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Servicios públicos municipales


Enviado por   •  9 de Octubre de 2022  •  Documentos de Investigación  •  3.978 Palabras (16 Páginas)  •  296 Visitas

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En el presente trabajo abordaré las notas distintivas o particularidades que revisten los servicios públicos municipales.

En la doctrina podemos encontrar varias definiciones de servicio público que se diferencian entre sí fundamentalmente por la teoría del Estado bajo la cual se enrole su autor.

Podemos encontrar aquellos autores que para definir una prestación como servicio público hacen hincapié en el sujeto prestador de la actividad, en este caso la Administración Pública. En este tipo de definición la presencia del sujeto público en la gestión del servicio y el régimen jurídico especial bajo el que se desarrolla, son los elementos que nos ponen frente a un servicio público.

Esta definición entro en crisis con el paso del tiempo y a medida que los Estados comenzaron a tercerizar o delegar la prestación de los servicios públicos en sujetos privados. Esto derivó en la imposibilidad de definir al servicio público en base a su sujeto prestador, por lo que se avanzó a una definición que tuviera en cuenta la actividad prestada en sí misma. En consecuencia estas teorías ponen el acento en la técnica de organización de aquellas actividades económicas socialmente esenciales1.

Por lo dicho y en la búsqueda de una definición que englobe las príncipes características del servicio público, citaré a José Luis Correa: “Los servicios públicos son actividades industriales o comerciales, declaradas de interés público, sustraídas de la libertad del mercado, que son prestadas por el Estado o los particulares por concesión, licencia, permiso o autorización, tendientes a satisfacer necesidades de importancia colectiva, mediante prestaciones periódicas, en especies, retribuidas en dinero, por tarifas o tasas.” 2

Como vemos la prestación del servicio de manera regular y continua, el carácter de esencial de la actividad desarrollada en tanto indispensable para la vida social, el régimen de derecho público que lo regula y la titularidad de la administración sobre la actividad (con la posibilidad de delegar la prestación del servicio en un sujeto privado) son los elementos que definen al servicio público como tal.

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1 González Moras, Juan M. El servicio público como derecho social. 1a ed. - La Plata : EDULP, 2017. Parte 2 capitulo XXI pág. 832.

2 Correa, José Luis. Servicios públicos municipales. LLGran Cuyo 2006 (agosto), pag. 1

Previo a abordar las características distintivas del servicio público municipal debemos brindar una breve caracterización respecto a la forma en que se distribuye la competencia entre Nación, Provincia y Municipio para crear, organizar y regular un servicio público.

Nuestra Nación se organiza mediante un sistema federal de gobierno (artículo

1 de la Constitución Nacional). El principio general que enmarca la distribución competencial de los servicios públicos podemos hallarlo en el artículo 121 de la Carta Magna el cual establece que las provincias conservan todo el poder no delegado (constitucionalmente) al Gobierno Federal. Por ende el principio general es que las Provincias tienen el poder de crear, regular y controlar los servicios públicos excepto los casos que expresamente fueron delegados al poder central.

Dentro de la propia Constitución podemos hallar las excepciones al principio citado, las cuales se tratan de delegaciones expresas. Así es por ejemplo la delegación que se confiere al Congreso Nacional para arreglar y establecer los correos generales de la Nación (Art, 75 inc. 14 de la CN) o la llamada cláusula del comercio (Art. 75 inc. 13 de la CN) que confiere en forma privativa al Congreso la facultad para reglar el comercio entre las provincias y con los Estados extranjeros por lo que aquellos servicios en los que media interconexión provincial quedan sujetos a regulación Federal.

Pablo Perrino sostiene que la realidad demuestra que en muchos servicios el principio constitucional descripto anteriormente es inverso (ej. telefonía, gas, etc.) por lo que “sólo quedan fuera de la competencia del gobierno federal aquellas cuestiones vinculadas al comercio completamente interno de un estado, esto es, aquellas que no afecten el comercio interestatal”3.

En el ámbito de las provincias se repite el principio descripto anteriormente. Es materia provincial si la actividad que debe desarrollarse trasciende los límites de un municipio y será municipal aquella que se desenvuelve dentro de los límites territoriales del gobierno local. Este principio se encuentra consagrado en el artículo 123 de nuestra Constitución Nacional ya que impone a las provincias la necesidad de asegurar la autonomía municipal con el alcance establecido por el derecho público provincial.

[pic 2]

  1. Perrino, Pablo E. “Distribución de competencias entre el Estado Federal, las provincias y los municipios para la regulación de los servicios públicos”. ReDA 2002-37.pág. 2

A partir de la Reforma Constitucional de 1994 se reconoce la autonomía municipal y se establecen nuevas relaciones entre el servicio público y los derechos y garantías reconocidos a través de los Tratados internacionales de Derechos Humanos 4 y de la propia Constitución, surgiendo indudable la obligación del Estado (en todos sus niveles) de asegurar un estándar mínimo de calidad de vida para sus ciudadanos. Esta motivación se convierte entonces en la piedra fundacional de las obligaciones de los municipios, los que no solo deben ser considerados autónomos, sino además -y como consecuencia de ello- responsables directos en cuanto a los servicios públicos que prestan, contando con la potestad de crear servicios públicos en todas aquellas actividades que no constituyen servicios públicos provinciales o nacionales.

Debemos tener en cuenta que los municipios cuentan además con poder de policía para controlar las infraestructuras instaladas para la prestación de los servicios públicos provinciales y municipales en el dominio público municipal, conservando a su vez las facultades de ordenamiento y control en cuanto a las condiciones de prestación de los servicios públicos en los aspectos urbanísticos. Por este motivo se requiere permiso municipal para realizar obras tendientes a la expansión de servicios en el ámbito municipal.

A fin de abordar las características singulares de los servicios públicos municipales y de esquematizar el presente trabajo me valdré de la clasificación formulada por Ricardo Muñoz: “La democratización de los servicios públicos municipales, el alcance del concepto de servicio público local, las modalidades de su prestación y el principio de transparencia, los servicios públicos prestados por entidades sub-municipales, el control económico-financiero de los servicios públicos municipales, además de su control administrativo, la problemática del contralor de los servicios públicos que denominados intra-municipales, y finalmente, el régimen de retribución de dichos servicios, son algunos aspectos que manifiestan peculiaridades en el ámbito municipal.”5

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