Subdivisiones en la sociología jurídica según las categorías del derecho
Enviado por Armando Romero • 24 de Febrero de 2017 • Ensayo • 654 Palabras (3 Páginas) • 3.136 Visitas
6 Aproximación entre la sociología jurídica y algunas disciplinas auxiliares en el derecho
El sociólogo historiador espera un poco del análisis de un texto general y abstracto, como una ley o un formulario, para él cuenta más un documento concreto de la práctica, aunque sea aislado o un testimonio puramente literario, pero vivo. Mientras que el sociólogo comparatista, por su parte, desdeña el collatio legum y posee sus propios instrumentos, como la estadística comparada o la encuesta comparativa, aunque la utilización de estos métodos sea todavía balbuceante.
7 Subdivisiones en la sociología jurídica según las categorías del derecho
Estas Sociologías Jurídicas Especiales, se forman sobre dos bisagras diferentes: uno se inspira en calidades de derecho y otro en naturalezas propiamente sociológicas. En definitiva, su forma más simple consiste en proyectar en el plano sociológico cada una de las grandes masas del Derecho Dogmático. Se puede, así, suponer a priori, detrás del Derecho Civil, del Comercial, del Penal, del Tributario, del Internacional Público o Privado, etc., la existencia o, al menos, la posibilidad de otras tantas Sociologías autónomas.
8 Otras subdivisiones en la sociología jurídica: según las categorías sociológicas, la etnología jurídica
Lo que diferencia a la etnología de la sociologia jurídica no es la naturaleza de los fenómenos observados, que son fenómenos jurídicos tanto en una como en otra, sino el campo en el cual la observación se lleva acabo. Lo que caracteriza a la etnología jurídica es que su objeto son los derechos primitivos o, como se prefiere decir arcaicos. Hablando toscamente, se trata de fenómenos de derecho tal como pueden ser observados en los pueblos a los que se suelen llamar salvajes o, siguiendo una formula mas pulida, sistemas jurídicos preindustriales en las sociedades no europeas.
9 La etnología jurídica: La etnología en el interior de los sistemas de derecho moderno
Definitivamente, la distinción se trata de hacer frecuentemente por razón de una traba de disposiciones psicológicas. Los derechos modernos se reducen por la cordura y los derechos primitivos por la mentalidad pre lógica, mística o mágica. Ello ha generado que frente a la hipótesis de un desatino innato de las sociedades primitivas, numerosos etnólogos expresan hoy una difícil réplica extirpada de la presencia o del desarrollo en estas sociedades de estipuladas étnicas. A menudo son de una extraordinaria agudeza y sus predisposiciones comunitarias no les paralizan en modo alguno prever el proceso y en consecuencia, la argumentación interindividual.
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