Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Enviado por josealbertoh955 • 19 de Febrero de 2020 • Resumen • 825 Palabras (4 Páginas) • 141 Visitas
Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
Es el Sistema de Administración de Riesgo de LAFT, el cual fue debe ser implementado por las entidades que les corresponda, con el fin de prevenir que las mismas sean utilizadas para dar apariencia de legalidad a activos provenientes de actividades delictivas o para la canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas.
Panorama General de Control y Regulación
Los entes encargados de la regulación y el control de la actividad de Lavado de Activos y la financiación del Terrorismo (LAFT) son:
Superintendencia Financiera de Colombia: Circular 026 de 2008.
Unidad de Investigación y Análisis Financiero del Ministerio de Hacienda – UIAF: Se reportan las operaciones sospechosas o ROS.
Reserva Federal de los Estados Unidos – FED.
Fincen Agencia del Gobierno Federal a la que se le reportan operaciones sospechosas o SAR´s.
Office of Foreign Assets Control - OFAC, Oficina de control de activos extranjeros del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, Lista OFAC
Conceptos básicos:
Lavado de Activos
Son aquellas acciones que buscan dar apariencia de legalidad a los recursos de origen ilícito.
Implica esconder o disfrazar la existencia, origen, movimiento y el destino de bienes o dinero producto de actividades ilegales para hacerlos parecer legítimos.
El dinero y los bienes de procedencia ilícita NUNCA serán legales.
Sinónimos de Lavado de Activos
Lavado de Dinero.
Lavado de Capitales.
Blanqueo de Capitales.
Legitimación de Capitales.
Money Laundering.
¿Cuándo Ocurre?
Cuando una persona o empresa adquiere, resguarde, invierta, transporte, transforme, almacene, conserve, custodie o administre bienes que tengan origen ilícito.
Además está asociado a otros delitos como enriquecimiento ilícito, narcotráfico, extorsión, secuestro extorsivo, tráfico de migrantes, trata de personas, terrorismo, financiación del terrorismo, tráfico de armas, testaferrato, contrabando, delitos contra la administración pública, entre otros.
Financiación del Terrorismo
Se financia el terrorismo cuando directa o indirectamente se provea, recolecte, entregue, reciba, administre, aporte, custodie o guarde fondos, bienes o recursos, o realice cualquier otro acto que promueva, organice, apoye, mantenga, financie o sostenga económicamente a grupos armados al margen de la ley o a sus integrantes, o a grupos terroristas nacionales o extranjeros, o actividades terroristas.
Mecanismos:
Las entidades vigiladas deben implementar mecanismos para conocer a sus clientes, al mercado y para analizar operaciones inusuales o sospechosas. Los procedimientos para el análisis de información y soportes de clientes deben ser establecidos mediante manuales y sistemas de administración de riesgos.
Si otra entidad vigilada ha realizado procedimiento de conocimiento del cliente, no exime a la entidad actual de realizarlo. Así pertenezcan al mismo grupo.
Las entidades no podrán establecer relaciones contractuales o legales con clientes hasta que no se haya diligenciado el formato de vinculación y recibido todos los soportes necesarios. Esto aplica para personas naturales y jurídicas.
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