¿QUÉ PUNTOS DE LA LEY DE VÍCTIMAS CONSIDERA USTED QUE SE HAN CUMPLIDO Y CUÁLES NO?
Enviado por tele0820 • 10 de Noviembre de 2019 • Ensayo • 1.627 Palabras (7 Páginas) • 151 Visitas
¿QUÉ PUNTOS DE LA LEY DE VÍCTIMAS CONSIDERA USTED QUE SE HAN CUMPLIDO Y CUÁLES NO?
HISTORIA DE VIOLENCIA EN COLOMBIA
TELEMINA HELENA BARROS CUADRADO
LINDA CAROLINA MARTINEZ SABINO
JIMNYS AILICEC GUTIERREZ FERNANDEZ
TRABAJO SOCIAL
CAT. URIBIA
El conflicto armado colombiano actualmente deja 8.731.105 víctimas registradas según las cifras de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas a 1 de agosto de 2018. En respuesta a esta problemática en Colombia se han creado leyes para atender y reparar a la población víctima, principalmente la Ley 1448 de 2011, la cual reglamenta e implementa mecanismos y procedimientos para que por vía administrativa se logre la atención y la reparación integral de las víctimas. El artículo 25 de la ley 1448 del 2011, refiere que la reparación integral comprende las medidas de restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica. Consagra la Ley que cada una de estas medidas será implementada a favor de las víctimas dependiendo de la vulneración en sus derechos y las características del hecho. Es importante resaltar que el universo de víctimas en Colombia, se caracterizan desde los enfoques diferenciales étnicos, etarios, de género; pero también desde las diversas dinámicas, teniendo en cuenta los aspectos culturales, sociales, económicos y políticos los cuales exigen de las instituciones del Estado y otros cooperantes, una intervención inclusiva implementado y respetando el principio del enfoque diferencial.
En su intento de retornar a los territorios ancestrales y reparar integralmente a las víctimas étnicas el Estado colombiano como se menciono anteriormente, ha diseñado los protocolos y la ruta de reparación colectiva con el objetivo de construir, concertar e implementar acciones de reparación enmarcadas en las medidas de indemnización, restitución, satisfacción, rehabilitación y no repetición. Las anteriores medidas de reparación tiene como punto clave la Resolución aprobada por la Asamblea General de la ONU el 16 de diciembre del 2005, los Principios y Directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas a las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones. De lo anterior entonces se explica la evolución normativa el Estado Colombiano durante los últimos años, en el cual amplía los conceptos y los consagra normativamente en las Leyes 387 de 1997, 975 de 2005 y con especial énfasis en la Ley 1448 de 2011 y en sus Decretos Ley 4633, 4634 y 4635 todos del 2011 para víctimas étnicas.
En relación al cumplimiento de lo consagrado en la mencionada Ley de Víctimas, debemos mencionar la visibilización y necesidad en torno a la problemática de atender y reparar a todas las víctimas. No podemos olvidar que al momento de promulgada esta norma, las víctimas registradas no superaban los 4 millones a nivel nacional, siendo el hecho del desplazamiento el más numeroso. Además se diseño la política de atención y reparación a las víctimas a nivel nacional, regional y local a partir del Sistema Nacional de Atención y Reparación a las víctimas, en el que participan las diferentes instituciones responsables de implementar acciones desde la misión legal encargada a cada una, para atender y reparar a las víctimas, un ejemplo de esto es el papel de la Registraduria Nacional para desarrollar acciones que permitan la identificación de las víctimas para que puedan acceder a otras ofertas institucionales.
Otro aspecto para resaltar es el reconocimiento a los procesos organizativos a través de organizaciones y fundaciones, en las que las víctimas se han agrupado para denunciar e impulsar los procesos de reparación de sus derechos humanos vulnerados. La Ley reconoce espacios de participación a nivel local y regional a las víctimas por medio de mesas de participación, las cuales deben tener incidencia en el diseño e implementación de acciones o proyectos que involucren a la población víctima para el goce de sus derechos.
Sin lugar a dudas otro aspecto fundamental de la Ley de víctimas gira en torno a los procesos de restitución de tierras el cual pretende devolver los predios que fueron despojados o abandonados producto del mismo conflicto armado. Este aspecto contribuyó a la discusión en los acuerdos de la Habana, sobre la necesidad de impulsar la restitución, entendiendo que una de las causas del conflicto armado actual pasa por la acumulación de tierras en manos de pocos, el atraso social y económico en el área rural y la necesidad de impulsar una reforma rural integral, la cual se encuentra pendiente hace décadas.
Por último dentro del avance normativo encontramos el reconocimiento de los enfoques diferenciales como eje transversal en la implementación de acciones que contribuyan a la atención y reparación a las víctimas. Para el caso de las comunidades indígenas víctimas del conflicto la reparación integral este enfoque se enmarca en el Decreto Ley 4633 de 2011, por medio del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas. No sobra recordar que en Colombia existen 84 pueblos indígenas reconocidos por la oficina de asuntos indígenas del Ministerio del Interior, y de estos según cifras oficiales de la misma UARIV a través del Registro Único de Víctimas, señala que 199.572 mil de sus miembros son reconocidas como víctimas a nivel individual por diferentes hechos víctimizantes, siendo el desplazamiento el que mayor victimización agrupa.
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