga al Banco Central determinadas sub-funciones:

  1. El mantenimiento de reservas: debe conservar y administrar las reservas de oro, divisas y activos externos del país. Es una función consuetudinaria  y deviene del monopolio en la emisión de la moneda. Las reservas son el resultado de las transacciones que el país realiza con el exterior. Estas fluctúan permanentemente, conforme sean los movimientos de ingresos de divisas (representadas por exportaciones, créditos de instituciones financieras extranjeras, inversiones extranjeras en el país y demás transferencias de recursos desde el exterior hacia el país)  y egresos de divisas (representados por importaciones, pagos de servicios de deudas al exterior, radicación de capitales en el exterior y transferencias de recursos hacia el extranjero)

Las variaciones de reservas afectan directamente a la base monetaria, que está integrada por circulación monetaria (billetes en poder de la población)  y los depósitos a la vista de las entidades financieras en el Banco Central. Por ello, la ecuación reservas-base monetaria es fundamental para generar confianza en la población.

Estas reservas no constituyen un fondo de libre disponibilidad por el Banco central, y mucho menos por el Poder Ejecutivo nacional. Su finalidad consiste en mantener una reserva de dinero internacional destinada a hacer frente a  un saldo adverso en la balanza de pagos y a sostener el valor externo de la moneda nacional. Las reservas permiten hacer frente a los desequilibrios originados en los movimientos cíclicos de la economía mundial, los conflictos internacionales, las caídas de las inversiones extranjeras o la intermitente falta de confianza en la moneda nacional.

  1. El monopolio de la emisión de moneda: si bien no es una función exclusiva, la mayoría de los bancos del mundo emiten, directamente o a través de entidades que controlan, las monedas de los países. Hay distintos sistemas de emisión:
  1. Monopolio perfecto: exclusivamente a cargo de un único banco central.
  2. Monopolio imperfecto: la emisión se le confía a un conjunto de bancos, pero coordinada por un organismo central. Por ejemplo la Reserva Federal de EEUU.
  3. Variedad ilimitada: la emisión está a cargo de aquellos bancos que se encuentren autorizados a ello, pero a la vez, se les imponen ciertas limitaciones a fin de que no se altere la base monetaria de cada uno.

Esta emisión de moneda no debe ser hecha de manera irrestricta. Debe ser hecha de manera sumamente cuidadosa, ya que si la misma resulta en exceso se genera inflación, o en el peor de los casos hiperinflación; por el contrario, si resulta restrictiva, genera deflación. La emisión debe ser siempre correlativa a la producción de bienes y servicios de un país, para no afectar en los precios de los mismos.

        

  1. La regulación del crédito y la moneda, a través de distintos medios:
  1. Operaciones de redescuento: Esta operación le posibilita a las entidades financieras redescontar ante la banca central documentos negociables que tienen en su poder, a raíz de operaciones crediticias realizadas por la clientela. Por vía del redescuento las entidades consiguen fondos prestados de la banca central y respaldan la asistencia recibida con documentos negociables que se endosan a favor del organismo rector. La incidencia del redescuento en la circulación monetaria es notoria. Facilitando el redescuento mediante tasas bajas y atractivas se expande la circulación monetaria, pues el incremento de tales préstamos a las entidades libera recursos, tornando más líquido al mercado. Desalentando el redescuento mediante tasas altas y no atractivas se obtiene el efecto contrario.

La función de los redescuentos  a cargo de la banca central surge como herramienta de la política de crédito, al consistir en la concesión de ayuda dineraria a los bancos y demás instituciones financieras mediante negociación de letras y papeles de comercio fácilmente realizables.

El objetivo del redescuento es impedir que se trabe la fluidez de las transacciones comerciales por escasez de recursos financieros. El manejo de la tasa de redescuento ha sido el instrumento tradicional utilizado por la banca central para dirigir la demanda de recursos por parte de las entidades bancarias y financieras.

  1. Efectivo mínimo: es aquella parte de los depósitos u obligaciones que las entidades deben mantener en disponibilidad, es decir, no colocar en operaciones activas, por imperio de alguna norma legal o de los organismos encargados de la supervisión del sistema. El Banco Central emite circulares estableciéndolo. El objetivo del efectivo mínimo consiste en la posibilidad de hacer frente al retiro de los depósitos constituidos a la época de sus respectivos vencimientos, responde a la necesidad de asegurar la liquidez de  las entidades y proteger a los depositantes.

A su vez el efectivo mínimo constituye un eficaz instrumento de política monetaria destinado a reglar el volumen de los créditos y de los depósitos. Cuanto más sea elevado sea el efectivo mínimo exigible menos será la capacidad prestable y viceversa.

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