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TALLER DE RESPONSABILIDAD LUCRO CESANTE


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2021  •  Tarea  •  469 Palabras (2 Páginas)  •  92 Visitas

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TALLER DE RESPONSABILIDAD LUCRO CESANTE

HECHOS

Se pretende se declare a la Nación-Ministerio de Defensa Nacional-Ejército Nacional responsable administrativa y extracontractualmente responsable por los perjuicios  materiales e inmateriales causados a los demandantes con la muerte del señor Nicolás Martínez Gutiérrez ocurrida el 28 de octubre de 2013 en el sitio conocido como las vallas, en la vía que de la Inspección de Puerto Trujillo conduce a Villavicencio, en la jurisdicción  del Municipio de Mapiripán, por disparos indiscriminados del ejército sobre el vehículo de placas OJG-071.

La causación del daño antijurídico se sintetiza, en que la muerte del señor Nicolás Martínez Gutiérrez, estuvo determinada por diversas irregularidades, como lo fueron, la ausencia de un retén militar formal con la debida señalización distintiva como fuerza pública, y la injustificada reacción de disparar contra el vehículo, las cuales observadas en conjunto permiten concluir la existencia de una falla en el servicio que compromete la responsabilidad de la entidad castrense.

Se demostró que el señor Nicolás Martínez Gutiérrez nació el 26 de febrero de 1957 por lo que al 28 de octubre de 2013 fecha de la ocurrencia de su muerte, tenía 56 años.

No tenía esposa ni compañera permanente solo 3 Hijos.

Anderson Alberto Martínez Cáceres, nació el 10 de junio de 2000

Carlos Felipe Martínez Cáceres, nació el 1 de febrero de 2002

Gabriel Arbey Martínez Cáceres, nació el 3 de agosto de 2004

Sentencia se profirió el 18 de diciembre de 2020.

Según la tabla de mortalidad rentística que incluye la esperanza de vida adoptada por la

Superintendencia Bancaria a través de la Resolución No. 1555 del 30 de julio de 2010, un

hombre de 56 años tendría una expectativa de vida de 26,4 (320 meses).

Salario mínimo del año 2020 + 25% de prestaciones sociales, al resultado se le resta el 25[a]% por concepto de gastos propios, nos determina la renta o ingreso mensual (Ra).

CONSOLIDADO

La indemnización consolidada se calculará con base en la siguiente fórmula:

S=Ra (1+i)n - 1_

i

Donde S= es la resultante del periodo a indemnizar,

Ra = Es la renta o ingreso mensual,

i=interés puro o técnico: 0.004867  (constante matemática) y

n= Es el número de meses que comprende el periodo indemnizable, esto es, desde la fecha de los hechos hasta la sentencia. (meses)

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