Régimen tributario simplificado BOLIVIA resumen
Enviado por Alexander Felix Centellas Zapana • 4 de Marzo de 2018 • Resumen • 1.255 Palabras (6 Páginas) • 218 Visitas
El régimen tributario simplificado (RTS) fue creado para facilitar el pago de impuestos de un determinado sector de contribuyentes.
Las personas naturales (ej.: Sergio Pérez, Lenny pinto, rosario choque, etc.) que tienen habitualmente una de las siguientes actividades:
a) Artesanos
b) Comerciantes minoristas
c) Vivanderos
A) ARTESANOS
Son aquellas personas que ejercen un arte u oficio manual, trabajando por cuenta propia en sus talleres o a domicilio.
Ej.: Bordador, Tejedor, Hojalatero, etc.
B) COMERCIANTES MINORISTAS
Son aquellas personas que desarrollan actividades de compra/venta de mercaderías en mercados públicos, ferias, kioscos, pequeñas tiendas y puestos ubicados en vía pública.
ej.: Una pequeña tienda de barrio, vendedores al detalle en kioscos o puestos, etc.
C) VIVANDEROS
Son aquellas personas que expenden bebidas y alimentos en kioscos y pequeños locales.
Ej.: venta de alimentos en pequeños snacks, kioscos, etc.
CAPITAL
PRECIO UNITARIO
DE PRODUCTO
TOTAL DE VENTAS ANUALES
1.-
2.-
3.-
1.- CAPITAL Y CATEGORÍAS
El capital destinado a su actividad debe comprendido entre Bs.12.001 hasta un máximo de Bs 37.000, de exceder este monto debe inscribirse al régimen general.
CATEGORÍA
CAPITAL (BS)
DESDE
HASTA
1
12.001
15.000
2
15.001
18.700
3
18.701
23.500
4
23.501
29.500
5
29.501
37.000
El SIN realizará una verificación sobre el capital declarado por el contribuyente.
2.- PRECIO UNITARIO DEL PRODUCTO
El precio unitario del producto vendido no debe ser mayor a los siguientes montos:
ACTIVIDAD
NO MAYOR A BS
ARTESANOS
640
COMERCIANTES MINORISTAS
480
VIVANDEROS
148
Si el precio unitario de venta es mayor al indicado en el cuadro precedente, el contribuyente deberá inscribirse al régimen general y deberá emitir factura.
3.- INGRESOS ANUALES
La suma de las ventas de todo el año no debe superar los bs 136.000, en cualquiera de las tres actividades pertenecientes al RTS, si estas superan ese valor, el contribuyente deberá inscribirse al régimen general y emitir factura.
* Los comerciantes de aparatos electrónicos y los electrodomésticos
* Personas inscritas en el ice (impuestos a los consumos específicos)
* Los comisionistas.
* Quienes tengan un capital superior a bs 37.000
* Quienes tengan ventas anuales superiores a bs 136.000
Todos los descritos anteriormente deben inscribirse al régimen general.
NOTA:
Quienes tengan un capital inferior a bs 12.001 no necesitan inscribirse al NIT.
Para inscribirse en el patrón nacional de contribuyentes biométrico digital (PBD), debe ingresar a la oficina virtual a través del sitio web www.impuestos .gob.bo, y llenar la solicitud en el formulario electrónico de inscripción, posteriormente dirigirse a la plataforma de la gerencia distrital de su jurisdicción con el número de tramite generado(vigente por 20 días),adjuntando
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