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Taller higiene y seguridad industrial


Enviado por   •  5 de Octubre de 2015  •  Trabajo  •  2.559 Palabras (11 Páginas)  •  199 Visitas

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HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

ELIANA M. CASTRILLO LINERO

TUTOR

RAFAEL RICARDO CORRALES ARZUAGA

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL AREA ANDINA

GERENCIA EN SALUD OCUPACIONAL

VALLEDUPAR CESAR

2014

EJES TEMÁTICOS DEL MÓDULO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

1. EJE TEMÁTICO. MARCO JURÍDICO DE LOS RIESGOS PROFESIONALES

a. Lectura y análisis del decreto ley 1295 de 1994. Sistema General de Riesgos Profesionales

b. Ley 776 de 2012 norma sobre organización, administración y prestaciones en el Sistema General de Riesgos Profesionales

c. Ley 1562 de 2012 (Nueva) Por medio del cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales

El Decreto ley 1295 del 22 de junio de 1994, la Ley 776 del 17 de diciembre de 2002 y la ley 1562 del 11 de julio de 2012, están relacionadas con el sistema de Riesgos Laborales y salud ocupacional,  por la cuales se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Laborales

En el Decreto 1295 se habla de la definición del sistema general de riesgos profesionales, las normas y procedimientos en bienestar del trabajador. En la ley 1562 del 2012 la conceptualización sobre la definición del sistema general de riesgos profesionales no cambia, lo q se modifica es el nombre llamado ahora (SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES), mencionan la definición de Salud Ocupacional: definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Y el programa de salud ocupacional se entenderá como Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST: incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.

Una de las finalidades esenciales de la modificación Ley (1562 de 2012) fue la de garantizar efectivamente la seguridad social en riesgos laborales al sector de los trabajadores independientes, quienes históricamente han estado excluidos del Sistema.

En cuanto al termino de Accidente de trabajo con la expedición de la Ley 1562 de 2012 se le incorpora términos como psiquiatría, contratante, contratista, así mismo lo considerado como accidente de trabajo lo ocurrido durante el ejercicio de la función sindical, y ejecución de actividades recreativas, deportivas en representación del empleador o de la empresa

Se modifica el nombre de enfermedad profesional a laboral, a su vez la definición, aportando determinaciones del Gobierno Nacional. MODIFICADO Y SE LE ADICIONA La función del Ministerio de la Salud y Protección Social y el Ministerio de Trabajo, realizará una actualización de la tabla de enfermedades laborales por lo menos cada tres (3) años

En cuanto a prestaciones económicas, El artículo 7 del decreto 1295 del 94 menciona las prestaciones económicas complementando la ley 776 del 94 en el artículo 3 , con el monto de las prestaciones económicas de incapacidad temporal sustentado que a todo afiliado quien tenga una incapacidad temporal tendrá derecho al 100% de su salario base de cotización, ya sea por accidente trabajo q será calculado desde el dia siguiente en que ocurrió el evento, igualmente para la enfermedad profesional según el momento en que sea diagnosticada El período durante el cual se reconoce la prestación de que trata el presente artículo será hasta por ciento ochenta (180) días, que podrán ser prorrogados hasta por períodos que no superen otros ciento ochenta (180) días continuos adicionales. En la ley 1562 2012 mencionando en el artículo 5 modifica el nombres de prestaciones económicas por ingreso base de liquidación dividiéndolas por accidente de trabajo y enfermedad profesional.

Otros cambios de la Ley 1562 de 2012

Las personas contratas por prestación de servicios, deberán están afiliadas al Sistema General de Riesgos Laborales, cuando la duración de este contrato sea superior a 1 mes.( ley 1562 del 2012)

 La tabla de enfermedades profesionales, debe ser actualizada cada 3 años, por el   Ministerio de Salud y la Protección Social.
 El incumplimiento de los programas de promoción de la salud y prevención de accidentes y enfermedades acarreará una multa hasta de quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Obligación afiliación para trabajadores que estén en actividades de riesgo: los miembros del Subsistema Nacional de Primera Respuesta, los bomberos y los miembros de la Defensa Civil. La responsabilidad de afiliar a estos a riesgos profesionales es del Ministerio del Interior.

 La prescripción del pago de las incapacidades temporales al trabajador será de tres (3) años (antes era de 1 año).

Se fortalece el Sistema de Inspección, Vigilancia y Control, pues se crea una Comisión Especial de Inspectores del Trabajo en Materia de Riesgos Laborales y un Sistema Nacional de Inspectores del Trabajo

2. EJE TEMÁTICO. SEGURIDAD INDUSTRIAL VS SEGURIDAD OCUPACIONAL

a. Deben realizar un comparativo de la norma anterior de seguridad industrial frente a la norma actual de seguridad ocupacional

b. Deben elaborar o estudiar los Riesgos Ocupacionales de su empresa

c. Comentar o sustentar algún caso de accidente de trabajo ocurrido en su empresa

d. Realizar un inventario de los riesgos de seguridad de su puesto o área de trabajo dentro de la empresa

Seguridad Ocupacional

Se entiende como seguridad ocupacional al conjunto de normas y métodos orientados a reducir la incidencia de accidentes, riesgos y enfermedades ocupacionales del trabajador, dentro y fuera de su  ambiente de trabajo; lo cual genera ausentismo, disminución de la productividad y pérdidas por daños personales y de equipos o materiales. De allí la importancia de crear una conciencia de prevención y fomentar la implementación de un sistema de gestión en salud y seguridad industrial.

Salud Ocupacional: Se entenderá en adelante como Seguridad y Salud en el Trabajo, definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.(ley 1562 de 2012)

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