Resumen 1:Marco Jurídico Constitucional del Derecho del Trabajo, Disposiciones Generales de la Ley Federal del Trabajo
Enviado por auroo • 8 de Mayo de 2022 • Resumen • 1.289 Palabras (6 Páginas) • 172 Visitas
Universidad Autónoma de Nuevo León[pic 1][pic 2]
Facultad de Contaduría Pública Y Administración
“Resumen 1:Marco Jurídico Constitucional del Derecho del Trabajo, Disposiciones Generales de la Ley Federal del Trabajo”
Materia: Derecho Laboral y Normas Internacionales
Profesor Gabriel ALberto Barragán Felix
Gabriela Garcia De Leon 1909256
Introducción
Durante el desarrollo de este proyecto se resumirá el Título Segundo, Relaciones Individuales de Trabajo la Ley Federal del Trabajo.
Nuestro país está regido por la Ley Federal del Trabajo cuya intención es normalizar las relaciones laborales entre trabajador y patrón al establecer derechos y obligaciones a los que las partes previamente mencionadas son acreedoras. Se incluyen pues, principios fundamentales que se necesitan para así afrontar las distintas cuestiones que han ido presentándose a lo largo de la historia para proteger tanto a trabajadores como a patrones de abusos y atropellos que pudieran verse a lo largo de la vida laboral.
Esta Ley es beneficiosa para ambas partes debido a que lo que los trabajadores y trabajadoras buscan es estar asegurados de que gozarán de prestaciones y estarán protegidos en caso de algún accidente o abuso, y por parte de los patrones pueden sacar una ventaja al obtener créditos.
El propósito de este documento no es más que el de abarcar en su mayoría un concepto un tanto general de los artículos presentados en dicho documento, que posteriormente se adjuntará al finalizar este tema; adicionalmente buscamos que la siguiente presentación pueda darnos una vista a los derechos de los que los trabajadores gozamos, para así poder ser responsables a hacer cumplir los derechos mencionados en este escrito. De igual forma, se busca ser consciente de las obligaciones a las que estamos sujetos para así poder hacer valer nuestras leyes.
Así pues, se busca llegar a una conclusión razonable sobre lo que este documento, nuestra Ley Federal del Trabajo, regula y/o penaliza de ser incumplida.
Contenido
Para comenzar, se nos indica que esta Ley es de observancia general y se aplica imparcialmente a toda la República ésta rige las relaciones laborales entre trabajo y patrón.
Nuestras normas generales suelen buscar el equilibrio entre los factores de producción y la justicia social, de igual forma originar el trabajo digno y decente en toda relación laboral que se refiere a toda aquella actividad laboral que respeta en su totalidad la dignidad humana, siendo conscientes que se debe de evitar cualquier tipo de discriminación sea esta por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, de salud o migratoria; opiniones, preferencias sexuales o estado civil.
Tomando en cuenta que cualquier tipo de discrimación antes mencionadas deben ser evitadas, se debe también tener presente que debe tenerse acceso a la seguridad social y se reflejarse un salario remunerador, así mismo estar en constante capacitación para aumentar la productividad y contarse con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir cualquier riesgo en el espacio de trabajo. Igualmente, se tiene por trabajo digno y decente el respeto a derechos colectivos como lo son la libertad de asociación, autonomía, el derecho a huelga y de contratación colectiva.
En esta misma Ley se establece que el trabajo es un derecho y un deber social, no artículo de comercio.
Se puede apreciar en este documento que se entiende por hostigamiento el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima ante un agresor en el ámbito laboral, ésta puede expresarse de forma verbal, física o ambas; se debe tomar en cuenta, de igual forma el tipo hostigamiento de forma sexual en la que no necesariamente existe una relación de subordinación sino que hay un ejercicio abusivo del poder que lleva a la víctima a un estado de indefensión y de riesgo sin importar si esto se lleva a cabo en uno o varios eventos.
Se deja en claro de igual forma que no se debe ni se podrá impedir el trabajo a ninguna persona ni que se se dedique a la profesión, industria o comercio que le acomode siendo legítimo.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, el patrón de una empresa deberá emplear como mínimo un noventa por ciento de trabajadores mexicanos. Se dicta que en las áreas de técnico y profesionales, los empleados deberán ser mexicanos a menos que no los haya en una especialidad determinada, en este caso, el patrón es autorizado a emplear de forma temporal a trabajadores extranjeros teniendo en cuenta que la proporción no exceda el diez por ciento de los de la especialidad. En casos como éste, tanto el patrón como los empleados extranjeros tienen la obligación solidaria de capacitar a trabajadores mexicanos en la especialidad requerida. Deberá respetarse de igual forma que los médicos al servicio de las empresas serán estrictamente mexicanos.
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