RÉGIMENES PROMOCIONALES PARA LA AGROEXPORTACIÓN EN EL PERÚ
Enviado por brenner antonio mena maguiña • 13 de Octubre de 2021 • Apuntes • 4.861 Palabras (20 Páginas) • 63 Visitas
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GRUPO 5
Integrantes:
Jose Belon /Brenner Mena/ Eimar Rivas
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Contenido
1.- Antecedentes: 3
2.- Análisis 5
2.1 El desarrollo tecnológico 7
2.2 Construcción de proyectos de irrigación de gran escala 7
2.3 Impacto Social 9
2.4 Impacto en la Balanza Comercial 10
2.5 Diversificación de productos 12
3.-Perspectivas y retos: 14
3.1 Potencial nacional. 15
3.2 Dominio demográfico. 16
3.3 Dominio geográfico. 16
4.- Conclusiones: 17
1.- Antecedentes:
La ley de promoción del sector agrario fue emitida en el gobierno de Alberto Fujimori a través de decreto legislativo No. 885 en el año 1996 que entró en vigencia el 1 de enero de 1997 con una duración de 5 años. El objetivo de esta ley era principalmente incrementar el trabajo formal con beneficios sociales entre ellos: seguro de salud y compensación por tiempo de servicios. El alcance de esta ley estaba orientada inicialmente a personas naturales y/o jurídicas que desarrollen cultivos y/o crianzas con excepción la avicultura, la agroindustria y la industria forestal. Esta ley brindaba beneficios tributarios, descuentos en los aportes sociales que tenía el trabajador, la creación de un seguro de salud para los trabajadores de la actividad agraria y además la exoneración del pago de tasas para trámites administrativos. 15% de impuesto a la renta correspondientes a las rentas de tercera.
Posteriormente hubo modificaciones a la ley No. 885 como la ley No. 26865 en la que se incluyeron algunos beneficios adicionales en materia tributaria y arancelaria tales como: 1) el pago fraccionado y/o aplazamiento de los aranceles por importación de equipos y maquinarias nuevas o usadas que sean directamente utilizadas en la industria agrícola. 2) reducción hasta un 20% de la renta imponible para las personas naturales o jurídicas que inviertan en infraestructura hidráulica y obras de riego de tierras. 3) depreciación de activos en 20% anual para las inversiones relacionadas con infraestructura hidráulica y obras de riego de tierras. 4) recuperación anticipada del IGV pagados por la compra de bienes de capital, insumos, servicios y contratos de producción para la etapa pre productiva de la inversión realizada (la etapa pre productiva no debe exceder los 5 años).
Luego en el año 2000 publicó la ley No. 27360 que conservaba la estructura de su antecesora solo que esta vez se amplia el espectro de los beneficiarios de esta ley. En esta oportunidad se incluirían a las personas naturales y/o jurídicas que desarrollen cultivos y/o crianzas además de la avicultura y la agroindustria excepto la industria forestal, industrias del trigo, tabaco, aceites y cerveza. Cabe resaltar que la incorporación de las agroindustrias condicionaba el uso de productos agropecuarios producidos directamente o adquiridos de las personas que desarrollan el cultivo y/o crianzas en áreas donde se producen dichos productos. Se mantienen los beneficios tributarios y arancelarios mencionados líneas arriba.
Finalmente, en diciembre del 2020 se promulgo la ley No 31110 luego una jornada de protestas por parte de los trabajadores agrarios en las que lastimosamente hubieron muertos y heridos. El tenor de las protestas como era de esperarse estaba relacionado con mejoras laborales, beneficios sociales y salud. Esta ley entre los más destacable la limitación de la jornada de trabajo como un máximo de 8 horas por día y 48 horas por semana, en caso las horas de trabajo sean menores no se verá afectada la remuneración diaria. La Remuneración Básica (RB) no puede ser menor a la Remuneración Mínima Vital (RMV); las gratificaciones legales equivalen a 16.66% de la RB y la compensación por tiempo de servicios equivale a 9.72% de la remuneración básica además el pago de horas extras y será reconocido y pagado en la remuneración del trabajador. La incorporación de la Bonificación Especial por el Trabajo Agrario (BETA) la cual representan el 30% de remuneración mínima vital con carácter no remunerativo. La participación de los trabajadores en las el 5% de las utilidades de sus empresas entre los años 2021 y 2023; del 7.5% entre los años 2024 y 2026; y del 10% de las utilidades a partir de 2027. En el aspecto tributario las empresas cuyos ingresos netos no superen las 1,700 UIT pagaran el 15% desde el 2021 hasta 2030 y 29.5% del 2031 en adelante.
2.- Análisis
Las exportaciones en Perú tradicionalmente son lideradas por los minerales y los concentrados seguidos por el petróleo crudo &derivados, el gas natural, aceite y harina de pescado. La composición de este segmento también incluye a los productos agropecuarios principales tales como: algodón, azúcar y café las cuales son llamadas exportaciones tradicionales. Las exportaciones no tradicionales esta compuestas principalmente por: productos pesqueros (crustáceos, pescado congelado, pescado congelado, etc.), textiles, maderas y papeles, productos químicos, minerales no metálicos (cemento, abonos y minerales, vidrios), artículos de joyería, productos de metal mecánica (equipo industrial, maquinaria de ing. Civil, equipos generadores de fuerza, etc.) y productos agropecuarios. El volumen de las exportaciones tradicionales las cuales han tenido un crecimiento incremental en los últimos 27 años aporta en gran medida a la balanza comercial (ver cuadro 1) [pic 6]
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Si se realiza un análisis mas minucioso de los exportaciones tradicionales y no tradicionales correspondiente a los productos agropecuarios se puede inferir que existe un crecimiento incremental desde inicios del año 1997 como consecuencia de la Ley de promoción agraria la cual se acentúa a partir del año 2000 (mejoras en la ley) con un crecimiento más acelerado apalancados por los beneficios tributarios y laborales de las empresas que se acogieron este régimen. Las exportaciones de los productos no tradicionales tienen una tendencia más marcada en comparación de los tradicionales que son liderados principalmente por el café, que tuvo una caída en el año 2013 como consecuencia del hongo Roya Amarilla y de las cotizaciones internacionales del precio debido al café que produce Brasil el cual representa el 30% de la producción mundial frente al 6% del país la cual refleja una caficultura gourmet de alta calidad liderada por productores pequeños (ver cuadro 2 y 3)
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