Reforma A La Ley De Desarrollo Economico Michoacan
Enviado por carlos45199 • 2 de Octubre de 2013 • 1.853 Palabras (8 Páginas) • 383 Visitas
LEY DE DESARROLLO ECONÓMICO
PRESENTADA POR LA DIPUTADA SILVIA ESTRADA ESQUIVEL
Esta ley permitirá impulsar el sector de la industria o secundaria para transformar el cumulo de materias primas con que cuenta Michoacán, en comunión con el desarrollo sustentable, la competitividad y las nuevas tecnologías.
PRETENDE
1. Promover la actividad empresarial.
1.1. Facilitar la creación y oferta de productos mediante la inversión de capital en instalaciones físicas y equipo.
2. Dotar a la Secretaria de Desarrollo Económico de las facultades suficientes para promover la competitividad.
2.1. Apoyar a las incubadoras de negocios
2.2 Otorgar estímulos e instalación de industrias para transformar los recursos con que cuenta la entidad.
3. La creación de un fondo integrado con recursos federales, estatales y municipales que garanticen el financiamiento, apoyo y estímulos a jóvenes empresarios y mujeres emprendedoras.
4. La promoción de exportaciones de productos manufacturados en Michoacán.
5.-Integrar al comercio formal el creciente comercio ambulante e informal.
5.1 A través de programas económicos que contemplen estímulos y microcréditos.
6. Creación de un consejo consultivo integrado por varios representantes del sector social:
6.1. Universidades, Asociaciones civiles, Representantes patronales y de sindicatos.
6.2. Su finalidad será proponer soluciones a la problemática económica de la entidad a través de recomendaciones y consultas.
COMPARATIVO ENTRE EL PROYECTO DE LA LEY DE DESARROLLO ECONOMICO Y LA LEY DE FOMENTO Y DESARROLLO ECONOMICO VIGENTE PARA EL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO.
Ambas leyes están encaminadas al desarrollo económico, una de las principales diferencias que notamos en el decreto expedido por la Dip. Silvia Estrada, en su reforma a la ley es que le dan más apoyo y participación a la sociedad, ya que se pretende consolidar varios aspectos como por ejemplo: comercio informal, creación de empresas, y hacen que este tema tenga participación más activa del orden público y del interés social, y es que como en todo caso es la sociedad quien levanta la economía de un Estado, ya sea mediante la prestación de mano de obra pero con ella constituyen a que las empresas consoliden sus productos, se establezcan y creen más fuentes de trabajo, que a su vez traen ingresos económicos dentro de las entidades en que se encuentran.
Tanto el decreto de la ley de Desarrollo económico, como La Ley de Fomento y Desarrollo Económico cuentan con 15 capítulos, otra de las diferencias radica en la modificación total o parcial de dichos capítulos, ya que o cambiaron de título o bien fueron movidos de lugar.
COMPARATIVO POR CAPITULOS
CAPÍTULO I En ambas leyes conserva su título sobre disposiciones generales, solo que en la nueva ley se hace énfasis en la participación e interés social, que en la antigua ley no está contemplada.
Agrega disposiciones que la nueva ley contemplara, las cuales se entenderán y abarcaran en el contenido de la misma: ej. MyPimes, Paquetes de incentivos, programas económicos, etc., que en la antigua ley no están contempladas.
LEY DE DESARROLLO ECONÓMICO
Capítulo II. De los Programas económicos
Menciona la intervención del gobernador del estado, para la activación de algún sector económico en la entidad.
Menciona las características con las que debe contar un programa económico LEY DE FOMENTO Y DESARROLLO ECONÓMICO
Capítulo II. Del Consejo Consultivo para el Desarrollo Económico
De la integración del consejo consultivo (gobernador, tesorero, secretario de desarrollo agropecuario, etc.)
Funciones del consejo consultivo del desarrollo económico.
Capítulo III. De los Estímulos
Define el estímulo y las medidas en que se otorgaran.
Menciona en qué consisten dichos estímulos. Ej. Programas especiales de capacitación, apoyo financiero, capacitación en nuevas tecnologías, recibirán un estímulo fiscal del 50% en la inversión comprobada en dicha capacitación.
Capítulo III. De la Ventanilla Única de Gestión y del Registro Estatal de Trámites Para el Fomento Económico
El Poder Ejecutivo del Estado, contará con un Registro Estatal de Trámites para el Fomento Económico.
Establece una ventanilla única, como instancia de gestión de trámites administrativos ante las diferentes dependencias
Capítulo IV. Del Procedimiento para la Aprobación de un Programa Económico, para Otorgar Estímulos y Microcréditos.
La Secretaría asignará una ventanilla exclusiva para la atención y recepción e información de las propuestas para la aprobación de un programa económico.
En caso de no ser aprobado, las circunstancias por las que se podrá revocar la resolución del consejo.
Los criterios para la aprobación de un programa económico. Capítulo IV. De la coordinación de las dependencias y organismos estatales con los municipios
Las dependencias y entidades estatales, cuya competencia y atribuciones estén vinculadas a la materia de esta Ley, podrán coordinar la ejecución de acciones y programas con los municipios, mediante convenios.
Los objetos de los convenios que se suscriban con los municipios.
Capítulo V. De la Comisión Dictaminadora
La comisión encargada de revisar las propuestas de programas económicos y las solicitudes para gozar de los paquetes de incentivos.
Integración y facultades de la comisión dictaminadora.
Sobre las sesiones de la comisión dictaminadora, que serán una vez al mes. Capítulo V. De la vinculación del fomento al desarrollo económico con el sector educativo
El Presidente del Consejo podrá invitar a los representantes de las instituciones educativas estatales, a participar en las sesiones del mismo,
Capítulo VI. Del Consejo Consultivo para el Desarrollo Económico de Michoacán
Es el órgano ciudadano de naturaleza consultiva de las autoridades estatales en formulación de recomendaciones para la elaboración de políticas públicas orientadas a impulsar el desarrollo económico y social del Estado. Capítulo VI. De la planeación para el fomento económico
Conformidad con el Plan de Desarrollo Integral del Estado, el Ejecutivo propiciará la concurrencia de los sectores privado y social en el desarrollo económico estatal.
Capítulo VII.
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