RESUMEN LA EVOLUCIÓN DE LA LEGISLACIÓN COSTARRICENSE
Enviado por Andrea Perez Alcazar • 22 de Julio de 2019 • Biografía • 1.909 Palabras (8 Páginas) • 1.120 Visitas
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UNIVERSIDAD INTERNACIONAL
SAN ISIDRO LABRADOR
CARRERA:
MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA
CURSO:
LEGISLACIÓN PARA ADMINISTRADORES EDUCATIVOS
CÓDIGO:
MAS-14
NOMBRE DEL PROYECTO:
RESUMEN LA EVOLUCIÓN DE LA LEGISLACIÓN COSTARRICENSE
AUTOR:
ANDREA PÉREZ ALCÁZAR
FECHA DE ENTREGA:
2/06/2019.
II CUATRIMESTRE
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RESUMEN
El siguiente ensayo pretende evidenciar sobre los principales hechos que han marcado en la historia y evolución de la legislación de la educación de nuestro país, así como también los desafíos que esta enfrenta, con el fin de ofrecer una educación integra y de calidad.
La normativa que garantiza el acceso gratuito a la educación, teniendo como premisa que la libertad de enseñanza es un derecho humano fundamental, tutelado por diversos instrumentos internacionales vigentes en el país.
Se repasan los artículos respectivos de la Constitución Política, la Ley Orgánica del Consejo Superior de Educación, los mandatos de inspección de la educación privada y para universitaria por parte del Estado, la Ley Fundamental de Educación, la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, la Ley de Carrera Docente y el Convenio Centroamericano sobre Unificación Básica de la Enseñanza, entre otros.
También se pondrá en evidencia diferentes desafíos actuales de la legislación en la educación, como lo son
1) la conveniencia de revisar las funciones y composición del Consejo Superior de Educación, así como las intervenciones de los legisladores en asuntos que corresponden a esa instancia.
2) el mejoramiento de la supervisión estatal sobre la educación privada.
3) la coordinación conjunta entre el MEP y el Servicio Civil para implementar un nuevo modelo de evaluación del personal docente que concursa por nombramientos en propiedad.
4) la necesidad de impulsar los procesos de acreditación de carreras ante el Sinaes, sobre todo por parte de las universidades privadas.
Palabras Clave: Legislación educativa, desafíos en la educación, evolución, desarrollo
Introducción
En nuestro país se creó diferentes leyes y órganos con el fin de ofrecer una educación de calidad, según un estudio realizado en el reciente Índice Global de Competitividad del Foro Económico Mundial, Costa Rica posee un liderato regional en la calidad de la educación primaria.
En esa variable específica, el país ocupa la posición 35 de 137, gracias a que alcanzó una puntuación de 6,24 (en una escala donde el uno es el puntaje mínimo y siete el máximo), convirtiéndose en el único de la región en superar las seis unidades en la clasificación de ese rubro.
Es decir, superó a Ecuador, Argentina, Chile y Uruguay, naciones que sobrepasan los 5,5 puntos, pero no alcanzan los seis.
Alcanzó la posición 47 en el índice general que convierte al país en la segunda nación más competitiva de América Latina al obtener un puntaje de 4,5.
Todos esos logros han sido en base a tener una legislación educativa que permite, brindar una educación de calidad para y por los estudiantes.
En el siguiente ensayo se presenta un panorama general acerca de los principales hechos y rasgos que han marcado la evolución de la legislación educativa en Costa Rica y los principales desafíos que el país tiene en esta materia, a fin de cumplir con la aspiración nacional de ofrecer a los ciudadanos de manera equitativa una educación de calidad.
La Constitución de 1871 que es su antecesora inmediata y además sirvió de base de discusión en la constituyente de 1949, contemplaba únicamente dos artículos en materia educativa. El primero es el artículo 52 que dice: “La enseñanza primaria de ambos sexos es obligatoria, gratuita y costeada por la Nación. La dirección inmediata de ella corresponde a las Municipalidades, al Poder Ejecutivo la suprema inspección”.
Por lo tanto, lo que demuestra que nuestro país y sus leyes abogan por que todas las personas cuenten con educación, ya que es obligatoria y además gratuita, este hecho fue un punto decisivo en la historia de la educación nacional que tuvo consecuencias sobre el conjunto de la sociedad.
Consejo Superior de Educación
“La dirección general de la enseñanza oficial estará a cargo de un Consejo Superior, presidido por el Ministro de Educación, que se integrará en la forma que señale la ley”. Artículo 81 de la constitución política
El representante Baudrit Solera justificó la creación de este órgano a nivel constitucional aduciendo que desde la misma Comisión Redactora del proyecto de Constitución pretendieron alejar lo más posible del Ministerio de Educación la influencia dañina de la politiquería, dejando algunos principios básicos que en el futuro pudieran orientar nuestra educación por senderos nuevos.
Precisamente el fracaso de nuestros sistemas educacionales se ha debido a esa falta de orientación técnica y a la introducción de la politiquería en el Ministerio de Educación.
Esto quiere decir que se asignó la aptitud para fijar el rumbo o el norte de las metas en la educación costarricense, y se creó para evitar algún “manoseo” por parte de algunos políticos.
La ley orgánica del consejo superior de educación
Ley que regulamás ampliamente el CONASUP y define particularmente su integración,
El proyecto de ley fue remitido a la Asamblea Legislativa por parte del Ministro de Educación Pública, Virgilio Chaverri, mediante decreto ejecutivo por el que se amplió la convocatoria de sesiones extraordinarias del 8 de enero de 1951. El proyecto tenía como característica fundamental proponer en su mayoría como miembros del Consejo a funcionarios del Ministerio de Educación, o lo que es lo mismo, subalternos del Ministro de turno. (Se propuso como miembros, además del Ministro, el Rector de la Universidad de Costa Rica; dos representantes de las facultades formadoras de profesores; al Director General de Segunda Enseñanza, un Director de Enseñanza Normal, un Director de Segunda Enseñanza, el Director General de Educación Primaria, el Jefe Administrativo de Educación Primaria y un Director Provincial de Escuelas). La Universidad de Costa Rica objetó la integración propuesta ya que no garantiza, en forma plena, el pensamiento que inspiró el artículo constitucional, por lo que: “Es preferible que en ese cuerpo tengan representación el mayor número posible de factores culturales o íntimamente relacionados con el problema educativo, incluyendo, desde luego, a los padres de familia, a través de la Asociación de Patronatos Escolares”
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