SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL DE UN CINE
Enviado por Jose Sigüenza • 6 de Enero de 2021 • Apuntes • 1.864 Palabras (8 Páginas) • 127 Visitas
[pic 1]
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán
Ingeniería en Telecomunicaciones, Sistemas y Electrónica
Ingeniería de Software
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL DE UN CINE
Equipo 3
Alcántara Máximo Víctor Hugo
Hernández Correa Daniel Iván
Olguín Rubio Luis Roberto
Sigüenza Escalante José Antonio
Grupo 1309
Profesor: Oscar Vilchis Guerra
Contrato marco de desarrollo de software
REUNIDOS
En Cuautitlán Izcalli, Edo. México a 5 de Noviembre de 2020
DE UNA PARTE:
FAST MACHINE SOFTWARE (FMS) con CIFS0794867B, con domicilio en Privada Ejidal S/N, Av. 5 de Febrero, C.P 54713, Cuautitlán Izcalli, Estado de México y en su nombre y representación el Ing. José Antonio Sigüenza Escalante, actuando en calidad de Gerente, con cedula profesional 56146622.
Y DE OTRA:
Andrea´s Cinema con CIF D48465058, con domicilio en Av Chalma, Jardines de la Hacienda, 54720, Cuautitlán Izcalli, Estado de México y representación el Lic. Pablo Cruz Perez , actuando en calidad de Gerente, con cedula profesional 2893647229.
Los contratantes se reconocen recíprocamente, en el carácter en que intervienen, plena capacidad jurídica para contratar y en el caso de representar a terceros, cada uno de los intervinientes asegura que, el poder con el que actúa no ha sido revocado ni limitado, y que es bastante para obligar a sus representados en virtud de este CONTRATO DE DESARROLLO DE SOFTWARE y a tal objeto:
EXPONEN:
I. Que FAST MACHINE SOFTWARE (FMS) de conformidad con su objeto social, se dedica a la programación e integración de sistemas de software.
II. Que Andrea´s Cinema está interesada en contratar a FAST MACHINE SOFTWARE (FMS), un sistema de software con los requisitos y estipulaciones acordados en este contrato.
III. Que en base a lo anterior, ambas partes acuerdan la suscripción del presente contrato que se regirá de acuerdo con los siguientes:
PACTOS Y ESTIPULACIONES:
PRIMERA.- DEFINICIONES
Por mantenimiento correctivo se entiende en este contrato el definido en el estándar técnico de mantenimiento de software IEEE 1219-1998: “Modificaciones realizadas a un producto de software después de su entrega para corregir fallos descubiertos”.
Por mantenimiento adaptativo y perfectivo, en este contrato se entiende el así definido en el mismo estándar técnico de mantenimiento de software IEEE 1219-1998: “Modificaciones realizadas a un producto de software después de su entrega para adaptar su funcionamiento a nuevas condiciones del entorno de operación, o para ampliar o modificar su funcionamiento” (Sujeto a precio).
SEGUNDA.- OBJETO
El objeto del presente contrato es el desarrollo por parte de FAST MACHINE SOFTWARE (FMS) del sistema de software del proyecto denominado CAP (Control Administrativo de Personal).
TERCERA.- CICLO DE DESARROLLO
La construcción del sistema de software objeto de este contrato se llevará a cabo de forma lineal y secuencial, de forma que FAST MACHINE SOFTWARE (FMS) ejecutará ciclos de programación sucesivos, y al final con una sola entrega sujeta a correcciones, se entregará según las estipulaciones del apartado CUARTO la parte desarrollada.
CUARTA.- ENTREGA DE LOS PRODUCTOS DE SOFTWARE.
Al final del ciclo de programación FAST MACHINE SOFTWARE (FMS) procederá a la entrega del sistema.
A los efectos y finalidad de este contrato, por entrega se entiende:
- Integración e instalación en estado de funcionamiento correcto, por parte de FAST MACHINE SOFTWARE (FMS) del software desarrollado, sobre los equipos de hardware de producción, que para tal fin Andrea´s Cinema tendrá disponibles y accesibles telemática y físicamente para el personal técnico de FAST MACHINE SOFTWARE (FMS).
- Entrega de FAST MACHINE SOFTWARE (FMS) a Andrea´s Cinema, en formato digital, todos los productos y subproductos de software desarrollados: código fuente, ejecutables en su caso, y documentación desarrollada: diseño, análisis, pruebas...
QUINTA.- VALIDACIÓN DE LA ENTREGA.
Tras la entrega del sistema, Andrea´s Cinema dispondrá de 20 días naturales para realizar las pruebas de verificación y validación que estime oportunas.
Si durante las pruebas encontrara errores o deficiencias, lo notificará por escrito a FAST MACHINE SOFTWARE (FMS), para que proceda a contrastarlos y subsanarlos.
Si fuera necesario subsanar errores, FAST MACHINE SOFTWARE (FMS), una vez realizados los arreglos, procederá a una nueva entrega.
Si los errores detectados afectan a funcionalidades básicas para el funcionamiento del sistema, e implican que no puede ponerse en explotación el subsistema desarrollado, la fecha de la entrega con los errores subsanados es la que se computará como fecha de entrega válida, y tras la cual Andrea´s Cinema dispondrá nuevamente de 20 días naturales para realizar pruebas de verificación y validación.
Si pasados 20 días naturales tras la entrega Andrea 's Cinema no indicara problemas o deficiencias, se entenderá que la entrega ha sido validada por Andrea´s Cinema..
SEXTA.- PROPIEDAD INTELECTUAL
Corresponden a Andrea´s Cinema cualesquiera derechos de explotación derivados de la Ley de Propiedad Intelectual, tanto del sistema programado, como de los subsistemas que lo integran, y que igualmente hayan sido desarrollados por FAST MACHINE SOFTWARE (FMS), así como de todos los subproductos: documentación técnica de análisis y diseño, documentación de planificación y pruebas, etc.
FAST MACHINE SOFTWARE (FMS) garantiza que los trabajos y servicios prestados a Andrea´s Cinema por el objeto de este contrato no infringen ni vulneran los derechos de propiedad intelectual o industrial o cualesquiera otros derechos legales o contractuales de terceros.
...