PROCEDIMIENTO PARA REPORTE E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO
Enviado por tvb123 • 27 de Julio de 2021 • Apuntes • 1.462 Palabras (6 Páginas) • 131 Visitas
[pic 1] | Herramienta 16 PROCEDIMIENTO PARA REPORTE E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO | VERSION 1 |
Páginas | SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO | Fecha: |
OBJETIVO
Definir un procedimiento para la notificación de los incidentes y accidentes de trabajo, dentro de los tiempos establecidos por el Decreto 1295/1994 y la Resolución 1401 de 2007; que facilite el direccionamiento oportuno del trabajador lesionado y a su vez el desarrollo de la investigación del evento, el análisis y la identificación de las causas; con un enfoque integral, aplicando las medidas de prevención y control desde la gestión gerencial y los procesos.
MARCO LEGAL
- Constitución Nacional Colombiana de 1991, Titulo II, capítulo I, articulo 25.
- Ley 9 de 1979 código sanitario nacional, normas para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones, título III, artículos 80, 84 y 85 literal b y c.
- Resolución 2400 de 1979, disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo.
- Resolución 2013 de 1986
- Resolución 1016 de 1989, artículo11, numerales 14 y 15
- Decreto 559 de 1991, Este Decreto hace referencia a la prevención, control y vigilancia de las enfermedades transmisibles, especialmente lo relacionado con la infección por VIH, en el Artículo 24 establece que las instituciones de salud asistenciales, laboratorios clínicos, bancos de sangre, consultorios y todas aquellas dependencias relacionadas con el diagnostico, investigación y atención de personas deben aplicarlas medidas de bioseguridad (impartidas por el ministerio de salud). Posteriormente establece la obligatoriedad, para las instituciones de salud y todas aquellas que manipulen algún tipo de desecho biológico, en la distribución y dotación de elementos de protección personal, así mismo los medios recomendados para garantizar la bioseguridad al interior de estas. Capacitar a todo el personal vinculado en las medidas universales de bioseguridad. Velar por la conservación de la salud de los trabajadores y por ultimo proporcionar a cada trabajador en forma gratuita y oportuna, elementos de barrera o contención para su protección personal, cantidad y calidad acorde con sus riesgos existentes en lugares de trabajo, sean los riesgos reales o potenciales.
- Decreto Ley 1295 de 1994, artículo 21, literal e) y artículo 62
- Decreto 1543 de 1995, Articulo 23, establece que las instituciones de salud asistenciales tanto públicas como privadas, laboratorios, bancos de sangre y consultorios deberán las recomendaciones que en materia de medidas universales de bioseguridad sean adoptadas por el ministerio de salud.
- Resolución 1401 de 2007
- Decreto 1072 de 2015
ALCANCE
- Este documento aplica para todas las personas que trabajan en ------------------------------.
RESPONSABLES
- Trabajador:
- notifica el incidente y/o accidente de trabajo al Jefe Inmediato (Supervisor y/o líder de turno).
- realiza lección aprendida con sus compañeros de trabajo.
- Supervisor y/o Líder de Turno:
- notifica el incidente y/o accidente de trabajo al Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo
- diligencia el formato de Investigación de AT
- realiza la recolección específica de los hechos, registro fotográfico y demás evidencias que apoyen la investigación del AT y hace firmar el formato de investigación de accidentes.
- entrega al miembro del Copasst asignado según cronograma para completar la investigación del evento.
- Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo:
- avisa a los miembros del Copasst (principal y suplentes), para definir quién realizará la investigación de AT según el cronograma.
- diligencia el FURAT ingresando a la página de ARL SURA durante los dos (2) días hábiles siguientes a la ocurrencia del evento.
- COPASST: complementa la investigación de los eventos con base en la información recolectada por el Supervisor y/o líder de turno.
DEFINICIONES
- Incidente de trabajo: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con éste, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos.
- Investigación de accidente o incidente: Proceso sistemático de determinación y ordenación de causas, hechos o situaciones que generaron o favorecieron la ocurrencia del accidente o incidente, que se realiza con el objeto de prevenir su repetición, mediante el control de los riesgos que lo produjeron.
- Accidente de Trabajo: Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, psiquiátrica, invalidez o la muerte.
- Accidente grave: Aquel que trae como consecuencia amputación de cualquier segmento corporal; fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, húmero, radio y cúbito); trauma craneoencefálico; quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, tales como aplastamiento o quemaduras; lesiones severas de columna vertebral con compromiso de médula espinal; lesiones oculares que comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva.
- Peligro: Propiedad que tiene los equipos, herramientas, métodos, prácticas laborales, entre otras para ocasionar lesiones o daños. Todo peligro tiene un grado de riesgo.
- Riesgo: Probabilidad de que la capacidad de ocasionar daños se actualice en las condiciones de utilización o de exposición. Es una combinación de la probabilidad de que ocurra un evento peligroso específico y las consecuencias que origina. La mayor o menor probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación o control del elemento agresivo.
- Riesgo Tolerable: Riesgo que se ha reducido a un nivel que la organización puede soportar en relación con sus obligaciones.
- Pérdida: Uso no óptimo de los recursos como consecuencia de una desviación o incidente.
- Seguridad Industrial: Conjunto de conocimientos técnicos y científicos organizados y aplicados a la identificación, evaluación y control de los accidentes.
- Factor de Riesgo: Son todos aquellos objetos, instrumentos, instalaciones ambientales, acciones humanas, que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales. Este puede actuar por si mismo o, como generalmente ocurre, en combinación con otros puntos.
- Causas de los Accidentes: Son todas aquellas condiciones que en determinadas circunstancias se desvían de un estándar y entran a formar parte de una secuencia de eventos que tiene como resultado un incidente o accidente.
- Causas Inmediatas: Son las circunstancias que se presentan antes del contacto y que originaron directamente el accidente. Por lo general se pueden observar fácilmente por el investigador y se refieren a condiciones y comportamientos inseguros. (circunstancias que podrían dar paso a la ocurrencia de un accidente o incidente).
- Causas Básicas: Son aquellos factores que contribuyen a la existencia de las causas inmediatas. Por lo general se requiere de un mayor análisis para ser reconocida por el investigador.
- Exposición con riesgo de infección para VIH – HB - HC
Se refiere a lesión Percutánea, contacto de membranas mucosas o piel no intacta, o contacto con piel intacta cuando la duración del contacto es prolongada o involucra un área extensa, con sangre, tejido u otros líquidos corporales.
PROCEDIMIENTO MANEJO DEL ACCIDENTE DE TRABAJO BIOLÓGICO
En el sitio de trabajo donde ocurrió el accidente atención inmediata
- Exposición de piel intacta, mucosas y ojos: Piel intacta lavado con abundante agua y jabón, los ojos lavar con agua o solución estéril, No restregar para no causar laceraciones, reportar inmediatamente.
- Exposición en piel NO intacta: Lavar profusamente con solución salina estéril y aplicar luego solución antiséptica, reportar inmediatamente.
- En un pinchazo o herida: Promover el libre sangrado, lavar con abundante agua,
- Reportar inmediatamente al Supervisor y/o líder de turno quien notifica el accidente de trabajo a la línea salvavidas de ARL SURA Teléfono 018000511414 – 018000941414 - 4055911 y al Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- El Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo diligencia el FURAT ingresando a la página de ARL SURA durante los dos (2) días hábiles siguientes a la ocurrencia del evento.
INDICADORES
Indicador | Origen datos | Método Cálculo | Frecuencia | Meta | Responsable |
Tasa de accidentes con riesgo biológico | Reporte de accidentes Base de datos de Accidentalidad | No de accidentes por riesgo biológico/total de expuestos x100 | Mensual | Coordinador SG-SST | |
Índice de Frecuencia | Reporte de accidentes Base de datos de Accidentalidad | IF= # total de accidentes de trabajo/ Total horas - hombre trabajadas x 240.000 | Mensual | Coordinador SG-SST | |
Índice de Severidad | Reporte de accidentes Base de datos de Accidentalidad | IS= # total días incapacidad + días cargados/ Total horas - hombre trabajadas x 240.000 | Mensual | Coordinador SG-SST | |
Índice de lesiones incapacitantes | Reporte de accidentes Base de datos de Accidentalidad | IFXIS/1000[pic 2] | Mensual | Coordinador SG-SST | |
Tasa de Ausentismo por Accidente de Trabajo | Reporte de accidentes Base de datos de Accidentalidad | No horas perdidas/No horas trabajadas x K | Mensual | Coordinador SG-SST |
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