NOCIONES GENERALES. Definición de Derecho Internacional Público
Enviado por lorenarojo_ • 14 de Mayo de 2018 • Examen • 2.122 Palabras (9 Páginas) • 269 Visitas
Unidad 1 NOCIONES GENERALES
1.1.Introducción.-
En las relaciones internacionales los criterios de justicia deben ocupar un plano central. Las relaciones de poder deben ser controladas por normas jurídicas.
1.2.Definición de Derecho Internacional Público.-
Conjunto de normas jurídicas que en un momento dado regulan las relaciones (derechos y obligaciones) de los miembros de la Sociedad Internacional (SI) a los que se le reconoce subjetividad en este orden. Regula las relaciones jurídicas internacionales entre sujetos internacionales cuando actúan dentro del plano internacional.
Es el conjunto de normas que regulan las relaciones externas de los sujetos que componen la Sociedad Internacional. El Estado tiene relaciones internas y externas en las que se aplica el Derecho Internacional.
Conjunto de normas jurídicas que regulan relaciones y que responden a la voluntad de los sujetos a los que se aplicarán estas. Son aplicables a los Estados que expresan su consentimiento, en sus relaciones mutuas. Conjunto porque hay una pluralidad de normas jurídicas que regulan las relaciones entre estados.
El Derecho Internacional Público es el ordenamiento jurídico de la sociedad humana en su más amplio sentido. El Derecho Internacional es asunto de todos.
Conjunto de reglas y de instituciones jurídicas que rigen la Sociedad Internacional y que buscan establecer la paz y la justicia, promover el desarrollo, siendo estos sus fines.
El Derecho Internacional debe transformarse en un instrumento de lucha contra el sub desarrollo a través de la cooperación internacional para el desarrollo.
Después de la 2da. guerra mundial el Derecho Internacional se humaniza y se centra para preocuparse por el ser humano. El objeto de Derecho Internacional es el hombre.
Se ocupa de materias específicas y nace como un tema de preocupación para establecer reglas para la guerra. Siendo esta una figura jurídica. Ahora se fija en los problemas de la paz.
El Derecho Internacional Público tiene un sistema de concordancia o coordinación por que busca el acuerdo, pacto o consenso.
El principio fundamental es la libertad humana = paz.
1.3.Bases sociológicas.-
- Pluralidad de soberanos.- Solo es posible la existencia del Derecho Internacional con una pluralidad de Estados ya que éste regula las relaciones entre ellos. Los Estados necesitan ser soberanos es decir estar directa o inmediatamente subordinados al orden internacional.
- El comercio internacional.- Desde la más remota antigüedad las colectividades organizadas sentían la necesidad de comercializar entre sí. “Donde hay comercio, hay derecho”. Una relación de comercio provoca inmediatamente el surgimiento de normas para regularlo.
- Principios jurídicos coincidentes.- La existencia de convicciones jurídicas coincidentes. Es decir valores comunes por ejemplo paz, derechos humanos o la igualdad jurídica de los estados.
El sustrato sociológico del derecho internacional público, es que ya que todos los ordenamientos jurídicos están condicionados por las características del grupo social en el que está llamado a operar y cómo estos van evolucionando, el ordenamiento jurídico esta en función de esa evolución.
Esto se aplica también en el derecho internacional que va cambiando al ritmo de la dinámica histórica.
1.4.División del Derecho Internacional.-
Derecho internacional público general.- Es el que se aplica en toda la sociedad internacional, por ejemplo la Carta de las Naciones Unidas, Resoluciones de la Asamblea General de la ONU.[1]
Derecho internacional público particular.- Formado por aquellas normas que tienen vigencia limitada a ciertos miembros, por ejemplo el Derecho Internacional americano[2], europeo, africano o asiático.
1.5.Clasificación del Derecho Internacional Público
1. Según el número de partes intervinientes: bilateral o Multilateral
2. Según la materia: humanitario, Derechos Humanos, Comercio internacional.
3. Según su origen o fuente: convencional o consuetudinario
1.6.Norma jurídica internacional
El sistema jurídico internacional contiene ciertos caracteres semejantes al derecho interno:
- Es un orden normativo.
- Está dotado de sanciones.
- Tiene una noción idéntica de acto ilícito es decir consiste en la violación de una norma
Todavía el Derecho Internacional es primitivo en relación al Derecho interno y sus sanciones son colectivas.
1.7.Característica de la norma internacional
- La existencia de Normas jurídicas diferentes entre si:
- Actos jurídicos unilaterales.- voluntad de conciencia producen efectos legales nacen de una sola parte.
- Normas que tienen mayor grado de autoridad (mayor jerarquía) normas imperativas de inexcusable cumplimiento, oponibles a todos, por las materias que regulan los intereses esenciales de la comunidad internacional en su conjunto: Crímenes contra la Humanidad, Crímenes contra la Paz, Crímenes de Guerra.
- Normas que tienen un menor grado de autoridad. Son de grado vinculante. Ej.- Recomendaciones de las Naciones Unidas.
1.8.Definición de Normas Imperativas de Derecho Internacional general:
Consisten en obligaciones cuyo respeto reviste importancia fundamental para la comunidad internacional en su conjunto.
Las normas de Ius Cogens deben ser respetadas ya que su incumplimiento o violación implica la comisión de un crimen y no la de un simple delito internacional, sin que pueda admitirse que el consentimiento de la víctima o el estado de necesidad del infractor excluyen la ilicitud de un comportamiento contrario a estas obligaciones.
...