REF. Acción Popular
Enviado por nelson060317 • 12 de Enero de 2019 • Informe • 404 Palabras (2 Páginas) • 123 Visitas
Acción Popular
Gigante, 20 de octubre del 2018
Señores Tribunal Contencioso Administrativo
Juez del circuito Huila
REF. Acción Popular
Nelson Valderrama, mayor de edad y vecina de Gigante- Huila, identificada con C.C. 1086334789 expedida en Medellín - Antioquia, residente en la calle 13 # 6a - 11 barrio Las Palmas, actuando en mi propio nombre, mediante el presente escrito interpongo Acción Popular en contra de Planeación Municipal, La Constructora Galicia, La Curaduría Urbana, y la Alcaldía.
HECHOS
Se pretende demoler la iglesia del pueblo que es Patrimonio Cultural para la construcción de un centro comercial, ya hay permisos y licencias para la construcción de dicho centro comercial, no obstante, a esto La Constructora Galicia ya está vendiendo los locales comerciales sobre planos; a lo que nosotros los habitantes del barrio nos oponemos ya que esta iglesia años atrás fue declarada patrimonio cultural, según el Art. 70, 72 y teniendo en cuenta las leyes 163 de 1959 la cual protege el patrimonio; la sentencia C - 742/06 y la ley 397/97 que está hecha para cuidado y garantía de estos bienes de patrimonio nacional y sentencias de la corte que favorecen y cuidan el patrimonio nacional y cultural, las cuales las entidades mencionadas anteriormente quieren vulnerar estas leyes.
PRETENSIONES
- Se tomen las medidas necesarias, por parte de la entidad pública involucrada en la presente Acción Popular, que garanticen la suspensión de la demolición de la iglesia y evitar la construcción del centro comercial, a fin de protegerlos derechos colectivos invocados como vulnerados en la presente Acción Popular.
- Las demás que se considere necesarias para salvaguardar los derechos colectivos a la defensa al patrimonio cultural de la Nación y a la realización delas construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada, y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes, vulnerados con los hechos enunciados en esta demanda
PRUEBAS
- Licencia de Construcción
- Folletos donde la constructora vende el proyecto
- Planos del centro comercial
- Permiso de demolición de la iglesia
FUNDAMENTOS DE DERECHO
- Son la defensa al patrimonio cultural de la Nación y la realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada, y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes (literales f y m artículo 4, ley 472 de1998).
- Ley 472 de 1998
- Artículo 88 Constitución Política de Colombia
NOTIFICACIONES
calle 13 # 6a - 11 barrio Las Palmas, Gigante - Huila.
Atentamente;
Nelson Valderrama
C.C. 1086334789 Medellín – Antioquia
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