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Razón que tiene Argentina de que Uruguay viola el art. 60 del Estatuto del Río de Uruguay


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2016  •  Ensayo  •  1.476 Palabras (6 Páginas)  •  252 Visitas

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PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS

CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS

ÉTICA DE LOS NEGOCIOS

ENSAYO FINAL

ÁLVARO GARCÍA MEJÍA

Bogotá, Colombia

Noviembre 19 2014

La tesis a presentar es la razón que tiene Argentina de que Uruguay viola el art. 60 del Estatuto del Río de Uruguay y por eso recurre a la Corte Internacional de Justicia para que dirima el conflicto y ordene la suspensión de la creación de las dos plantas de producción de pulpa de celulosa para la industria del papel, por cuanto Uruguay autorizó la creación de las plantas en forma unilateral sin cumplir con el debido proceso y sin dar una notificación previa y consulta.

La razón más fuerte para defender la posición contraria es que Uruguay afirma que  no hay evidencias objetivas de daños ambientales previsibles y que la tecnología que se va a emplear es la mejor posible, es decir, que el medio ambiente no se va a ver afectado, al igual que la empresa española encargada de la creación de plantas dice que tiene como misión el desarrollo de un sector forestal fuerte y sostenible, impulsando la certificación forestal y las mejores prácticas de gestión como vía de creación de desarrollo económico, especialmente en el ámbito rural.

Argentina dice que el Gobierno de Uruguay no tiene autorización para hacer tales obras pues tomó la decisión de hacerlo de manera unilateral, es decir, que Argentina no está de acuerdo y Uruguay tuvo que haber seguido unos procedimientos obligatorios de consulta y notificación previa, y Argentina no recibió notificación de que Uruguay haya hecho los debidos procedimientos. Ahora, según la teoría de los stakeholders, la ecología no tiene una participación directa, pero si se puede considerar como una parte afectada ya que el caso claramente afirma que la creación de esas plantas podría afectar el río y su entorno y puede agravar la calidad de los ríos y causar daños transfronterizos. Se consideraría que la ecología en este caso sería un stakeholder secundario, es decir, no participan directamente en el intercambio con una empresa, pero de igual manera pueden verse por las acciones de esta, en este caso, que Uruguay implemente las plantas, ahí la ecología se podría ver afectada. (Sotomayor, 2014) (Donaldson, 2002)

El gobierno de Uruguay, siendo más específico, la empresa española que va a realizar la obra de creación de las plantas debe tener en consideración los siguientes aspectos: reconocimiento del carácter planetario tanto de los problemas como de los posibles implicados y afectados, participación en la construcción de un marco racional para la relación con el medio ambiente y con la consiguiente reestructuración de necesidades y jerarquía de valores. La empresa debe tener cultura empresarial, es decir, debe tener una integración de valores ecológicos en la personalidad e identidad de esta misma, tanto en la toma de decisiones dentro de la empresa como en sus estructuras y relaciones externas, y claramente no se está viendo una integración de esos valores económicos porque a pesar de que tiene como misión el desarrollo de un sector forestal fuerte y sostenible, Argentina ya ha advertido que la creación de las plantas podría traer problemas ecológicos al río y al entorno. (García, 2004).

Una gestión ecológicamente responsable requiere actuaciones de 3 tipos diferentes: la primera es una definición de una política medioambiental con unos objetivos claros y concretos para reducir o evitar los impactos generados por su actividad. Con base en esto si se crea la planta de producción de pulpa celulosa, no se está teniendo en cuenta que consecuencias va a tener a pesar de que  se afirma que la tecnología es viable y que el proyecto realmente va a funcionar. Debe haber un establecimiento de un sistema de gestión medioambiental como diseño y ejecución de los programas o conjunto de acciones con los que se pretende alcanzar los objetivos propuestos. Tiene que haber una realización de auditorías medioambientales sistemáticas periódicas y objetivas. El gobierno de Uruguay incumplió en realizar las acciones debidas con las que pretendían alcanzar los objetivos propuestos pues la decisión que tomó debió tomarla si Argentina estaba de acuerdo, pero todo se tomó de manera unilateral, y para que exista un acuerdo debe ser bilateral y tener en cuenta la opinión de Argentina respecto al proyecto para que se pueda llegar a un mutuo acuerdo, desafortunadamente el gobierno de Uruguay incumplió con esa serie de procedimientos. (García, 2004).

La responsabilidad corporativa que debe tener ENCE debe ser la de tener una capacidad de escuchar las diferentes partes e incorporarlos en el planteamiento de sus actividades buscando atender la demanda de todos no únicamente del gobierno de Uruguay que ya le había dado permiso para ejecutar el proyecto, sino también debe tener en cuenta al mismo medio ambiente y a los argumentos que le da Argentina para no implementar la creación de las plantas. La empresa debe lograr con éxito que se honren los valores éticos y respeto en este caso, por el medio ambiente y esto debe hacerse mediante el marco de expectativas legales, éticas, y tomando decisiones que balanceen de modo justo la demanda de todos los públicos de interés. Por lo tanto, la empresa no puede entrar en un desacuerdo con Argentina porque así estaría dándole un impacto negativo y ahí no estaría actuando con responsabilidad corporativa.

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