Procedimiento ordinario civil
Enviado por Jose David Quintero • 10 de Mayo de 2021 • Documentos de Investigación • 1.209 Palabras (5 Páginas) • 260 Visitas
PROCEDIMIENTO ORDINARIO CIVIL.
A CONTINUACIÓN SE DARÁ A CONOCER CUÁLES SON LAS ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO CIVIL.
Es decir todo procedimiento, iniciara con la ACCIÓN, que va a ejercitar la PARTE ACTORA, también conocida como DEMANDANTE, posteriormente cabe mencionar que las partes se van a someter a diversas ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO CIVIL, las cuales tiene como FINALIDAD, LA RESOLUCIÓN DEL CONFLICTO DE INTERESES, ES DECIR DEL LITIGIO.
LAS ETAPAS DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL O LAS ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO CIVIL SON:
1.- ETAPA POSTULATORIA.-
En esta fase es donde se va a establecer LA LITIS es decir la CONTROVERSIA y también las partes van a plantear sus PRETENSIONES es decir LO QUE QUIERE QUE EL JUEZ RESUELVA.
2.- ETAPA PROBATORIA.-
En esta etapa es donde se van a ofrecer las pruebas y se DESAHOGARAN 4 ETAPAS que SON LA APERTURA, LA ADMISIÓN, LA PREPARACIÓN Y DESAHOGO DE LAS PRUEBAS.
3.- ETAPA PRE CONCLUSIVA.-
En esta etapa, es donde, LAS PARTES VAN A PRESENTAR SUS ALEGATOS O CONCLUSIONES, en SENTIDO DE LA SENTENCIA, CON BASE EN LO QUE SE ACEPTÓ, NEGÓ O NO SE PROBÓ.
4.- ETAPA RESOLUTORIA O DE JUICIO.-
En esta etapa comprende LA VALORACIÓN DE LAS PRUEBAS Y LA RESOLUCIÓN JUDICIAL QUE VA A PONER FINAL AL LITIGIO.
A CONTINUACIÓN SE MENCIONARA DE FORMA DETALLADA, DE LA ACTUACIÓN QUE SE DEBE DE LLEVAR EN CADA ETAPA DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL, PASO POR PASO.
ETAPA POSTULATORIA.
PRIMERO.- INICIA CON EL ESCRITO INICIAL DE DEMANDA, realizada por la PARTE ACTORA donde señalara sus PRETENSIONES Y LAS NORMAS JURÍDICAS Y PRINCIPIOS DEL DERECHO APLICABLES AL CASO CONCRETO.
SEGUNDO.- Al ser aceptada LA DEMANDA SE DICTARA EL AUTO DE RADICACIÓN, es decir el acto mediante el juez acepta la demanda y entonces establece los actos prejudiciales, así el juez indicara los términos de admisión de la demanda y los requerimientos a la parte actora en caso de que no cumpla con algún requisito puede subsanar alguna deficiencia en su escrito de demanda.
TERCERO.- EL JUEZ COMPETENTE, ORDENARA A QUE SE NOTIFIQUE A LA PARTE DEMANDADA y se le dará EL TERMINO DE 9 DÍAS DE LEY, para que de CONTESTACIÓN A LA DEMANDA para que se pueda establecer la LITIS y en ese preciso momento también se le EMPLAZARA a LA PARTE DEMANDADA Y SE LE CORRERÁ TRASLADO.
CUARTA.- la parte demanda puede contestar la demanda y EXPRESAR SUS EXCEPCIONES Y DEFENSAS o puede ALLANARSE A LAS PRETENSIONES DE LA PARTE ACTORA, dentro de esta ETAPA DE CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA LA PARTE DEMANDADA TIENE LA FACULTAD DE RECONVENIR AL ACTOR, es decir de demandarlo dentro de la demanda ya establecida, de igual forma la parte actora puede hacer la contestación de la demanda.
QUINTA.- En caso de que LA PARTE DEMANDADA NO CONTESTARA LA DEMANDA, entonces se pedirá al ÓRGANO JURISDICCIONAL (JUEZ), para que establezca UN JUICIO DE REBELDÍA PARA PODER CONTINUAR CON EL PROCESO.
SEXTA.- contestada la demanda o no contestada la demanda o reconvención, se CITARA A LAS PARTES A UNA AUDIENCIA DENTRO DE UN PLAZO DE 5 DÍAS. (CABE MENCIONAR QUE ALGUNAS DE LAS PARTES NO SE PRECENTE A LA AUDIENCIA SERÁN SANCIONADAS ECONÓMICAMENTE.) El juez precisara los puntos de controversia e INVITARA A LAS PARTES A UNA CONCILIACIÓN.
- SI SE LOGRA LA CONCILIACION, SE LEVANTARA UNA ACTA CON EFECTOS DE TRANSACCION Y SE HOMOLOGA A UNA SENTENCIA DE COSA JUZDADA.
- Y SI NO SE LOGRA LA CONCILIACION SE PORCEDERA A DEPURAR EL PROCESO RESOLVIENDO RESPECTO DE LAS EXCEPCIONES PROCESALES.
SEPTIMA.- Por ultimo solo para recalcar en esta etapa, que hay que tener encuenta en el momento de la realización de la demanda, con LA FINALIDAD DE QUE PROSPERE Y VERIFICAR QUE ESTA ESTABLECIDO, LA COMPETENCIA DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL, LA PERSONALIDAD DE LAS PARTES, LA VÍA EN LA QUE SE PRESENTA LA DEMANDA, SIN EMBARGO EN LO REFERENTE A LA PERSONALIDAD, COMPETENCIA Y PROCEDENCIA DE LA VÍA, TODO ESTO PARA QUE LE JUEZ COMPETENTE NO NOS DESECHA NUESTRA DEMANDA.
...