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Situacion De Actividad , Exelencia Y Recerva


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2013  •  3.424 Palabras (14 Páginas)  •  450 Visitas

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Modalidad Alternativa

Lo puedes solicitar si eres:

 Estudiante de Cuarto año de Enseñanza Media

 Estudiante de una Universidad

Estudiante de Instituto Profesional

 o de Centro de Formación Técnica reconocido por el Estado

 Estas realizando tu práctica profesional

Puedes optar, por una sola vez, por alguna de las siguientes modalidades:

Conscripción Ordinaria

Puedes realizar el Servicio Militar de inmediato o al término de tus estudios. Para ello puedes elegir una de las tres instituciones de las Fuerzas Armadas y la unidad donde quieres realizarlo. La Duración dependerá de la rama en que lo realices:

 Ejército: 12 meses

 Armada: 18 meses

 Fuerza Aérea: 12 meses

Prestación de Servicios en una institución de las Fuerzas Armadas

Si tu profesión es un aporte a las Fuerzas Armadas, cuando te titules puedes realizar el Servicio Militar en dos etapas de 90 días, separadas por un año. Esta modalidad dependerá de las necesidades profesionales de cada institución, y acepta, entre otros, a:

 Médicos (Sanidad)

 Odontólogos (Sanidad Dental)

 Abogados (Justicia)

 Médicos Veterinarios (Veterinaria)

Curso Especial de Instrucción Militar (CEIM)

Si eres estudiantes del último año de Enseñanza Media, puedes realizar el Servicio Militar en el Ejército por un período de hasta 150 días, en una de estas modalidades:

 Curso Especial de Instrucción Militar Estival: se desarrollara anualmente, durante los meses de enero, febrero y primera quincena de marzo.

 Curso Especial de Instrucción Militar Anual: se desarrollara durante los fines de semana y periodos de vacaciones, entre los meses de abril a diciembre.

Para ello, debes acercarte al Cantón de Reclutamiento antes de 30 días desde la publicación de los resultados del sorteo, y:

 Solicitar una Modalidad Alternativa llenado el Formulario de Actuación de Reclutamiento (FAR.)

 Llenarlo con tus antecedentes personales más tu huella dactilar y firma.

 Llevar tu Cédula de identidad vigente y Certificado de alumno regular.

 Entregar los antecedentes al funcionario del Cantón

 Recibir un certificado que acredita tu voluntad

BENEFICIOS PARA LOS POSTULANTES

Serán exonerados del Examen de Aptitud Académica :

Los alumnos de la PRE-EMCH que al término del periodo académico Anual, Semestral, Intensivo o Súper Intensivo, hayan obtenido como promedio general en el cuadro de mérito, la nota igual o mayor a 75.00 puntos. Los postulantes exonerados, rendirán la Prueba de Aptitud Académica solo a manera referencial, prevaleciendo para efectos del "Cuadro de Ingreso", la nota mayor. Serán exonerados del Examen de Conocimientos:

Los postulantes procedentes de los Colegios Militares que hayan ocupado los primeros puestos del cuadro de Mérito General de egreso hasta el 5% del efectivo de la promoción, considerándose solamente los tres (3) años de estudio en sus respectivos CCMM y solo serán válidos en los dos (02) primeros años inmediatos a su egreso del colegio. Los alumnos de los Colegios Nacionales de la República que hayan ocupado el 1er y 2do puesto en el Cuadro de Mérito de salida, de conformidad al Art. 137 del D.L. Nº 17437 del 18 Feb 1969 y solo serán válidos en los dos (02) primeros años inmediatos a su egreso del colegio. Los alumnos de la PRE-EMCH que al término del periodo académico Anual, Semestral, Intensivo o Súper Intensivo, hayan obtenido como promedio general en el cuadro de mérito, la nota igual o mayor a 75.00 puntos. Los postulantes exonerados, rendirán la Prueba de Conocimientos solo a manera referencial, prevaleciendo para efectos del "Cuadro de Ingreso", la nota mayor. Para los deportistas calificados de alto nivel:

Se le asignará en el Examen de Esfuerzo Físico la nota de 100 puntos, previa aprobación de la prueba de natación. De obtener una vacante de ingreso a la EMCH se les otorgará una beca y/o media beca, previa evaluación, según lo dispuesto en la Ley Nº 28036 (Promoción y Desarrollo del Deporte). Para los hijos del personal militat con discapacidad y fallecidos en el cumplimiento del deber:

Mediante Resolución Ministerial Nº 070-2007-DE-SG del 31 de Enero del 2007, todo aquel Postulante Hijo de Personal Militar en Situación de Retiro con discapacidad total y permanente o fallecido, en acción de armas, actos del servicio, ocasión del servicio o consecuencia del servicio; que esté acreditado mediante Resolución; estarán exonerados de pagos por concepto de Inscripción y Gastos de Instalación. El Postulante deberá presentar una copia legalizada de la Resolución. Para postulantes del Ejército ( servicio activo ):

Los Postulantes procedentes de Tropa y SANAF deberán inscribirse en forma personal en la EMCH, por ningún motivo se aceptarán inscripciones mediante solicitud, radiograma o a través de terceras personas. Las fotografías que deben presentar con los documentos serán con uniforme de paseo sin prenda de cabeza a color, tamaño pasaporte, en fondo blanco y tomado en estudio fotográfico. Los postulantes que se encuentren cumpliendo el Servicio Militar Acuartelado, se acogerán a lo establecido en la Ley Nº 29248, Ley del Servicio Militar, es decir una bonificación equivalente a diez (10) puntos sobre cien (100) en la nota final y 50 % de descuento en el monto de pago por derechos de Inscripción e Ingreso. El personal Licenciado del Servicio Militar Acuartelado, se acogerá a lo establecido en la Ley Nº 29248 – Ley del Servicio Militar, es decir una bonificación equivalente a diez por ciento (10 %) de la nota final, descuento de cincuenta por ciento (50 %) del monto de pago por derechos de Inscripción y veinticinco por ciento (25 %) del monto por concepto de Ingreso.

Autoridades para la conscripción y el alistramiento

El liderazgo

En Venezuela los legisladores han demostrado a través de la evolución de la República un interés elevado por la creación y aprobación de leyes que coadyuven al desarrollo de la nación en diversos ámbitos: social, económico, cultural, militar, entre otros. Ese interés se ve reflejado en los cuerpos legales que existen en el país, y un reflejo de esa preocupación es palpado en la existencia de la llamada Ley de Conscripción y Alistamiento Militar que se puede percibir como:

Un cuerpo normativo que establece el deber y la obligación de todo ciudadano oriundo del país o naturalizado de prestar el debido servicio militar que por mandato constitucional le corresponde, así como las demás obligaciones relacionadas con la misma.

La

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