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¿Qué Tipo De Delito Es La Falsificación?


Enviado por   •  24 de Mayo de 2015  •  543 Palabras (3 Páginas)  •  364 Visitas

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El delito es doloso cuando se obra conociendo los elementos del tipo penal o previendo como posible el resultado típico queriendo o aceptando la realización del hecho descrito por la ley.

El delito de falsificación se encuentra ubicado dentro de los delitos de contra la fe pública, la conceptualización del bien jurídico de la "fe pública", ha ofrecido mayor inclinación en considerar como objeto de protección jurídico penal para este tipo delictuoso a la seguridad del trafico jurídico, toda vez que es necesario encontrar seguridad y confianza en las relaciones del trafico jurídico documentario, con una correspondencia entre la realidad y los signos o símbolos que el documento representa

La doctrina nacional deduce que el bien jurídico protegido es la fe pública. No obstante, el bien jurídico protegido, en realidad, es la funcionalidad del documento en el tráfico jurídico, en la medida que este desarrolla una triple labor: de perpetuación de la declaración documental, de garantía del autor del documento en el tráfico jurídico y, de medio de prueba de la declaración documental.

Las características del bien jurídico protegido protegida que señala, el maestro Víctor Prado Saldarriaga, son las siguientes:

a) Es un bien jurídico colectivo, en cuanto no es una fe personal de un individuo concreto, sino de todo un grupo social.

b) Surge de una disposición legal que se objetivita en la exigencia de la certeza y validez que s e ele otorga a los documentos, símbolos y signos respecto a los hechos o claridades que contienen o representan.

c) Tienen la función político criminal de servir al tráfico jurídico e interacción social.

El bien jurídico protegido específicamente especifica en el delito de falsedad de documental seria la propia funcionalidad del documento en las diversas misiones que tiene que cumplir en el tráfico jurídico. Se tutela entonces a esta confianza subjetivamente de ciertos actos documentales autentificados por un funcionario público.

Sin embargo, en el título XIII del Código Penal Para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, lo ubica entre los Delitos de Falsedad, entre los cuales esta ubicados los delitos de FALSIFICACIÓN DE LLAVES SELLOS, MARCAS Y CONTRASEÑAS (cuya pena es de uno a cinco años de prisión y multa hasta de cincuenta días de salario), FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS (cuya pena es de uno a cinco años de prisión y multa hasta de cincuenta días de salario), FALSIFICACIÓN DE TÍTULOS Y CONTRA LA FE PÚBLICA (cuya pena es de tres a nueve años de prisión y multa hasta de quinientos días de salario o pena de uno a cinco años de prisión y multa hasta de cincuenta días de salario) y USO DE DOCUMENTO FALSO (seis meses a cinco años de prisión y multa hasta de cien días de salario)

En el Código Penal Federal,

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