OBLIGACIÓN ENTREGA REPORTE SEMESTRAL PARA EMPRESAS CON CERTIFICACIÓN EN IVA E IEPS RUBRO “AA" Y “AAA”
Enviado por miette27 • 13 de Junio de 2019 • Apuntes • 435 Palabras (2 Páginas) • 232 Visitas
OBLIGACIÓN ENTREGA REPORTE SEMESTRAL PARA EMPRESAS CON CERTIFICACIÓN EN IVA E IEPS RUBRO “AA" Y “AAA”
Estimados subscriptores:
Dentro de las obligaciones adquiridas en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas modalidad IVA e IEPS rubro “AA” y “AAA”, en la regla 7.2.1. segundo párrafo, fracción V de las Reglas Generales de Comercio Exterior se indica lo siguiente:
“V. Las empresas que hubieran obtenido la modalidad IVA e IEPS, rubros AA o AAA conforme a la regla 7.1.3., deberán reportar semestralmente a la AGACE a través de la Ventanilla Digital, a partir del mes siguiente a aquél en que se le otorgue el rubro o renovación correspondiente, la totalidad de sus proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional vinculados al proceso bajo el régimen en que se certificó. Se considerarán como semestres los periodos comprendidos de enero a junio y de julio a diciembre de cada ejercicio fiscal, por lo que el aviso deberá presentarse al mes siguiente de transcurrido el semestre.
Para efectos del párrafo anterior, los proveedores del 40%, tratándose del rubro AA y 70%, tratándose del rubro AAA, del valor de los insumos adquiridos en territorio nacional, deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales”
Dicho lo anterior, estas empresas tienen para presentar este reporte semestral del periodo comprendido de julio a diciembre 2018, vía VUCEM, a más tardar el 31 de enero. Es importante aclarar que, cuando la regla se refiere a los proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional se refiere a aquellos con los que se realizan únicamente operaciones virtuales. Así mismo, en relación al 40% para AA y el 70% para AAA de dichos proveedores, se debe de contar con su respectiva opinión positiva.
En caso de tener alguna duda o comentario al respecto les solicitamos que nos hagan llegar las mismas a los correos electrónicos jgomez@comerciointernacional.com.mx y/o gtoro@comerciointernacional.com.mx en atención con los Lic. Jésica Gomez y/o Gabriela del Toro.
Asimismo, te invitamos seguir el Twitter oficial de Eduardo Reyes (@erdl7) por medio del cual te mantenemos de estos cambios.
Sin más por el momento, quedamos a tus órdenes para apoyar a tu empresa a adoptar las nuevas modificaciones en materia de comercio exterior.
A T E N T A M E N T E
Grupo Bufete Internacional
Nota: En cumplimiento al artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, se aclara que la presente asesoría es una opinión de Bufete Internacional, sin embargo, siempre estará sujeta a la interpretación de las autoridades fiscales, motivo por el cual, en caso de que dicha interpretación resultará ser diversa de la opinión que se otorga, esta firma no incurrirá en responsabilidad alguna.
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