Solicitud de independizacion de tierras comunales
Enviado por 31653560 • 11 de Noviembre de 2021 • Tutorial • 1.772 Palabras (8 Páginas) • 147 Visitas
SUMILLA: Los comuneros campesinos, debidamente calificados, del sector de “Apahuain” solicitan a la asamblea general de la sede central AUTORIZACIÓN para iniciar los tramites pertinentes para nuestra titulación individual, de nuestras parcelas que ocupamos:
SEÑOR PRESIDENTE DE LA SEDE CENTRAL DE LA COMUNIDAD CAMPESINA “JOSE OLAYA - HUARAZ – ANCASH
- Maximiliano Rosas Maguiña, DNI 31611677
- Erasmo Rosas Maguiña, DNI 31604955
- Benedicto Lucero Valverde, DNI 31630153
- Maximiliano Sixto Fabián, DNI 31607715
- Nicasio Javier Macedo, DNI 31604116
- Francisco Rosas Maguiña, DNI 31600910
- Fidencio Edmundo Maguiña Milla, DNI 31604089
- Eleazar Sabino Rosas Maguiña, DNI 31670483
- Nazaria Inocenta Sáenz Viuda de Rosas, DNI 31604850
- Mario Copertino Picón Fernández, DNI 31682326
- Roberto Carlos Sixto Valentín, DNI 40942986
- Esperanza Antonia Rosas López, DNI 46560306
- Teófilo Bernandino López Rosas, DNI 31670649
- María Justina Rosas Maguiña, DNI 31660771
- Mario Reynaldo Nieves De La Cruz, DNI 31638044
- Luis Albino Urbano López, DNI 31660753
- Jorge Eulogio Urbano López, DNI 31661605
Todos con domicilio real en el sector de Apahuain; a ud. y a la asamblea en pleno, respetuosamente decimos:
Primero: Petitorio:
Recurrimos ante su digno despacho y ante los asambleístas en general: SOLICITANDO, que la asamblea en pleno, mediante acta se digne de otorgar nuestra autorización, para tramitar la titulación individual de nuestras parcelas que venimos ocupando en el sector de Apahuain, dichos tramites correrá exclusivamente a nuestra cuenta, costo, riesgo y responsabilidad, por ante las autoridades pertinentes.
Segundo: FUNDAMETOS DE HECHOS DEL PETITORIO:
- Que, como es de conocimiento público de la comunidad campesina “José Olaya” esta constituida por varios sectores, siendo los recurrentes del sector de Apahuain, en tal sector desde la fecha de su adjudicación, los recurrentes siempre y toda la vida y hasta la actualidad venimos cultivando las tierras de manera individual; es decir, cada uno de nosotros tenemos áreas conocidas inclusive con nombres propios, no existiendo área alguna destinada como zona asociativa, siendo así prácticamente nuestras tierras están parceladas, en efecto no existe razón alguna que dichas tierras permanezcan sin requisitos exigidos para una comunidad.
- Que, igualmente es de conocimiento de todos los asambleístas, al respecto de titulación individual se ha venido tratando en múltiples ocasiones desde años atrás, pero lamentablemente por malos entendimientos no se ha podido concretizar tal situación, y es más que los recurrentes no merecemos ayuda alguna de parte de las instituciones públicas, empresas privadas, ya sea económicas, patrimoniales, culturales, mejoras y otros; si tenemos cualquier mejora en nuestro sector ha sido y es sacrificio de nuestra propia organización y persona como caserío o sector de Apahuain. Ejemplo: mejoramiento de caminos, acequias, agua potable, energía eléctrica, etc, etc, etc.
- Que, con el debido respeto que se merecen los miembros de la comunidad que ud. preside o representa y con la única finalidad de solucionar el problema social que pudiera surgir mas adelante sobre el uso de las tierras en nuestro sector es que solicitamos la autorización por asamblea general, para gestionar nuestra titulación, teniendo en cuenta que con dicha autorización no perjudicamos en lo absoluto los derechos e intereses de los comuneros de otros sectores, quienes tienen el libre derecho de conducir sus parcelas, ya sea como comuneros o con derecho de titularse de manera individual; en cambio nosotros los recurrentes hemos decidido tramitar nuestra titulación individual y así conseguir una propiedad de carácter o condición privada, como así no perjudicar los intereses de los comuneros de los otros sectores.
- Que, también es plenamente necesario dejar en claro, sobre la autonomía de una comunidad, así como también de un comunero o de un sector de comuneros, como es del sector de Apahuain que hemos decidido pedir esta autorización puesto que estamos bajo los alcances y facultades de la Constitución Política del Estado, cuando menciona que toda persona es libre de tomar sus decisiones en beneficio de sus propios intereses, en el caso presente tenemos el pleno derecho de tramitar nuestra tramitación individual y así dejar saneado el uso y derecho de propiedad, y con dicha autorización inclusive se estaría solucionando el problema social que a veces viene ocasionando entre los sectores de la comunidad. En conclusión, solamente estamos buscando la paz social y así llegar a conducir y mejorar nuestras tierras que venimos ocupando.
Tercero: FUNDAMENTOS DE DERECHO:
- CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO: En su artículo 88 claramente establece sobre el desarrollo agrario, en forma privada o comunal, así como en su artículo 89 dice los comuneros son autónomos en su organización y en el uso libre de sus tierras que poseen, en base a estas disposiciones legales, la asamblea general esta en la facultad de aceptar la autorización que estamos solicitando.
- ESTATUTO ESPECIAL DE COMUNIDADES CAMPESINAS: Decreto supremo Nro. 37-70 – AG; en su numeral b) del articulo 112 claramente establece cuando dice: “cuando las tierras sean usufructuadas o poseídas individualmente por los comuneros, será disuelta la comunidad” en el caso de autos o en el caso presente todos los comuneros sin excepción poseemos nuestras parcelas de manera individual, en efecto lo que solicitamos es plenamente procedente.
- LEY GENERAL DE COMUNIDADES CAMPESINAS: Nro. 24656, en su articulo 7 claramente establece una excepción en el caso de uso de tierras “por excepción podrá ser enajenados por acuerdo de asamblea, en caso presente precisamente aplicando dicha excepción nos debe autorizar para tramitar nuestra titulación individual.
POR TANTO:
Suplicamos a ud. Señor presidente y a todos los concurrentes asambleísta, aceptar nuestra petición, por interés nuestro y así iniciar los trámites necesarios para conseguir nuestra titulación individual.
Apahuain, 07 de enero del 2021
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