ROYECTO, EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE VENUSTIANO CARRANZA Y EL CONGRESO CONSTITUYENTE DE QUERÉTARO.
Enviado por JOSDIN • 29 de Agosto de 2014 • 1.847 Palabras (8 Páginas) • 1.346 Visitas
PROYECTO, EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE VENUSTIANO CARRANZA Y EL CONGRESO CONSTITUYENTE DE QUERÉTARO.
La situación social, política y económica que se vivía a finales del siglo XIX y principios del siglo XX en el país desembocó en la Revolución Mexicana: Los campesinos no eran dueños de las tierras y sufrían una vida llena de injusticias por parte de los latifundistas, los obreros estaban sometidos a condiciones de trabajo inhumanas y la desigualdad entre las clases sociales era cada vez más profunda. La Constitución de 1857 había cedido su efectividad ante la dictadura de Don Porfirio Díaz; y las armas fue el único recurso del pueblo, para tratar de alcanzar la democracia y justicia social.
La estabilidad del país no se alcanzó con la expulsión del presidente Díaz y el ascenso a la presidencia de Francisco I. Madero, por el contrario se suscitaron una serie de hechos que desencadenaron una nueva lucha: Los crímenes cometidos en las personas del Presidente Madero y el vicepresidente Pino Suárez y la usurpación del poder por parte de Victoriano Huerta.
Venustiano Carranza, gobernador de Coahuila desconoce el gobierno del General Huerta; mediante el Plan de Guadalupe, firmado el 27 de marzo de 1913, se le reconoce como Jefe del ejército Constitucionalista, quién se encargaría interinamente del poder ejecutivo, convocaría a elecciones generales y entregaría el poder al ciudadano que resultase electo.
En un discurso pronunciado en Hermosillo, Son., el 24 de septiembre de 1913, Carranza planteó públicamente la necesidad de reformar la Constitución de 1857, siendo éste, quizás, el primer antecedente que existió para lo que culminaría con la promulgación de una nueva Constitución.
En su carácter de Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, encargado del Poder Ejecutivo; por decreto del 12 de diciembre de 1914, Carranza expidió leyes que contenían varios de los nuevos anhelos revolucionarios, entre ellas:
• La ley del municipio libre y del divorcio (25/Dic./1914).
• La ley agraria (e/ene/1915)
• Reformas al Código civil (29/Ene./1915).
• Abolición de las tiendas de raya (22/Jun./1915).
Debido a que la Constitución de 1857 no se ajustaba a las nuevas reformas, puesto que la realidad había superado algunos de sus principios básicos y convencido de la necesidad de terminar la lucha armada, Venustiano Carranza, expidió el 14 de febrero de 1916 el decreto de reformas de los artículos 4, 5 y 6 (del anterior que había adicionado al plan de Guadalupe), en el que se anunciaba la convocatoria del Constituyente.
La exposición de motivos que precedieron a la convocatoria antes mencionada, aclaró que las reformas que se propondrían en el proyecto respectivo, tocarían a la organización y funcionamiento de los poderes públicos y que la soberanía del pueblo era ilimitada, por lo cual era preciso convocar a un Congreso Constituyente.
Así, el primero de diciembre de 1916, en cumplimiento de lo ofrecido al convocar al Congreso Constituyente, Carranza como Jefe del poder ejecutivo, hizo entrega del proyecto de Constitución reformada, pronunciando un discurso que con la exposición de motivos, que se resumen a continuación:
a) Reconoce la importancia de la Constitución Política de 1857, que contiene los más altos principios de la Revolución Francesa y de su consagración en Inglaterra y los Estados Unidos; pero que, desafortunadamente “nuestro código político tiene en general el aspecto de fórmulas abstractas”, cuyos derechos individuales, han sido conculcados casi permanentemente y el medio mexicano, ideado para garantizarlos, el juicio de amparo, sólo ha embrollado “la marcha de la justicia; más aún, se ha convertido en una arma política, “en un medio para acabar con la soberanía de los Estados”.
b) La soberanía nacional, “que reside en el pueblo, no expresa ni ha significado en México una realidad..., el poder público se ha ejercido no por mandato libremente conferido por la voluntad de la nación, sino por imposiciones de los que han tenido en sus manos la fuerza pública”.
c) La División de poderes, otro principio fundamental, tampoco ha tenido cumplimiento..., pues solo ha estado, por regla general, escrita en la ley, en abierta oposición con la realidad, en la que, de hecho, todos los poderes han estado ejercidos por una sola persona...., dándose sin el menor obstáculo al jefe del Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre toda clase de asuntos”.
d) El Pacto Federal también ha sido violado, ya que no se ha respetado la libertad y soberanía interior de los estados, siendo el poder central, el que siempre ha impuesto su voluntad, ignorándose, por consiguiente, la forma republicana, representativa y popular adscrita constitucionalmente a las entidades federativas.
Habiendo señalado las deficiencias de la Constitución de 1857, sobre todo por su permanente violación o inaplicabilidad, Carranza formuló una síntesis de las reformas que proponía y que esencialmente, eran las siguientes:
1) Reforma al Art. 14, donde se extendía el amparo a los juicios civiles; y al art. 20, en el que se establecían nuevas garantías para todo acusado (fianza, duración máxima de los juicios penales, etc.); se otorgaba, la facultad persecutoria a cargo del Ministerio Público y se fijaba el principio de que toda detención sólo podía lograrse mediante orden de la autoridad judicial (art. 16). Todo esto, tendiente a garantizar la libertad humana (objetivo primordial de la Constitución de un pueblo) y no solo a declararla.
2) En cuanto al Art. 27 (que en la anterior constitución se refería a la expropiación), el proyecto de Carranza imponía que la declaración de utilidad pública que la acompañara, fuera hecha por la autoridad administrativa correspondiente, quedando a la autoridad judicial fijar el monto de lo expropiado.
3) Reforma a la fracción XX del Art. 72 para conferir al Poder Legislativo Federal, la facultad para expedir leyes
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