Ornato, Limpieza De Vias Y Espacios Publicos
Enviado por walegomez10 • 22 de Abril de 2013 • 547 Palabras (3 Páginas) • 2.521 Visitas
ORNATO, LIMPIEZA DE VÍAS Y ESPACIOS PUBLICOS
¿Qué es el ornato?
El ornato público es una tarea municipal, en el lenguaje cotidiano, la palabra ornato es sinónimo de adorno, pero cuando los parques, plazas y calles se engalanan, cuando se resalta la belleza arquitectónica y se cuidan sus fachadas, nos estamos refiriendo al ornato público. La acción de la gerencia pública tiene como objetivo central la realización de obras y prestaciones de los servicios necesarios para el bien común, como vialidad, red cloacal, drenaje, sistema eléctrico e hidrológico, ordenación urbanística, etc., pero conexo con estas ejecutorias está el ornato.
El ornato público es como la tarjeta de presentación de las urbes, aunque la demagogia gubernamental las utiliza en algunas oportunidades para obtener dividendo político. La estampa de las ciudades que constituyen su ornato es un aporte al adecentamiento, medio ambiente y atracción turística, porque el progreso de una ciudad se mide por la calidad de su ornato. En los presupuestos oficiales debe establecerse las partidas respectivas con suficiente recurso, para dedicarlas al desarrollo de esta importante actividad.
El tema objeto de nuestros comentarios es también cuestión de conciencia ciudadana, por ello es indispensable que las organizaciones vecinales y el sector privado aporten esfuerzos y recursos financieros para el mantenimiento y construcción de obras y servicios ornamentales. No insinuamos con estas ideas la construcción de obras suntuarias, ni menos profesamos la cultura de la pintura y el maquillaje en las capitales de los municipios, pero sí suscribimos la tesis de que los alcaldes deben procurar la belleza y limpieza del entorno urbanístico.
El alcalde, como conserje del condominio del edificio que se denomina ciudad, es su deber velar por los aspectos de iluminación pública y arborización.
Boleto de ornato:
Es un arbitrio que todos los vecinos debemos pagar anualmente, con la finalidad de contribuir al ornato de nuestra ciudad. La cancelación del mismo debe efectuarse durante enero y febrero, salvo que los concejos municipales concedan prórrogas, y éstas no pueden excederse más allá del último día de marzo.
Si el pago no fuere cancelado dentro del período señalado o según fecha de la prórroga, el vecino se verá sujeto a una multa equivalente al 100% de su valor.
En caso que el vecino se mudara a otro municipio, no está obligado a pagar de nuevo el Boleto de Ornato, sino que deberá cancelarlo hasta el próximo año en la municipalidad correspondiente, según su nuevo domicilio. No obstante, sí está obligado a demostrar que hizo el pago en la anterior alcaldía.
Por lo anterior, las municipalidades deben contar con un registro alfabético de los contribuyentes, en el cual se indica el nombre de las personas, dirección de su residencia y trabajo, así como
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