Nociones generales de Procedimiento administrativo Venezolano.
Enviado por Mario Cáceres • 18 de Junio de 2016 • Trabajo • 1.020 Palabras (5 Páginas) • 355 Visitas
UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
ENSAYO: “La teoría general del proceso”.
Nombres:
Mario
Apellidos:
Cáceres.
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Cátedra:
Derecho Procesal Civil..
Barquisimeto, enero de 2016.
La autonomía del derecho procesal se inicia en Francia con el código de procedimiento civil de Napoleón en fecha 14 de abril de 1806 y el código de instrucción criminal de noviembre del mismo año y se consolida con los aportes de los alemanes Windscheid y Muther finalizando el siglo XIX. Para poder explicarnos que es el derecho procesal, debemos entender y conocer primero ciertos términos que encontramos en la doctrina y que guardan relación entre sí. Primero es prudente instruirnos sobre el significado de la palabra proceso, proveniente del latín processus que significa “acción de ir hacia adelante” y también usada para denotar el “transcurso del tiempo” o un “conjunto de fases sucesivas de un fenómeno natural o de una operación artificial” es decir, algo que va en progreso sucesivo o desarrollo y que va siguiendo un orden.
Un proceso judicial se entiende como el instrumento mediante el cual los particulares pueden estar en contacto con la jurisdicción establecida por el Estado para el conocimiento, decisión y ejecución de los intereses y derechos tutelados por el ordenamiento jurídico, aspira a una finalidad, que es la terminación o justa composición de un litigio o conflicto de intereses con contenido jurídico, es decir que sirve para la satisfacción de los intereses jurídicos con una importancia social, ya que el proceso judicial es el medio constitucionalmente instituido para ello, lo que lo hace especialmente relevante, pues, es una de las garantías sobre las cuales se sustenta el Estado de Derecho, siendo indispensable en nuestra civilización actual ofreciendo a los particulares seguridad jurídica; significa que nadie podrá ser condenado sin haberse cumplido el respectivo proceso y poder hacer uso de sus garantías para defenderse, alegar, probar, contradecir e impugnar las decisiones que lo perjudiquen.
Es importante también aclarar las diferencias que existen entre el proceso y el procedimiento, el proceso es el instrumento mediante el cual actúa la jurisdicción con competencia dada por el Estado sobre los particulares en cambio el procedimiento consiste en el conjunto de normas jurídicas generales que regulan los trámites, actos y resoluciones a través de los cuales los jueces y tribunales ejercitan su potestad jurisdiccional juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado. Al entender tal diferenciación y partiendo del concepto de procedimiento surgen las ramas del derecho procesal, que se puede dividir según sea la materia y la índole de su procedimiento (aun cuando el proceso continúe siendo uno solo), como consecuencia tenemos: El derecho procesal civil, derecho procesal penal, derecho procesal administrativo, derecho procesal internacional, derecho procesal agrario, derecho procesal laboral, entre otros. Donde es importante tener claro que lo que varía no es el proceso sino el
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