TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE
Enviado por dulem • 20 de Febrero de 2014 • Tesis • 1.862 Palabras (8 Páginas) • 326 Visitas
"TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE"
(NAFTA)
La integración entre Estados Unidos y Canadá, empieza a materializarse en 1965, con la firma del Pacto Automotriz entre esos dos países. Por su parte, entre México y Estados Unidos esa integración comenzó a materializarse también de una manera más clara en 1965 cuando se establece el programa de las maquiladoras en el norte de México.
El 11 de junio de 1990, Carlos Salinas de Gortari, Presidente de México, y George Bush, Presidente de Estados Unidos, acordaron las negociaciones sobre un acuerdo de libre comercio entre los dos países. Más tarde, Canadá se incorporó a las negociaciones, iniciándose de esta forma los trabajos trilaterales con el objetivo de crear una zona de libre comercio en América del Norte. En el año 1991 los presidentes de los tres países anuncian su decisión de negociar el NAFTA y en junio de ese año se da la primera reunión ministerial de negociaciones.
Los objetivos del Tratado son:
a) Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación trilateral de bienes y de servicios entre los territorios de las Partes.
b) Promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio.
c) Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de las Partes.
d) Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual en territorio de cada una de las Partes.
e) Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias.
f) Establecer lineamientos para la ulterior cooperación trilateral, regional y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado.
COMERCIO DE BIENES
Tratado Nacional y Acceso de Bienes al Mercado
a. los bienes comprendidos en "Comercio e inversión en el sector automotriz"
b. los bienes comprendidos en "Bienes textiles y del vestido"
Cada una de las Partes otorgará trato nacional a los bienes de otra Parte, de conformidad con el Artículo III del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), incluidas sus notas interpretativas. Para tal efecto, el Artículo III del GATT y sus notas interpretativas, o cualquier disposición equivalente de un acuerdo sucesor del que todas las Partes sean parte, se incorporan a este Tratado y son parte integrante del mismo.
Cada una de las Partes podrá adoptar o mantener medidas sobre las importaciones con el fin de asignar el cupo de importaciones realizadas según una cuota mediante aranceles(arancel cuota), siempre y cuando tales medidas no tengan efectos comerciales restrictivos sobre las importaciones, adicionales a los derivados de la imposición del arancel cuota.
Importación temporal de bienes
Cada una de las Partes autorizará la importación temporal libre de arancel aduanero a:
a. equipo profesional necesario para el ejercicio de la actividad, oficio o profesión de la persona de negocios que cumpla con los requisitos de entrada temporal de acuerdo con las disposiciones, "Entrada temporal de personas de negocios"
b. equipo de prensa o para la transmisión al aire de señales de radio o de televisión y equipo cinematográfico
c. bienes importados para propósitos deportivos o destinados a exhibición o demostración
d. muestras comerciales y películas publicitarias, que se importen de territorio de otra Parte, independientemente de su origen y de que en territorio de la Parte se encuentren disponibles bienes similares, competidores directos o sustituibles.
COMPRAS DEL SECTOR PÚBLICO
Cuando se estime que el valor del contrato que será adjudicado iguale o supere el valor de los siguientes umbrales, calculados y ajustados de conformidad con la tasa inflacionaria de Estados Unidos según lo dispuesto, para el caso de:
1. Entidades del gobierno federal, 50,000 dólares estadounidenses para contratos de bienes, servicios o cualquier combinación de los mismos, y 6.5 millones de dólares estadounidenses para contratos de servicios de construcción;
2. Empresas gubernamentales, 250,000 dólares estadounidenses para contratos de bienes, servicios o cualquier combinación de los mismos, y 8 millones de dólares estadounidenses para contratos de servicios de construcción; y
3. Entidades de gobiernos estatales y provinciales, el valor de los umbrales aplicables.
Compras incluye adquisiciones por métodos tales como compra, arrendamiento o alquiler, con o sin opción de compra. Compras no incluye:
1. Acuerdos no contractuales ni ninguna forma de asistencia gubernamental, incluso acuerdos de cooperación, transferencias, préstamos, transferencia de capital, garantías, incentivos fiscales y abasto gubernamental de bienes y servicios otorgados a personas o a gobiernos estatales, provinciales y regionales; y
2. La adquisición de servicios de agencias o depósito fiscales, los servicios de liquidación y administración para instituciones financieras reglamentadas, ni los servicios de venta y distribución de deuda pública.
INVERSIÓN, SERVICIOS Y ASUNTOS RELACIONADOS
Se aplica a las medidas que adopte o mantenga una Parte relativas ha:
a. Los inversionistas de otra Parte;
b. Las inversiones de inversionistas de otra Parte realizadas en territorio de la Parte; y
c. Todas las inversiones en el territorio de la Parte.
2. Una Parte tiene el derecho de desempeñar exclusivamente las actividades económicas señaladas y de negarse a autorizar el establecimiento de inversiones en tales actividades.
3. No se aplica a las medidas que adopte o mantenga una Parte en la medida en que estén comprendidas, "Servicios financieros".
4. Ninguna disposición se interpretará en el sentido de impedir a una Parte prestar servicios o llevar a cabo funciones tales como la ejecución y aplicación de las leyes, servicios de readaptación social, pensión o seguro de desempleo o servicios de seguridad social, bienestar social, educación pública, capacitación pública, salud y protección a la infancia cuando se desempeñen de manera que no sea incompatible.
Trato nacional
1. Cada una de las Partes otorgará a los inversionistas de otra Parte un trato no menos
...